Enlaces accesibilidad

Los clientes que invirtieron menos de 10.000 euros en preferentes tendrán un arbitraje prioritario

  • Especialmente si compraron con fondos de productos de bajo riesgo
  • Se ha reunido la comisión de seguimiento de participaciones preferentes
  • Desde este jueves se puede solicitar el arbitraje para preferentes de Bankia 

Por
Los clientes que invirtieron menos de 10.000 euros en preferentes tendrán un arbitraje prioritario

Los clientes minoristas de Bankia, NCG y CatalunyaBanc que invirtieron menos de 10.000 euros en participaciones preferentes tendrán un proceso especial de arbitraje, especialmente si la inversión se realizó con fondos procedentes de depósitos u otros productos de bajo riesgo.

Según los criterios fijados por la comisión de seguimiento de participaciones preferentes, que se ha reunido por primera vez este miércoles, estas entidades ofrecerán un arbitraje al uso a inversores menores de edad, discapacitados y a aquellos a los que no se les facilitara la documentación adecuada o no recibieran información correcta del producto.

En concreto, se tendrá en cuenta en los criterios relativos a los  requisitos de capacidad para contratar en su momento estos productos  híbridos la minoría de edad del suscriptor y la incapacitación del  suscriptor, así como en lo referente a la documentación contractual  la inexistencia del documento contractual, la falta de documentación  relevante en el expediente de contratación, así como las  incorrecciones relevantes en el documento contractual.

En lo referente a la información proporcionada sobre el producto,  se partirá de la falta de información o información incorrecta sobre  las características y riesgos del producto antes de la contratación,  especialmente en lo referente a su clasificación como producto sin  riesgo o conservador, producto no complejo y plazo de la inversión,  así como a información adicional no correcta sobre el producto,  contradictoria o no coherente con la información contenida en la  documentación contractual.

En lo que respecta a la obtención de información sobre el cliente  por la entidad, se establece como criterios para el arbitraje la  ausencia de procedimiento para recabar los datos sobre el perfil del  cliente, un procedimiento de evaluación de conveniencia  manifiestamente incorrecto, así como un procedimiento de evaluación  de idoneidad manifiestamente incorrecto.

Además, se recogen otras circunstancias concurrentes en el momento  de la contratación, como si la inversión en instrumentos híbridos de  capital o deuda subordinada, siendo reducida, representa un  porcentaje significativo de su patrimonio y el cliente no dispone de  ingresos adicionales que se puedan considerar suficientemente  elevados.

Para determinar el orden en que se tramitarán los arbitrajes se utilizarán circunstancias personales de los clientes tales como su edad (de mayor a menor de edad), ingresos familiares (los de menor renta irán primero) y volumen que invirtieron (accederán primero los que menos preferentes compraron).

Empieza el arbitraje para minoristas de Bankia

Los clientes minoristas que adquirieron participaciones preferentes o deuda subordinada de las cajas integradas en Bankia podrán solicitar el arbitraje para tratar de recuperar su dinero a partir de este jueves y hasta el próximo 30 de junio, ha informado la entidad.

Bankia remitirá a KPMG los expedientes y la consultora hará un informe para valorar, en función de los criterios fijados por la comisión de seguimiento, si reúne los requisitos para participar en el proceso de arbitraje.

Los clientes que no cumplan los requisitos para optar por la vía arbitral, podrán canalizar sus reclamaciones a través de los juzgados.

Si el laudo arbitral da la razón al cliente, éste percibirá una cantidad equivalente al importe nominal de su inversión, del que se descontarán los intereses percibidos, y al que se añadirán los intereses que hubiese cobrado por un depósito.

El proceso de arbitraje no paraliza el canje de preferentes por acciones aprobado por el FROB, que en el caso de Bankia implica una quita media del 38% para los tenedores de preferentes del 36% para aquellos que tengan deuda subordinada perpetua y del 13% para los de deuda subordinada con vencimiento.