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Trabajo abre la negociación con sindicatos y empresarios para iniciar una reforma del despido improcedente

  • La mesa de diálogo social se ha reunido por primera vez este lunes y busca adecuar la ley actual a la Carta Social Europea
  • El Ministerio ha dado un plazo de tres semanas a los agentes sociales para que presenten sus propuestas
Trabajo abre la negociación con sindicatos y empresarios para iniciar una reforma del despido improcedente
Un camarero trabaja en un bar de Teruel. EFE/ Antonio García
RTVE.es

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha presidido este lunes la primera reunión de la mesa de diálogo social —con sindicatos y empresarios— para negociar la reforma de la regulación actual del despido improcedente en España y adecuarla a la Carta Social Europea. El Ministerio ha dado tres semanas de plazo a los agentes sociales para que presenten sus propuestas, tal y como han confirmado Comisiones Obreras (CC.OO.) y UGT a la salida del encuentro. Ambos sindicatos han adelantado que su objetivo es plantear una propuesta unitaria para llevarla a la mesa de negociación.

Esta mesa forma parte de uno de los compromisos del Gobierno de coalición de PSOE y Sumar y llega después de las denuncias que presentaron UGT y CC.OO. ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), en las que expusieron que la normativa española incumplía los derechos de los empleados recogidos en la Carta Social Europea.

Los sindicatos piden que las indemnizaciones por despido improcedente cubran los daños causados a la víctima por un despido injusto y que desicentiven al empresario a llevar a cabo este tipo de despidos. Así, defienden que estas "tienen que contemplar los daños morales y el perjuicio al trabajador".

Postura del Comité Europeo de Derechos Sociales

El CEDS condenó a España por "vulnerar" la Carta Social Europea con respecto a la indemnización por despido improcedente, que es de 33 días por año trabajado, como figura en la web de Trabajo. Este comité europeo lo considera insuficiente y cree que no disuade al empresario de seguir llevando a cabo esta práctica. Así lo determinó en dos resoluciones, una de julio de 2024 y otra de junio de 2025, a raíz de las denuncias presentadas por UGT y CC.OO. por incumplir el artículo 24 de la Carta Social Europea, que hace referencia a la protección de los empleados en caso de despido.

Las denuncias de ambos sindicatos ante el CEDS indicaban que el derecho español no permite a los trabajadores reclamar una indemnización vinculada al daño real sufrido en caso de despido improcedente, ni permite que esta sea "mínima, accesible y efectiva" para que tenga un efecto disuasorio. En sus resoluciones condenando a España, el organismo europeo establecía que los límites máximos de indemnización fijados por la normativa española "no son suficientemente elevados para reparar el perjuicio sufrido por la víctima en todos los casos y ser disuasorios para el empresario".

Con todo, UGT y CC.OO. instaron a Díaz a convocar una mesa de negociación para reformar la ley para que la indemnización por despido sin causa sea realmente disuasoria y repare el daño causado al trabajador, teniendo en cuenta sus circunstancias personales.

El vicesecretario de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, ha expresado tras la reunión que adoptar una normativa acorde con los mandatos internacionales es positivo para los trabajadores, pero también para las empresas, porque ahora se corre el riesgo de que no exista "seguridad jurídica" suficiente por la desigual interpretación que puede haber sobre los despidos en España.

La reforma del despido despierta recelos entre la patronal CEOE, cuyo dirigente, Antonio Garamendi, ha cargado en las últimas semanas contra la ministra de Trabajo por su "monólogo social" y su inclinación a tomar decisiones "partidistas", que responden, en su opinión, a intereses políticos.

Rechazo del Tribunal Supremo

Por su parte, el secretario de Acción Sindical de CC.OO., Javier Pacheco, ha mostrado su desacuerdo con la postura del Tribunal Supremo, que rechazó en una sentencia del pasado mes de julio que la indemnización pueda incrementarse por vía judicial con cuantías adicionales según las circunstancias de cada caso. Como defendía, esto no vulnera el artículo 10 del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni el artículo 24 de la Carta Social Europea, ya que en ambos "solo se indica que la indemnización debe ser adecuada", según el Supremo. A la espera de que se pronuncie el Tribunal Constitucional, Pacheco ha comentado que se reserva la posibilidad de acudir incluso a instancias defensoras de los derechos humanos.

Con todo, el Supremo defiende que la doctrina constitucional ha manifestado que la indemnización tasada de la legislación española "es una indemnización adecuada". Además, el Alto Tribunal concluye que las decisiones del CEDS "no son ejecutivas, ni directamente aplicables entre particulares", ya que "no es un órgano jurisdiccional ni sus resoluciones son sentencias", a diferencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Así, el vicesecretario de Política Sindical de UGT y el secretario de Acción Sindical de CC.OO. han planteado aspectos para mejorar la actual normativa, no solo en cuestiones de inmunización, sino también en protección para los empleados que denuncian vulneración de la ley ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) y en los casos en que se imponen advertencias sobre posibles casos de corrupción. También han pedido acabar con situaciones discriminatorias, como situaciones de discapacidad sobrevenida.