¿Cómo se queda mi pensión?: los detalles del decreto con la revalorización aprobada por el Gobierno
- El texto entra en vigor este jueves, aunque tendrá que ser ratificado en el Congreso
- El Boletín Oficial del Estado del 4 de febrero publica los detalles de los diferentes incrementos
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 4 de febrero de 2026 publica el real decreto-ley que recoge la revalorización de las pensiones en 2026. El texto, aprobado por el Consejo de Ministros, aporta los detalles de las subidas, diferentes en función del tipo de prestación.
Como ocurrió ya con el llamado ómnibus —que contenía la revalorización, pero también el escudo social—, entra en vigor desde el día siguiente de su publicación en el BOE, pero luego tendrá que ser ratificado en el Congreso. Puesto que en esta ocasión las pensiones se votarán por separado y no junto a la paralización de los desahucios, es más probable que salga adelante.
Recogemos a continuación los distintos incrementos y modificaciones:
Las pensiones contributivas suben un 2,7%
El real decreto-ley del Gobierno dispone un alza del 2,7% de las pensiones contributivas para compensar el poder adquisitivo perdido con la inflación del año pasado. Este incremento afecta a las pensiones por jubilación, por incapacidad permanente, viudedad, orfandad, así como a las especiales de guerra y las clases pasivas del Estado. A estas últimas se le añade un complemento para reducir la brecha de género de 36,90 euros mensuales.
La nómina de enero ya reflejó este incremento, que se quedó en el aire al decaer el decreto ómnibus en el Congreso. Con este nuevo texto, el Ejecutivo recupera la subida, que ya estaría garantizada para febrero, pero que los grupos parlamentarios tendrán que convalidar para que se confirme para el resto del año.
Pensión mínima
Tras estos últimos incrementos, la cuantía mínima que se puede percibir por una pensión contributiva dependerá de la clase. Por ejemplo, en el caso de personas jubiladas con más de 65 años y un cónyuge a cargo se sitúa en 17.592,40 euros y de quienes cobran pensión de viudedad con menos de 60 años, en 9.931,60 euros.
En el cuadro a continuación pueden consultarse las cuantías mínimas de las pensiones contributivas para cada clase y situación:
Pensión máxima
El límite máximo de las pensiones en 2026 se eleva a 3.359,60 euros brutos mensuales o 47.034,40 anuales en 14 pagas, de acuerdo con el decreto, que deberá convalidarse en el Congreso.
Pensiones no contributivas
Las pensiones no contributivas —que se pagan a personas con necesidad que no han cotizado nunca a la Seguridad Social o no lo suficiente para cobrar la contributiva— se situarán este año en 8.803,20 euros, tanto en el caso de incapacidad como por jubilación. Esto significa 628,80 euros en 14 mensualidades, tras aplicarse un incremento del 11,35% respecto al año pasado.
En este apartado también se modifican las prestaciones familiares por hijo a cargo para quienes tienen ingresos bajos, con diferentes límites. Por ejemplo, en el caso de menores el cómputo anual es de 1.000 euros, mientras que, si se trata de un adulto con discapacidad del 75% o superior, el tope está en 8.942,40 euros.
Las bases de cotización
El real decreto establece varias consideraciones que afectan a las bases de cotización. Por un lado, la máxima se fija en 5.101,20 euros brutos mensuales. Esto significa que no cotizará la parte que exceda esa cifra.
Por otro, la base mínima de cotización se incrementará "de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional" (SMI).
Cotizaciones del MEI y por solidaridad
Asimismo, el Gobierno establece el porcentaje que se aplicará por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que se creó para cubrir el aumento del gasto en pensiones por la jubilación de la generación del baby boom. Este año, será de 0,9%, de los que 0,75 puntos corresponderán a la empresa y 0,15 irán a cargo del trabajador.
Desde el 1 de enero de 2026, además, las cuantías superiores a 5.101,21 euros pagarán la llamada cotización adicional por solidaridad, con una horquilla entre el 1,15% hasta los 5.611,32 euros y el 1,46% cuando se superen los 7.651,80 euros. Igualmente, el cargo se reparte entre la empresa y la persona trabajadora, con un mayor peso para la primera.
Cuotas de autónomos
En el apartado de las cuotas de autónomos no hay cambios. El real decreto establece que los tramos de rendimientos serán los mismos que en 2025, después de que el Gobierno se echara atrás en su propuesta de subida ante el rechazo de los agentes sociales.