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Bruselas pide a la justicia que sancione a España por no adoptar dos directivas sobre el IVA

  • Una de las normas afecta impuesto aplicable a las pymes
  • La otra incluye disposiciones variadas: del lugar en el que operan las empresas al régimen especial del arte y antigüedades
Bruselas pide a la justicia que sancione a España por no adoptar dos directivas sobre el IVA
Banderas de la Unión Europea frente a la sede de la Comisión en Bruselas GETTY
RTVE.es

La Comisión Europea ha pedido este miércoles al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que sancione a España por no haber transpuesto dos directivas relacionadas con el IVA (impuesto de valor añadido), una de las cuales afecta a las pequeñas y medianas empresas (pymes).

España es el único país que todavía no ha traspuesto esta legislación, cuando el plazo terminó el 31 de diciembre de 2024. A falta de comunicación por parte del Gobierno, Bruselas envió varios avisos a lo largo del año pasado.

¿Qué contienen las dos directivas?

La primera de las directivas introduce "cambios sustanciales" en las normas del IVA aplicable a las pymes con el objetivo de reducir los costes del cumplimiento. Las modificaciones se orientaban también a evitar el falseamiento de la competencia y el impacto negativo del efecto umbral, así como a facilitar el pago y control de este gravamen.

Aunque los Gobierno nacionales pueden decidir si aplicar la exención y España ha decidido no hacerlo, la Comisión recuerda que debería trasponer igualmente la parte que permite que las pymes españolas puedan acogerse a ello en otros Estados miembros. Es necesario porque las empresas deben registrarse primero ante las autoridades españolas, explica la nota de prensa.

La segunda directiva obliga a los países a trasponer varias disposiciones relacionadas con el lugar en el que se prestan los servicios, cuando son continuos o se ofrecen en internet. De no aplicarse, argumenta el Ejecutivo comunitario, se corre el riesgo de una "doble imposición" o que se eluda el pago, ya que cada país tendría una norma diferente.

El texto tambén modifica el regimen especial de IVA que se aplica a los bienes de ocasión, arte, antigüedades y de colección que, de no trasponerse en España, podría causar "distorsiones de la competencia".