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Desbloqueando la investidura: ¿Qué es y de quién depende la Abogacía General del Estado?

  • ERC ha condicionado su voto para la investidura de Sánchez a la posición de la Abogacía sobre la inmunidad de Junqueras
  • Este organismo se integra en la estructura del Ministerio de Justicia y defiende y representa al Estado en los tribunales

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¿Qué es la Abogacía del Estado?

Durante los últimos días, todos los ojos están puestos en el número 45 de la calle San Bernardo de Madrid. Allí está la sede de la Abogacía General del Estado y desde allí se espera que antes del próximo 2 de enero se produzca un pronunciamiento que podría impulsar o llevar al traste la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno o avocar, incluso, a que los españoles tengan que acudir por tercera a las urnas.

Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) ha hecho depender de las alegaciones que este organismo presente ante el Tribunal Supremo para que este pueda dirimir sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que hace una semana reconocía la inmunidad del líder independentista Oriol Junqueras, condenado a 13 años de prisión e inhabilitación política en el juicio del procés, tras haber sido elegido eurodiputado.

Mientras los republicanos exigen contundencia en la postura que defienda la Abogacía -y reclaman la anulación de la sentencia y la puesta en libertad de Junqueras-, PSOE y Gobierno apelan a la mesura y la paciencia al tiempo que defienden la independencia de un organismo que, más allá de los titulares sobre tribunales, resulta desconocido para la mayor parte de los ciudadanos.

¿Qué es la Abogacía del Estado?

La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado es el órgano directivo de los servicios que dan asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas. Está dividida en varias Abogacías que actúan a nivel provincial, en los ministerios, ante el Tribunal de Cuentas, ante el Tribunal Supremo, ante la Audiencia Nacional y los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo o en la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

¿Cuáles son sus funciones?

A grandes rasgos, la Abogacía General del Estado se encarga del asesoramiento jurídico y defensa de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos y, cuando procede, del de otras entidades y organismos públicos.

De este modo, la Abogacía es responsable de representar y defender al Estado y sus organismos ante los órganos jurisdiccionales de la Unión Europea, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ante el Tribunal Constitucional y ante los tribunales de todo orden jurisdiccional nacional y supranacional. También se encarga de esta representación y defensa en procedimientos prejudiciales y extrajudiciales dentro de España y en el extranjero.

Por último, la Abogacía General del Estado ofrece asistencia en materia de Derecho de la Unión Europea; gestiona los presupuestos del Servicio Jurídico del Estado y de los funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado, que dependen de ella; promociona la investigación y difusión de materias y cuestiones jurídicas y organiza actividades de formación para el Servicio Jurídico del Estado.

¿Quién es la abogada general del Estado?

Consuelo Castro Rey es la abogada general del Estado.

Consuelo Castro Rey es la abogada general del Estado. / FERNADO VILLAR

Actualmente, la abogada general del Estado es Consuelo Castro Rey. Fue nombrada en junio de 2018 después de pasar por distintos puestos de abogada del estado en Galicia, desde 1992. Antes ejerció el mismo cargo en el Ministerio de Sanidad y Consumo en Madrid, entre 1990 y 1992. Su nombramiento depende del Consejo de Ministros y es designada por la ministra de Justicia.

¿De quién depende la Abogacía General del Estado?

La Abogacía General del Estado tiene el rango de una Subsecretaría que se integra en el organigrama del Ministerio de Justicia. Sin embargo, como han insistido en los últimos días varios miembros del Ejecutivo y como indica su nombre, este organismo no representa ni los intereses del partido político que está en el Gobierno ni los del propio Ejecutivo, sino los de la Administración General del Estado.

"Tiene independencia técnica, pero no es completamente independiente", explica a RTVE.es el abogado del Estado excedente Rafael Mateu de Ros, que compara su situación con la relación que mantiene un abogado particular con su cliente. "Si estás asesorando a un cliente, tienes tu opinión, pero el cliente en muchos casos te da la suya o te pide que enfoques algún asunto de una determinada manera", ejemplifica el letrado después de aclarar que la abogada general del Estado despacha directamente con la ministra de Justicia.

Siguiendo con la comparación, explica que el cliente de los abogados del Estado es la propia Administración y, en esta relación, actúan cuando tienen que ejercer una acción jurídica en su nombre o cuando el Gobierno les pide informes sobre cuestiones legales y su interpretación. Cada abogado del Estado "tiene su independencia en materias jurídicas de interpretación de la norma", continúa. De este modo, "no es fácil decir que el abogado [del Estado] es completamente independiente, pero tampoco está sujeto a las instrucciones vinculantes que le de su cliente", sentencia Mateu de Ros.

¿De dónde emanan sus competencias?

Las funciones de la Abogacía General del Estado se establecieron por primera vez en el Real Decreto de 11 de marzo de 1881, con el objetivo de asesorar al Estado y representarle legalmente.

Actualmente, sus competencias y funciones están contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

¿En qué se diferencia de la Fiscalía?

A diferencia del Ministerio Fiscal, que es una institución del Estado integrada en el Poder Judicial, la Abogacía General del Estado está integrada por el Cuerpo de Abogados del Estado, que son letrados al servicio de la Administración.

Los fiscales no representan el interés de una persona concreta, sino el de toda la sociedad y velan por el cumplimiento de la ley, mientras que la labor de los abogados del Estado es actuar como acusación particular cuando el Estado resulta perjudicado en un proceso, ejercer como defensores de este en aquellos supuestos en los que pueda ser condenado como responsable civil subsidiario y defender la actuación de los funcionarios de la Administración en causas derivadas del desempeño de su labor que le puedan afectar.

¿Qué actuaciones relevantes ha hecho en los últimos años?

Durante los últimos meses, la Abogacía General del Estado ha desempeñado un papel significativo en la causa contra los líderes independentistas catalanes en el Tribunal Supremo que se resolvió de manera favorable a sus tesis. La Abogacía, representada por la letrada del Estado Rosa María Seoane, apostaba por reclamar penas para los principales acusados del procés por delitos de sedición y malversación, frente a la reclamación de rebelión por parte de la Fiscalía, un delito que habría conllevado penas mayores.

Antes de esto, la cuestión independentista ya marcó la actuación de otra Abogada General del Estado: Marta Silva de la Puerta. En 2014, ella fue la responsable de presentar dos recursos de inconstitucionalidad contra las actuaciones del entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas. La Abogacía del Estado recurrió ante el Constitucional la ley de consultas catalana y el Decreto-Ley de convocatoria del referéndum unilateral del 9 de noviembre y ambos fueron anulados en 2017 y 2015.

Más allá de Cataluña, la Abogacía ha tenido presencia en otros juicios como el de los atentados del 11-M, en el caso del hundimiento del Prestige, en el caso Nóos o en la solicitud de la ilegalización en 2008 del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV/EHK) y Acción Nacionalista Vasca (ANV) al estimar que ambas formaciones vulneraban la Ley de Partidos Políticos y eran meros "instrumentos o herramientas del terrorismo de ETA-Batasuna".

La jefa del departamento Penal de la Abogacía del Estado, Rosa María Seoane, durante la primera jornada del juicio del 'procés' en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo.

La jefa del departamento Penal de la Abogacía del Estado, Rosa María Seoane, durante la primera jornada del juicio del 'procés' en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo. EFE/J.J. Guillén