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Día Internacional contra el Acoso Escolar

Noelia Rebón, abogada: "El acoso escolar no está tipificado como delito autónomo, el acoso laboral e inmobiliario sí"

  • La Asociación Trencats se manifiesta este jueves frente al Congreso y exige más protección a las víctimas de acoso escolar
  • El teléfono 900 018 018 contra el acoso escolar en centros docentes funciona las 24 horas del día y es gratuito y anónimo
En un aula escolar, una niña rubia con ojos azules y blusa rosa, muestra una expresión de tristeza mientras mira hacia atrás. Otros niños están presentes, algunos parecen estar cuchicheando, sugiriendo un posible ambiente de acoso.
"Necesitamos una ley integral de acoso escolar", denuncia Noelia Rebón, abogada de la Asociación Trencats. GETTY IMAGES

Este jueves, 6 de noviembre, la Asociación TrencatsRotos, en castellano— se concentra frente al Congreso con motivo del Día Internacional contra el Acoso Escolar y el Ciberacoso para exigir una ley integral. La abogada Noelia Rebón, especializada en casos de bullying y ciberacoso es la responsable jurídica de esta asociación fundada por los padres de Kira López, una menor que se quitó la vida en 2021.

Noelia Rebón, abogada de la Asociación Trencats y experta en casos de acoso escolar y ciberbullying.

Noelia Rebón, abogada de la Asociación Trencats y experta en casos de acoso escolar y ciberbullying. ARCHIVO PARTICULAR N.R.

La letrada denuncia que la falta de una respuesta legislativa unificada deja a las víctimas en una desprotección efectiva y asegura que "necesitamos una ley integral de acoso escolar". Rebón recuerda que "el acoso laboral e inmobiliario sí está tipificado como un delito específico en el artículo 173 del Código Penal. En contraste, el acoso escolar no está tipificado como delito autónomo y se clasifica generalmente como un delito contra la integridad moral".

P: ¿La principal denuncia de Trencats es que sigue habiendo violencia en las aulas a pesar de las leyes existentes?

R: Correcto. Es una lucha contra todas las violencias en los colegios. Pero lo que vamos a reivindicar el 6 de noviembre es específicamente una Ley Nacional contra el Acoso Escolar, que es donde vemos una falta de eficacia patente. El acoso escolar sigue creciendo exponencialmente... a la vista está que toda esta regulación no está siendo efectiva. Es verdad que hay otras leyes, como la LOPIVI de junio de 2021, que busca proteger a la infancia y la adolescencia. Pero no está funcionando. La figura del Coordinador de Bienestar y Protección no ha sido nada útil, no hemos visto mejoría. Necesitamos una norma que pueda regular esta complejidad porque el acoso escolar sigue creciendo exponencialmente. En Sevilla, hace poquito, se suicidó una menor y los padres habían denunciado acoso escolar. En Lleida otro menor, hace cosa de tres meses, también se quitó la vida. Entonces a la vista está que toda esta regulación no está siendo efectiva.

P: Pero si ya existe una ley bastaría con su cumplimiento.

R: Es diferente. El fenómeno es mucho más amplio y complejo que para tener solo artículos en una ley. Esto va muy rápido; empezó con el acoso escolar, luego el ciberacoso, y ahora la inteligencia artificial que está presente en muchos casos. Aquí se empieza a hablar del tema del acoso escolar en 2004 con el caso de Jokin de Hondarribia, que es el primer precedente y ya estamos en 2025. Apenas hay 20 años de jurisprudencia y, aún así, hemos hemos avanzado mucho. El problema es que va muy rápido. Hay un informe de la Fundación ANAR y Mutua Madrileña que explica que la inteligencia artificial está presente en muchos casos de acoso escolar. Y claro, pensamos que necesitamos una norma que pueda regular todo este tipo de situaciones.

Delito específico en el Código Penal

P: ¿Qué medidas concretas pedís que se incluyan en esta ley específica?

R: Un protocolo unificado para todas las comunidades autónomas para que sea todo más ágil, rápido y evite interpretaciones diversas. Ahora está todo fragmentado y disperso. Y, por supuesto, un delito específico contra el acoso escolar en el Código Penal. Al mobbing, que es acoso laboral, se le ha dado este reconocimiento. También al acoso inmobiliario se le dio en su momento. Nosotros pensamos que debería de haber un tipo específico del delito de acoso escolar porque es una realidad Esto ya no es una ficción, no son cosas de niños o que las cosas se sacan de contexto. Piensa que, por primera vez, en la memoria de la Fiscalía General del Estado se han recogido las denuncias por acoso escolar. Y ya te digo yo que son muchas más que las que dice la Fiscalía que las ha cuantificado en 1.196 denuncias.

P: ¿Y qué importancia puede tener que los menores se sientan impunes?

R: Claro, esa es otra. Al menor no se le puede exigir ningún tipo de responsabilidad penal, pero sí que se le podría exigir la responsabilidad administrativa. Se le puede abrir un expediente disciplinario por faltas gravemente contrarias a la convivencia. El tema es que muchas veces tampoco les pasa nada. Hay que poner las cosas muy claras. Todo acto que comporte el sufrimiento de un menor, someterlo, vejarlo, humillarlo... tiene que tener una respuesta adecuada. Lo que no puede ser es que haya niños que se están suicidando.

