Enlaces accesibilidad

El Gobierno aprueba un real decreto para prohibir las llamadas 'spam' no solicitadas de compañías eléctricas

  • El Consejo de Ministros ha sacado adelante un nuevo reglamento del sector con medidas para proteger a los usuarios
  • Aumenta la protección de hogares acogidos al bono social térmico para evitar que se les corte la luz en caso de impago
El Gobierno aprueba un real decreto para prohibir las llamadas 'spam' no solicitadas de compañías eléctricas
Imagen de archivo de una factura eléctrica. GETTY IMAGES
RTVE.es

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto para sacar adelante un nuevo reglamento de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica con medidas que regulan las prácticas abusivas en la contratación de electricidad. Entre ellas, prohíbe de forma general a estas compañías realizar llamadas 'spam' a los hogares para hacer publicidad o contratar servicios, siempre y cuando los consumidores no hayan pedido de forma expresa recibir estas comunicaciones.

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, ha explicado que también se busca poner fin a la contratación "en caliente" y que, antes de que se produzca la firma de un nuevo contrato, las compañías deberán enviar al cliente la documentación con un lenguaje "simple y accesible" que permita comprender su contenido.

Las llamadas serán grabadas y estarán a disposición de los usuarios y, como ha matizado la ministra, y también se pretende eliminar las barreras para cambiar de contrato, es decir, las penalizaciones y permanencias abusivas. Dichas penalizaciones, ha indicado Aagesen, quedarán "muy acotadas" a algunos supuestos y tendrán "límites".

Si las comercializadoras no cumplen con lo aprobado este martes, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley 24/2013, del sector eléctrico, con multas de 600.000 a 6 millones de euros. El organismo competente de aplicar estas sanciones será la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En general, Aagesen ha indicado que el nuevo reglamento al que se ha dado luz este martes para "modernizar" el sistema eléctrico y tiene tres objetivos: reforzar la protección de los clientes, avanzar en la democratización de la energía y seguir apostando por la transición energética del país. "Queremos reequilibrar la balanza entre los consumidores y las comercializadoras eléctricas sin barreras, sin prácticas comerciales abusivas y sin la promoción de ofertas poco ventajosas y poco transparentes para los consumidores", ha señalado.

Protección a los hogares beneficiarios del bono social térmico

Dentro del nuevo reglamento aprobado este martes hay otra medida destinada a los consumidores más vulnerables. Concretamente, las comunidades y los ayuntamientos podrán declarar esenciales los suministros de los hogares beneficiarios del bono social eléctrico para evitar que se les corte la luz en caso de impago. Además, se prohíbe cortar el suministro a consumidores electrodependientes.

Si un consumidor con bono social quiere cambiarse al mercado libre, el nuevo comercializador tiene que presentarle la estimación anual de la diferencia entre el precio que paga y el que pagará después del cambio —como a cualquier consumidor—, y deberá recabar su consentimiento expreso e informar mensualmente a la CNMC.

Por otro lado, también se revisa la refacturación después de haberse producido errores de lectura. Si es a favor del cliente, la empresa deberá devolver las cantidades indebidamente facturadas en el siguiente recibo, aplicando los intereses correspondientes más un 1,5%. Si es a favor de la comercializadora, el importe se prorrateará en tantos meses como los transcurridos desde el error, y con un máximo de un año.

Leyes para proteger los derechos de los usuarios ante estas llamadas

Con este cambio normativo, el Ejecutivo defiende que hay tres niveles de protección para los consumidores frente a las llamadas 'spam' no deseadas.

En primer lugar, el artículo 66 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, que fija el derecho de los usuarios a no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales. En segundo lugar, la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, con la que se establece un prefijo específico para este tipo de comunicaciones, con exención de las comercializadoras de electricidad con una cuota de mercado inferior al 5%.

Por último, el nuevo decreto aprobado este martes para prohibir de forma general las llamadas comerciales para comercializar energía sin que haya habido petición expresa de los usuarios para recibirlas.