- El alto tribunal unifica criterio y considera que la Seguridad Social no tiene responsabilidad subsidaria
- En primera instancia, un juzgado provincial ya condenó a la empresa, sentencia que recurrió la empleada
- Luis Pineda y Miguel Bernad fueron condenados a ocho y cuatro años de prisión, respectivamente, por la Audiencia Nacional
- Considera probados los hechos, pero cree que no suponen un delito de extorsión porque no hay intimidación o violencia
El Tribunal Supremo ha abierto una vía a que los ayuntamientos devuelvan el impuesto de plusvalía municipal cuando se haya vendido un inmueble a pérdidas o cuando no haya habido ganancias. Marc García Marsà, director jurídico de Borrón y cuenta nueva, ha expresado en 24 horas de RNE que, "siempre y cuando se siga un proceso", cualquier persona que se sienta afectada y que no hayan pasado cuarto años desde que pagó aquel impuesto, puede ir a su ayuntamiento a que se lo devuelvan. "En primer lugar, aportar el justificante de pago, conforme se pagó en aquel día dicha liquidación; el título o escritura de compra, para ver el valor en que se adquirió el inmueble. Y, en segundo lugar, el título o escritura de venta para ver el valor de transmisión, para comprobar que hubo una pérdida y no una ganancia", ha informado García Marsà, que ha insistido en que, con estos documentos, el ayuntamiento no se puede negar a esta devolución porque la sentencia del Supremo está respaldada por el Tribunal Constitucional.
También ha aclarado que "no hay límite para reclamar el impuesto de plusvalía". Así, los ayuntamientos podrían enfrentarse devoluciones millonarias, a lo que García Marsà ha señalado que la respuesta del Supremo es, desde el punto de vista jurídico, la correcta porque "vulneraba el artículo 31 de la Constitución de forma directa".
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Casi tres años después de los atentados del 11-M, el 15 de febrero de 2007, el juez Gómez Bermúdez, daba comienzo al juicio en la Audiencia Nacional por los atentados. El 17 de julio de 2008, el Tribunal Supremo da por cerrado el proceso. Hoy, cuatro condenados siguen en prisión: tres en España y uno en Marruecos. El resto de los condenados están en libertad, 20 años después. Un total de 29 acusados de los cuales 21 fueron condenados, algunos con penas de hasta más de 42.900 años. Si bien, a las víctimas les dejó un sabor agridulce, pues pedían condenas y penas más altas.
Ni la Audiencia Nacional ni el Supremo establecieron a los autores intelectuales del 11-M, al considerar que murieron en el suicidio del piso de Leganés. “No se pudo demostrar y no se pudo condenar a los autores intelectuales: no porque hayan sido otros, sino por falta de pruebas”, explica Javier Zaragoza, fiscal jefe del 11-M. Lo cuenta Araceli Sánchez.
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Tras el acuerdo alcanzado por PSOE, Junts y ERC, la enmienda transaccional a la ley de amnistía se adapta a los estándares europeos y excluye los delitos más graves de terrorismo y traición, así como los delitos económicos que supongan enriquecimiento personal. En Radio 5 recabamos la opinión de dos expertos. Por un lado, José María Asencio, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Alicante, asegura que la ley obligará a la modificación del Código Penal: "Mientras el Código Penal esté vigente, se aplicará caso por caso", afirma Asencio. Por su parte, Paz de la Cuesta, catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Cantabria, considera que "la ley afecta a determinadas personas que han cometido determinados hechos, pero no afecta a la vigencia del Código Penal".
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Hoy se lleva a la Comisión de Justicia del Congreso la ley de amnistía. Si el texto sale adelante en esta Comisión, posteriormente pasará a ser votado en un pleno en el Congreso. El gobierno acepta incluir cambios en la ley para tener el apoyo de Junts. De momento no se conoce el texto, pero el presidente ha adelantado que la ley va a estar conforme al derecho europeo. En Las Mañanas de RNE hablamos con Joaquín Giménez, magistrado emérito del Tribunal Supremo: “Hay que esperar al texto, hablar de una ley que todavía no se conoce es un poco frívolo”. Giménez ha apelado a "ir con ausencia de emociones": "Un poco de serenidad y distanciamiento es conveniente", afirma el magistrado, que sostiene que "la amnistía no tiene nada que ver con el indulto". El indulto, señala Giménez, es un acto administrativo del Ejecutivo, sometido a control jurisdiccional. La amnistía, apunta el magistrado, es una decisión política que corresponde al órgano que representa la soberanía popular, al Parlamento, y no es recurrible ante el Tribunal Supremo, solamente ante el Constitucional.
