Enlaces accesibilidad

La CE aprueba el fondo de 30.000 euros para compar activos a los bancos

  • La Comisión Europea autoriza a España a comprar activos a los bancos
  • Bruselas ha asegurado que es compatible con la normativa europea
  • "Evita la indebida distorsión de la competencia", dice en un comunicado
  • El resto de las medidas, como la de los avales,  seguirán siendo estudiadas
  • España deberá informar semestralmente a la Comisión sobre su aplicación

Por

La Comisión Europea ha autorizado a España a poner en marcha el fondo de 30.000 euros para comparar activos a los bancos, dentro del `paquete de medidas anticrisis¿ que ha presentado el Gobierno de Zapatero, según ha informado el Ejecutivo de la UE en un comunicado.

Bruselas ha considerado que la creación del citado fondo, dotado en principio con 30.000 millones de euros, es compatible con la normativa europea y "constituye un medio adecuado para solucionar un grave problema de la economía española".

En particular, Bruselas destaca que "prevé un acceso no discriminatorio, tiene una duración y un alcance limitados, e incluye las medidas de salvaguardia necesarias para minimizar la distorsión de la competencia". El resto de medidas, como la relativa a los avales, seguirán siendo estudiadas, según ha señalado la Comisión.

Así mismo, España se ha comprometido a volver a notificar la medida dentro de seis meses, y a informar semestralmente a la Comisión sobre su aplicación, que deberá interrumpirse cuando se supere la crisis.

Medidas anticrisis de España

El 10 de octubre de 2008, las autoridades españolas comunicaron a Bruselas las primeras medidas para estabilizar los mercados financieros y restablecer la financiación bancaria a medio plazo.

Además de la creación del fondo que ha aprobado la Comisión, Madrid anunció que también facilitaría garantías estatales para los créditos interbancarios, por un importe máximo de 100.000 millones de euros.

El portavoz comunitario de competencia, Jonathan Todd, ha indicado que la medida relativa a los avales, que también requiere autorización de Bruselas, está siendo todavía analizada.

La Comisión ha pedido a las autoridades españolas más detalles sobre cómo se aplicará, para garantizar que no vulnera la normativa sobre ayudas de Estado.

Compra de activos

La Comisión se había mostrado reacia a la compra de activos, pero según Bruselas la medida española, "ha sido específicamente concebida para evitar tales distorsiones de la competencia, ya que el fondo de patrocinio público sólo puede adquirir bonos cubiertos con calificación AAA a través de una subasta."

Estos bonos cubiertos tienen características muy especiales, que limitan considerablemente el riesgo de crédito del fondo de patrocinio público, pero permiten suministrar liquidez a los bancos participantes.

Esencialmente, en un bono cubierto el inversor tiene acceso tanto al grupo o "pool" de activos subyacentes como al emisor (el banco).

"El sistema de subasta se concibió finalmente para aumentar la transparencia de los precios, y está previsto que el Estado obtenga con ello un elevado rendimiento".

Bruselas ha destacado asimismo que el plan español "contiene un elemento temporal de recompra, en virtud del cual el Fondo de patrocinio público compra a los bancos bonos cubiertos con calificación de elevada solvencia o valores respaldados por activos (con la calificación mínima AA)".