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El Tribunal Supremo ha abierto una vía a que los ayuntamientos devuelvan el impuesto de plusvalía municipal cuando se haya vendido un inmueble a pérdidas o cuando no haya habido ganancias. Marc García Marsà, director jurídico de Borrón y cuenta nueva, ha expresado en 24 horas de RNE que, "siempre y cuando se siga un proceso", cualquier persona que se sienta afectada y que no hayan pasado cuarto años desde que pagó aquel impuesto, puede ir a su ayuntamiento a que se lo devuelvan. "En primer lugar, aportar el justificante de pago, conforme se pagó en aquel día dicha liquidación; el título o escritura de compra, para ver el valor en que se adquirió el inmueble. Y, en segundo lugar, el título o escritura de venta para ver el valor de transmisión, para comprobar que hubo una pérdida y no una ganancia", ha informado García Marsà, que ha insistido en que, con estos documentos, el ayuntamiento no se puede negar a esta devolución porque la sentencia del Supremo está respaldada por el Tribunal Constitucional.

También ha aclarado que "no hay límite para reclamar el impuesto de plusvalía". Así, los ayuntamientos podrían enfrentarse devoluciones millonarias, a lo que García Marsà ha señalado que la respuesta del Supremo es, desde el punto de vista jurídico, la correcta porque "vulneraba el artículo 31 de la Constitución de forma directa".

Casi tres años después de los atentados del 11-M, el 15 de febrero de 2007, el juez Gómez Bermúdez, daba comienzo al juicio en la Audiencia Nacional por los atentados. El 17 de julio de 2008, el Tribunal Supremo da por cerrado el proceso. Hoy, cuatro condenados siguen en prisión: tres en España y uno en Marruecos. El resto de los condenados están en libertad, 20 años después. Un total de 29 acusados de los cuales 21 fueron condenados, algunos con penas de hasta más de 42.900 años. Si bien, a las víctimas les dejó un sabor agridulce, pues pedían condenas y penas más altas.

Ni la Audiencia Nacional ni el Supremo establecieron a los autores intelectuales del 11-M, al considerar que murieron en el suicidio del piso de Leganés. “No se pudo demostrar y no se pudo condenar a los autores intelectuales: no porque hayan sido otros, sino por falta de pruebas”, explica Javier Zaragoza, fiscal jefe del 11-M. Lo cuenta Araceli Sánchez.

Tras el acuerdo alcanzado por PSOE, Junts y ERC, la enmienda transaccional a la ley de amnistía se adapta a los estándares europeos y excluye los delitos más graves de terrorismo y traición, así como los delitos económicos que supongan enriquecimiento personal. En Radio 5 recabamos la opinión de dos expertos. Por un lado, José María Asencio, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante, asegura que la ley obligará a la modificación del Código Penal: "Mientras el Código Penal esté vigente, se aplicará caso por caso", afirma Asencio. Por su parte, Paz de la Cuesta, catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Cantabria, considera que "la ley afecta a determinadas personas que han cometido determinados hechos, pero no afecta a la vigencia del Código Penal".

Hoy se lleva a la Comisión de Justicia del Congreso la ley de amnistía. Si el texto sale adelante en esta Comisión, posteriormente pasará a ser votado en un pleno en el Congreso. El gobierno acepta incluir cambios en la ley para tener el apoyo de Junts. De momento no se conoce el texto, pero el presidente ha adelantado que la ley va a estar conforme al derecho europeo. En Las Mañanas de RNE hablamos con Joaquín Giménez, magistrado emérito del Tribunal Supremo: “Hay que esperar al texto, hablar de una ley que todavía no se conoce es un poco frívolo”. Giménez ha apelado a "ir con ausencia de emociones": "Un poco de serenidad y distanciamiento es conveniente", afirma el magistrado, que sostiene que "la amnistía no tiene nada que ver con el indulto". El indulto, señala Giménez, es un acto administrativo del Ejecutivo, sometido a control jurisdiccional. La amnistía, apunta el magistrado, es una decisión política que corresponde al órgano que representa la soberanía popular, al Parlamento, y no es recurrible ante el Tribunal Supremo, solamente ante el Constitucional.

Esta ley ha sido calificada por la oposición de anticonstitucional. Joaquín Giménez califica estas palabras de ‘diversos políticos’ de palabras apocalípticas: “Muchos políticos han dicho que la ley es anticonstitucional. Eso tendrá que decidirlo el Tribunal Constitucional” y añade que este discurso es peligroso cuando se habla en “términos de humillaciones a jueces, es un canto a la emocionalidad y cuando hay emoción hay ausencia de razonamiento y el discurso político está trufado de irracionalidad”.

El TS abrió hace una semana una causa penal a Puigdemont por delitos de terrorismo en el caso del ‘Tsunami Democràtic’. “La causa abierta por terrorismo por el juez García Castellón me ofrece muchas dudas y más dudas aún la argumentación que ha tenido el auto de admisión de la Sala Segunda”, afirma Joaquín Giménez y añade que estas palabras y afirmaciones “son excesivas para una transmisión y son casi más propias de un auto de procesamiento o casi de una condena. La cuestión es que este Tribunal, que ha admitido esta competencia, ¿mantendrá la imparcialidad para el juzgamiento posterior?”, se pregunta.