Esta ley ha sido calificada por la oposición de anticonstitucional. Joaquín Giménez califica estas palabras de ‘diversos políticos’ de palabras apocalípticas: “Muchos políticos han dicho que la ley es anticonstitucional. Eso tendrá que decidirlo el Tribunal Constitucional” y añade que este discurso es peligroso cuando se habla en “términos de humillaciones a jueces, es un canto a la emocionalidad y cuando hay emoción hay ausencia de razonamiento y el discurso político está trufado de irracionalidad”.
El TS abrió hace una semana una causa penal a Puigdemont por delitos de terrorismo en el caso del ‘Tsunami Democràtic’. “La causa abierta por terrorismo por el juez García Castellón me ofrece muchas dudas y más dudas aún la argumentación que ha tenido el auto de admisión de la Sala Segunda”, afirma Joaquín Giménez y añade que estas palabras y afirmaciones “son excesivas para una transmisión y son casi más propias de un auto de procesamiento o casi de una condena. La cuestión es que este Tribunal, que ha admitido esta competencia, ¿mantendrá la imparcialidad para el juzgamiento posterior?”, se pregunta.
- La Fiscalía Europea anunció este lunes que había abierto una investigación por las compras de Canarias y Baleares
- Se investigan presuntos delitos de malversación de fondos públicos, prevaricación y tráfico de influencias
- Los demandados estacionaban dos vehículos después de que el antiguo dueño derribara el tabique que separaba los espacios
- Así, la Sala de lo Civil ha estimado el recurso de una comunidad de propietarios de un edificio destinado a garajes y trasteros
El Gobierno considera que la investigación del Supremo por terrorismo "no interfiere" en la amnistía
- Las negociaciones con Junts para la ley de amnistía siguen con "discreción" para alcanzar un acuerdo, según Montero
- Bolaños señala que la decisión del Supremo no supone calificar ningún hecho como terrorismo, solo "asumir la investigación"
El Tribunal Supremo ha abierto una causa penal contra Carles Puigdemont por un presunto delito de terrorismo en el caso ‘Tsunami Democràtic’ que investiga el papel de esta plataforma en los disturbios que se produjeron después de la sentencia del 'procés'. Entonces, nos podemos preguntar, ¿Cómo puede afectar esta causa a la ley de Amnistía? En 24 horas de RNE, Marc Molins, doctor en Derecho, abogado penalista y profesor de la Universidad de Barcelona, ha contestado a esta pregunta: "Si se aprobase la norma tal como está, el Supremo tendría que decidir si concurre ese plus de desvalor en términos de vulneración de los derechos humanos".
Asimismo, el doctor en derecho, ha explicado que todos los ciudadanos españoles poseen una imagen de lo que es el terrorismo por como se ha vivido en España. Por lo tanto, le parece paradójico que “un órgano jurisdiccional nos explique qué debe ser considerado o no un acto terrorista". También ha destacado que el código penal tiene que ser comprendido por cualquier ciudadano. “La incomprensión de la norma implica su incapacidad de ser aplicada", ha afirmado.
La decisión del Supremo llega a una semana de que se agote el plazo para que PSOE y Junts desbloqueen la amnistía. Los socialistas no creen que afecte a un posible acuerdo. Junts no se ha pronunciado sobre el estado de la negociación tras conocer la imputación.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad abrir causa para investigar y, en su caso, enjuiciar al ex 'president' de la Generalitat Carles Puigdemont, actual eurodiputado, por delito de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso 'Tsunami Democràtic.
Los fiscales del Tribunal Supremo ve “existencia de indicios de terrorismo” en las actuaciones de Tsunami Democràtic, y acusa a Puigdemont de ser su “líder absoluto”. El Supremo sostiene que no hay dudas de la existencia de indicios de que Puigdemont era el líder absoluto de Tsunami y de que los hechos investigados encajan con un delito de terrorismo. La fiscalía cree que Puigdemont asumió las riendas de la plataforma de tal manera que si hubiera retirado su apoyo se hubiera terminado la violencia.
Tiene los detalles Araceli Sánchez.
- Solicitan que se devuelva el caso a la Audiencia Nacional
- Argumentan que el auto del juez prorrogando la instrucción tenía fecha de 30 de julio y fue firmado el 2 de agosto
- Sánchez Conde se posiciona en contra del juez y de la mayoría de fiscales del alto tribunal que sostienen que sí hay motivos
- La causa investiga el papel de 'Tsunami Democràtic' en los altercados y disturbios posteriores a la sentencia del 'procés'
Los fiscales del Supremo ven a Puigdemont "líder absoluto" del grupo "terrorista" Tsunami Democràtic
- Se trata de una de las conclusiones del escrito que plasma el sentir mayoritario de los fiscales
- Puigdemont acusa a los fiscales de "dinamitar el Estado de derecho" con este escrito
- Concluye que no cabe emplear un Real Decreto de traspaso para atribuir una competencia no reconocida a Navarra
- La competencia ha sido siempre de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función subordinada, señala la sentencia
- Recuerda que ya dejó sin efectos algunas diligencias que "excedían del ámbito subjetivo, objetivo y temporal de la investigación"
- García Ortiz ha señalado que la Fiscalía debe "armar esa una unidad de criterio, cual sea" y "resolver las discrepancias"
- La Fiscalía Superior está recopilando las causas que serían susceptibles de entrar en la ley de amnistía
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó en el verano de 2022 a Acciona, Dragados, FCC, Ferrovial, OHLA y Sacyr, seis de las constructoras más importantes del país, con una multa de 203,6 millones de euros por vulnerar la normativa de la competencia.
