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Renfe e Iryo no indemnizarán los retrasos provocados por las limitaciones temporales de velocidad de Adif

  • Ouigo de momento mantendrá su política de compensaciones como hasta ahora
  • La organización de consumidores Facua exige mantener las remuneraciones
Renfe e Iryo no indemnizarán los retrasos provocados por las limitaciones de velocidad, mientras que Ouigo mantendrá sus compensaciones
Un tren del operador ferroviario de alta velocidad Iryo, en la estación madrileña de Puerta de Atocha-Almudena Grandes. NATALIA DE LA RUBIA / GETTY IMAGES
RTVE.es / AGENCIAS

Las compañías de alta velocidad Renfe e Iryo han anunciado, este viernes, que no aplicarán su política de devoluciones por los retrasos que se deban a las limitaciones temporales de velocidad que Adif está aplicando en algunas líneas, como consecuencia de los avisos que los maquinistas están reportando.

Tanto Renfe como Iryo ya han compartido sendos avisos en sus páginas web, en los que advierten de que los retrasos provocados por las restricciones impuestas por el gestor Adif no generarán derecho a ninguna indemnización ni compensación.

En el caso de Iryo, no se reembolsará ningún importe de los billetes adquiridos antes del 28 de enero y que sufran retrasos por esas limitaciones temporales, mientras que en Renfe esa fecha será a partir de este sábado, 31 de enero.

Ouigo mantiene sus compensaciones

El otro operador del servicio de alta velocidad, Ouigo, ha decidido por el momento mantener sin cambios su política de compensación. Es una información que ha confirmado el departamento de Comunicación de la compañía a RTVE Noticias. A pesar de que los retrasos se deban a esas limitaciones, sí dará un vale de descuento por un valor de la mitad del billete a partir de los 30 minutos de retraso. Además, ofrecerá la devolución del 50% del precio del billete para los retrasos entre 30 y 90 minutos; y del 100% cuando el retraso sea superior a los 90 minutos.

Comunicados de Renfe e Iryio sobre la cancelación de compensaciones tras las limitaciones de velocidad de Adif RTVE

Esta semana, la asociación de consumidores Facua ha asegurado que las tres empresas de alta velocidad deberán abonar las indemnizaciones por retrasos que establece la normativa europea, incluso los producidos por esas limitaciones de Adif.

La organización de consumidores defendía que las limitaciones de velocidad no se pueden considerar dentro de las excepciones que contempla la normativa europea y que eximirían a las compañías de entregar estas indemnizaciones.

En este sentido, ha afirmado que el artículo 19 de la normativa señala que, en caso de un retraso de entre 60 y 119 minutos, se deberá indemnizar al pasajero con el 25% del precio del billete, que asciende al 50% si el retraso es igual o superior a los 120 minutos.

A raíz del accidente del pasado 18 de enero en Adamuz (Córdoba), en el que perdieron la vida 45 personas, los maquinistas han aumentado el número de incidencias que reportan a Adif a su paso por las vías, lo que obliga a Adif ha limitar la velocidad por seguridad y verificar el estado de la infraestructura por las noches, cuando no hay trenes en circulación.