El Tribunal Supremo ha abierto una causa penal contra Carles Puigdemont por un presunto delito de terrorismo en el caso ‘Tsunami Democràtic’ que investiga el papel de esta plataforma en los disturbios que se produjeron después de la sentencia del 'procés'. Entonces, nos podemos preguntar, ¿Cómo puede afectar esta causa a la ley de Amnistía? En 24 horas de RNE, Marc Molins, doctor en Derecho, abogado penalista y profesor de la Universidad de Barcelona, ha contestado a esta pregunta: "Si se aprobase la norma tal como está, el Supremo tendría que decidir si concurre ese plus de desvalor en términos de vulneración de los derechos humanos". 

Asimismo, el doctor en derecho, ha explicado que todos los ciudadanos españoles poseen una imagen de lo que es el terrorismo por como se ha vivido en España. Por lo tanto, le parece paradójico que “un órgano jurisdiccional nos explique qué debe ser considerado o no un acto terrorista". También ha destacado que el código penal tiene que ser comprendido por cualquier ciudadano. “La incomprensión de la norma implica su incapacidad de ser aplicada", ha afirmado.

Los fiscales del Tribunal Supremo ve “existencia de indicios de terrorismo” en las actuaciones de Tsunami Democràtic, y acusa a Puigdemont de ser su “líder absoluto”. El Supremo sostiene que no hay dudas de la existencia de indicios de que Puigdemont era el líder absoluto de Tsunami y de que los hechos investigados encajan con un delito de terrorismo. La fiscalía cree que Puigdemont asumió las riendas de la plataforma de tal manera que si hubiera retirado su apoyo se hubiera terminado la violencia.

Tiene los detalles Araceli Sánchez.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó en el verano de 2022 a Acciona, Dragados, FCC, Ferrovial, OHLA y Sacyr, seis de las constructoras más importantes del país, con una multa de 203,6 millones de euros por vulnerar la normativa de la competencia.

En este episodio de ‘Esto merece una explicación’ intentamos desgranar la resolución de la CNMC con los testimonios de Marisa Tierno, directora de Competencia de la CNMC, Julián Núñez, presidente de la patronal de la construcción Seopan, Mercedes Pedraz, magistrada de la Audiencia Nacional y Natalia Sobrino, profesora de la Escuela de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad Politécnica de Madrid. Además, analizamos las implicaciones sociales, políticas y económicas que tiene la falta de competencia en nuestro día a día con la vicepresidenta de la Comisión Europea, Margrethe Vestager. 'Deconstrucción de la competencia', con guión de Juanjo Cubero.

La Junta de Fiscales del Supremo cree que hay indicios de terrorismo para investigar a Carles Puigdemont. La decisión, que se ha adoptado por una amplia mayoría de fiscales, ha sorprendido a la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros y ha dejado caer que esa no tiene por qué ser la decisión final. Tras la propuesta de Pedro Sánchez para acortar los plazos de las instrucciones judiciales, el PP y VOX acusan al Ejecutivo de retorcer las leyes para contentar a los independentistas. 

Foto: EFE/EPA/RONALD WITTEK

El fiscal del Tribunal Supremo (TS) Álvaro Redondo ha descartado investigar al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont por terrorismo. En el informe que ha emitido, señala que no ve indicios de terrorismo, aunque sí de desórdenes públicos agravados y daños.

Redondo sigue así la tesis del fiscal del caso Tsunami Democratic, Miguel Ángel Carballo, que recurrió el paso dado por el juez instructor al considerar que no existían indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y que los hechos no eran constitutivos de terrorismo, sino de desórdenes públicos graves.

FOTO:  EFE/EPA/RONALD WITTEK

Patricia Fernández Vicens, sobre la devolución ilegal de menores de Ceuta a Marruecos

"Es una buena noticia para los derechos de la infancia"

El Tribunal Supremo ha declarado hoy ilegal la devolución de menores no acompañados de Ceuta a Marruecos en 2021. "Es una buena noticia para los derechos de la infancia y para el Estado de Derecho", afirma Patricia Fernández Vicens, abogada de la Coordinadora de Barrios, una de las organizaciones que denunció la ilegalidad de estas repatriaciones. Fernández acusa al Ministerio del Interior de falsear la realidad, ya que "cuando estos niños fueron devueltos nos dijeron que eran retornos exigidos". 

La sentencia solo afecta a ocho menores y el Tribunal ha pedido que regresen a España, pero la abogada de Coordinadora de Barrios asegura que aún quedan pendientes otras causas. "Es importante que las vulneraciones de derechos sean reconocidas, reparadas y que nos aseguremos de que no vuelvan a ocurrir", añade Fernández.