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La Justicia avala que Consumo obligue a retirar anuncios de pisos turísticos ilegales en Airbnb

  • El TSJM avala por segunda vez al Ministerio frente a la multinacional
  • Los pisos retirados no tienen licencia o no indican si son de un particular
Salón minimalista con dos sofás beige, plantas de interior, alfombra beige con patrón geométrico y mueble bajo blanco.  Luz natural entra por un gran ventanal.
RTVE.es/AGENCIAS

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido un auto con el que avala, por segunda vez, las resoluciones con las que el Ministerio de Consumo instó a finales de 2024 a Airbnb a retirar miles de anuncios de pisos turísticos de su plataforma por publicitarse sin indicar la licencia correspondiente ni su naturaleza jurídica.

Esta semana, el TSJM se ha pronunciado sobre las medidas cautelares que el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy dictó, a través de la Dirección General de Consumo, para que Airbnb retirara de su plataforma casi 35.000 anuncios, exactamente 34.728.

Segundo aval

La multinacional recurrió esta medida cautelar y ahora el TSJM ha denegado ese recurso de Airbnb, como ya hiciera en mayo contra un primer recurso de esta multinacional. Así, el órgano judicial avala, por segunda vez, las actuaciones de Consumo ante esta compañía.

El Ministerio instó a Airbnb a retirar 65.000 anuncios a través de tres resoluciones: la primera de 5.800 anuncios que fue avalada por el TSJM en el primer auto de mayo, la segunda de 34.728 anuncios que acaba de ser avalada en este segundo auto, y una tercera resolución con los anuncios restantes, que es la única que no ha sido recurrida.

De hecho, tras recibir las resoluciones de Consumo y después del primer aval de la justicia, la multinacional retiró estos 65.000 anuncios en julio.

Ilegalidades de los anuncios

Desde la Dirección General de Consumo se argumentaron tres razones para justificar la ilegalidad de los anuncios. En primer lugar, no incluyen el número de licencia o registro. "Esto es algo obligatorio en varias normativas autonómicas y supone la infracción más común en la publicidad que ha sido analizada", explican.

En segundo lugar, los anuncios incorporan números de licencia que no corresponden a los expedidos por las autoridades, una práctica que "puede inducir a error o a engaño a las personas consumidoras".

Por último, los anuncios no indican la naturaleza jurídica de los arrendadores. Es decir, no señalan si los arrendadores son profesionales o particulares, una cuestión que resulta fundamental para saber si quien contrata está protegido como consumidor o no.

Expedientes sancionadores

Consumo abrió un expediente sancionador en diciembre de 2024 en contra de la publicidad ilegal de viviendas turísticas.

Además, la Dirección General mantiene abiertos expedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos por posibles prácticas engañosas y expedientes sancionadores a agencias inmobiliarias por posibles prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler.

Todas estas iniciativas se enmarcan en el objetivo fijado por Pablo Bustinduy de contribuir a atajar la crisis de la vivienda en España, uno de los principales problemas del país, según ha declarado públicamente en varias ocasiones.

"Hay miles de familias que viven al límite a causa de la vivienda, mientras unos pocos se enriquecen con modelos de negocio que expulsan a las personas de sus hogares", ha manifestado el ministro, al tiempo que ha señalado que "ninguna empresa en España, por grande que sea, puede estar por encima de la ley".