Yo ahora mismo estoy llevando tres suicidios de menores y ya he llevado otros en el pasado. Y no se puede discutir que estaban sufriendo acoso escolar. Otra cosa es lo que diga la justicia, pero hay indicios y hay redacciones de cómo se sentía el menor. Tú lees esos relatos y ves que estaba viviendo un infierno. Pero la mayoría de las veces el suicidio no avisa. Los menores lo intentan tapar en su casa porque no quieren preocupar a sus padres. Lo que sí que te digo es que si hubiera la mínima sospecha por parte de los padres de que esto podía pasar los hubieran llevado al médico. Pero no lo ha detectado nadie. No lo ha detectado ni el psicólogo del colegio, ni el orientador, ni el pediatra... nadie.

P: Llama la atención que sea el propio centro educativo el que investigue sus propios casos de acoso escolar.

He ido a procedimientos judiciales en los que el colegio muestra el protocolo para negar que ha habido el acoso

R: Es que es juez y parte. Nosotros consideramos que el protocolo es una herramienta que puede ser útil, pero ahora mismo se está utilizando para negar que hay una situación de acoso. Te encuentras en la paradoja de que un instrumento que debería ser para detectar rápidamente el acoso y evitar que cualquier menor sufra esta situación, la mayoría de las veces se aplica de manera tardía, de manera equivocada y sin seguir las fases para concluir que no ha habido acoso. He ido a procedimientos judiciales en los que el colegio muestra el protocolo para negar que ha habido acoso. Es el mundo al revés, es muy absurdo. Entendemos que tendría que ser alguien externo al centro el que investigue.

P: ¿Cuál es la responsabilidad de los colegios en caso de acoso y en qué consiste actualmente? ¿Ha habido alguna condena?

R: Yo tengo varias sentencias de condenas a centros escolares. Es complejo a la hora de reclamar. Si el menor que es el acosador tiene menos de 14 años lo único que se puede solicitar es una responsabilidad civil. Hay que tener muy claro si es un centro concertado, privado o público, porque la manera de reclamar es diferente. Si es privado o concertado se considera que tiene naturaleza jurídica propia y se puede demandar directamente al colegio por la vía civil. Hay que poner una demanda de responsabilidad extracontractual por los daños y perjuicios que se han causado a un menor de edad cuando estaba bajo su supervisión. Lo que lo que se pide es que se se condene por el artículo 1903.5 del Código Civil donde se establece que las entidades titulares de los centros educativos responderán de los daños que causen menores de edad cuando están bajo su guarda en periodo lectivo, actividades extraescolares o complementarias.

La abogada Noelia Rebón pide una supervisión externa independiente en los centros educativos para evitar conflictos de interés en la investigación.

La abogada Noelia Rebón pide una supervisión externa independiente en los centros educativos para evitar conflictos de interés en la investigación. ARCHIVO PARTICULAR N.R.

P: Esto es en los centros concertados y privados, ¿no?

R: Sí, eso es. La escuela de carácter público no tiene personalidad jurídica propia, entonces tienes que agotar la vía administrativa mediante la reclamación de responsabilidad patrimonial y, una vez la has agotado, tienes que acudir a la vía judicial. A veces resuelven desestimando y a veces no resuelven, con lo cual el silencio administrativo tiene efectos desestimatorios y te faculta para ir a los juzgados contenciosos administrativos o al Tribunal Superior de Justicia de cada comunidad, dependiendo de la cuantía. Y otra cosa, cuando el alumno tiene ya los 14 años —y hasta la mayoría de edad— se puede aplicar la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor. Y ahí se puede pedir una condena. No existe el delito de acoso escolar, pero existe el delito contra la integridad moral, que es el que normalmente viene a sancionar esas conductas.

Expulsar a los acosadores

P: Da la impresión de que, al final, siempre es la víctima quien tiene que dejar el centro educativo, nunca los acosadores. ¿Esto no está contemplado en ninguna norma?

R: Sí, se podría expulsar sin problema aplicando el régimen sancionador. Pero, en la práctica, es la víctima la que deja de acudir al colegio porque ya no quiere ir. Yo he llevado casos en los que los menores tienen que pedir asistencia educativa domiciliaria por enfermedad. Es que, además, entre los 6 y los 16 años tenemos enseñanza obligatoria y si los menores no van al colegio les pueden abrir un protocolo a los padres por absentismo escolar. Se les dice que es por proteger al menor, pero es una doble victimización porque el menor es sancionado indirectamente al tenerse que ir él, que es lo que pasa en la mayor parte de los casos. Lo que reclamamos son procedimientos más ágiles para poder expulsar a los infractores.

Las asociaciones contra el acoso escolar piden un protocolo único en España

P: ¿Cuál es la medida más importante que debe incluir la ley integral de acoso escolar que reclaman?

R: Primero, darle el reconocimiento que se merece al fenómeno. Segundo, el protocolo unificado para evitar interpretaciones diversas, que sea ágil y rápido. Y tercero, el delito específico de acoso escolar, incluyéndolo quizás en el delito contra la integridad moral. También es fundamental que los protocolos anti suicidio funcionen de manera correcta y que no se minimice nunca el sufrimiento de un menor.

900 018 018: el teléfono contra el acoso escolar

El teléfono contra el acoso escolar en el ámbito de los centros docentes, el 900 018 018, está disponible para que alumnos, padres, docentes o cualquier otra persona pueda denunciar casos relacionados con este tipo de violencia en las aulas. Funciona las 24 horas del día, los 365 días del año y es gratuito y anónimo, ya que las llamadas no quedan reflejadas en la factura de los usuarios.

Las llamadas son atendidas por profesionales de psicología, juristas, sociólogos y trabajadores sociales. Además, los usuarios con discapacidad auditiva o del habla disponen de un servicio de mensajería de texto, así como la atención de un agente en lenguaje de signos por videochat o videollamada.