En este episodio de ‘Esto merece una explicación’ intentamos desgranar la resolución de la CNMC con los testimonios de Marisa Tierno, directora de Competencia de la CNMC, Julián Núñez, presidente de la patronal de la construcción Seopan, Mercedes Pedraz, magistrada de la Audiencia Nacional y Natalia Sobrino, profesora de la Escuela de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad Politécnica de Madrid. Además, analizamos las implicaciones sociales, políticas y económicas que tiene la falta de competencia en nuestro día a día con la vicepresidenta de la Comisión Europea, Margrethe Vestager. 'Deconstrucción de la competencia', con guión de Juanjo Cubero.
La Junta de Fiscales del Supremo cree que hay indicios de terrorismo para investigar a Carles Puigdemont. La decisión, que se ha adoptado por una amplia mayoría de fiscales, ha sorprendido a la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros y ha dejado caer que esa no tiene por qué ser la decisión final. Tras la propuesta de Pedro Sánchez para acortar los plazos de las instrucciones judiciales, el PP y VOX acusan al Ejecutivo de retorcer las leyes para contentar a los independentistas.
Foto: EFE/EPA/RONALD WITTEK
- El criterio de la mayoría provoca un vuelco en la postura de Fiscalía, ya que Redondo concluía que no había indicios suficientes
- La Fiscalía del Supremo se alinea así con este cambio de criterio con el juez instructor del caso, Manuel García Castellón
El PP insta al fiscal general a explicar el cambio en el informe sobre Puigdemont del 'caso Tsunami' y exige transparencia
- Cree que el fiscal del Supremo cambió su informe tras reunirse con el fiscal General del Estado
- El PP votará en el Senado en contra de los objetivos de estabilidad presupuestaria
El fiscal del Tribunal Supremo (TS) Álvaro Redondo ha descartado investigar al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont por terrorismo. En el informe que ha emitido, señala que no ve indicios de terrorismo, aunque sí de desórdenes públicos agravados y daños.
Redondo sigue así la tesis del fiscal del caso Tsunami Democratic, Miguel Ángel Carballo, que recurrió el paso dado por el juez instructor al considerar que no existían indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y que los hechos no eran constitutivos de terrorismo, sino de desórdenes públicos graves.
FOTO: EFE/EPA/RONALD WITTEK
- El fiscal Álvaro Redondo no ve indicios de terrorismo, aunque sí de desórdenes públicos agravados y daños
- Este informe debe someterse al examen de la junta de fiscales de lo penal del TS, por lo que no es definitivo
- El Alto Tribunal sí que otorga a la concesionaria de la autopista 33 millones por las obras ejecutadas
- Desestima la garantía de tráfico ya que la infraestructura tuvo menos circulación de la prevista
El Tribunal Supremo ha ratificado una segunda condena a la Delegación del Gobierno en Ceuta para que tome las medidas necesarias para conseguir el retorno de otros 12 menores que fueron repatriados a Marruecos en agosto de 2021 desde la ciudad de autónoma de manera ilegal.
- Planteó espiar el móvil de Aragonès cuando era vicepresidente de la Generalitat
- Así consta en los autos que autorizaron el uso de Pegasus en su dispositivo
- En un auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ve "absolutamente diáfano" que hubo "desviación de poder"
- Confirma en un auto que hubo "desviación de poder" en su nombramiento como fiscal de Sala de la Fiscalía togada del Supremo
"Es una buena noticia para los derechos de la infancia"
El Tribunal Supremo ha declarado hoy ilegal la devolución de menores no acompañados de Ceuta a Marruecos en 2021. "Es una buena noticia para los derechos de la infancia y para el Estado de Derecho", afirma Patricia Fernández Vicens, abogada de la Coordinadora de Barrios, una de las organizaciones que denunció la ilegalidad de estas repatriaciones. Fernández acusa al Ministerio del Interior de falsear la realidad, ya que "cuando estos niños fueron devueltos nos dijeron que eran retornos exigidos".
La sentencia solo afecta a ocho menores y el Tribunal ha pedido que regresen a España, pero la abogada de Coordinadora de Barrios asegura que aún quedan pendientes otras causas. "Es importante que las vulneraciones de derechos sean reconocidas, reparadas y que nos aseguremos de que no vuelvan a ocurrir", añade Fernández.