Enlaces accesibilidad

Un juzgado de Madrid declara abusivas seis cláusulas de contratos de alquiler de 28 inquilinos de un fondo

  • El Sindicato de Inquilinas planteó la demanda en representación de residentes del bloque Martín Muñoz de las Posadas
  • Una de las cláusulas suspendidas otorgaba al arrendador el derecho a realizar visitas periódicas a la vivienda
Un Juzgado de Madrid declara abusivas seis cláusulas de contratos de alquiler
RTVE.es / EFE

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid ha declarado abusivas seis de siete cláusulas de los contratos de alquiler de algunas de las viviendas gestionadas por el fondo de inversiones Nestar Residencial. El bloque de viviendas se encuentra situado en el número 7 de la calle Martín Muñoz de las Posadas, en el distrito de Vallecas. Esto obliga a la entidad a devolver más de 18.100 euros más intereses a los demandantes.

La demanda, que planteó el Sindicato en representación de sus asociados, 28 inquilinos del bloque de Martín Muñoz de las Posadas, buscaba la nulidad de siete cláusulas en los contratos de arrendamiento y la reclamación de cantidades cobradas de forma indebida.

En un comunicado, el Sindicato de Inquilinas ha destacado que esta sentencia supone "una victoria histórica" que sienta un precedente jurídico en la lucha colectiva contra los abusos del mercado del alquiler.

Los demandantes reclamaban un total de 26.228 euros, una cifra que incluía 18.105 euros por la imposición de un seguro de impago a los inquilinos, y 8.123 euros por una cláusula de bonificación "ficticia" del Impuesto sobre Bienes Inmueble (IBI) y la comunidad.

Las cláusulas abusivas

El Juzgado estimó parcialmente la demanda, declarando la nulidad de varias cláusulas contractuales. En concreto, el Juzgado ha suspendido la cláusula que imponía una penalización del triple de la renta diaria por demora en el desalojo, al considerarla "desproporcionadamente alta y no ajustada al perjuicio real".

Además, también se ha suspendido la referida a la renuncia a derechos en caso de interrupción de suministros, "por falta de transparencia y por invertir las obligaciones contractuales del arrendador". A su vez, ha sido invalidada por la jueza la cláusula que otorgaba al arrendador el derecho a realizar visitas periódicas a la vivienda, por entender que es "coercitiva, desequilibrante" y no está contemplada en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Asimismo, ha declarado nula la cláusula que excluía la devolución de cantidades en caso de resolución del contrato imputable al arrendador, por ser "contraria a los derechos de los arrendatarios". También ha sido retirada la cláusula que prevé la negociación individual de las condiciones del contrato, "por contravenir las normas sobre la carga de la prueba y suponer una renuncia de derechos para los arrendatarios".

La resolución invalidó igualmente la cláusula que atribuía el seguro de impago al inquilino, con el argumento de que "no se ajusta a una garantía adicional prevista por la ley, sino que es un servicio complementario impuesto al consumidor", que supera además "los límites legales de las garantías adicionales".

Sin embargo, la pretensión relativa a la nulidad de la bonificación de la renta por el IBI y la comunidad fue desestimada, al considerar que "no existe oscuridad" en dicha cláusula y que "no es perjudicial para los inquilinos".

La Justicia cierra diez pisos turísticos en el barrio de La Latina

Cabe recursos de apelación

Contra esta sentencia, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El abogado Víctor Palomo, del Sindicato, ha anunciado que recurrirá la sentencia. Considera un error que la jueza no haya declarado abusivas las cláusulas relacionadas con el cobro del IBI y los gastos de comunidad, a pesar de que otros tribunales ya lo han hecho en casos similares.

Actualmente, ha detallado la organización, hay seis demandas más en curso y más de diez bloques organizados con el objetivo de extender esta lucha a los 42 bloques que Nestar gestiona en la Comunidad de Madrid.