El Gobierno critica la "inaudita" decisión del Supremo sobre la 'ley de nietos' y la derecha insiste: "Están inflando los censos"
- El PSOE acusa a PP y Vox de "utilizar el bulo del pucherazo" contra las víctimas del franquismo
- El Supremo frenó la 'ley de nietos' para preservar la "transparencia" de las elecciones
Después de que el Tribunal Supremo suspendiera de forma cautelar el derecho al voto de los españoles que han obtenido la nacionalidad por la llamada ley de nietos, continúa el análisis de esos autos que advierten del peligro "real, fundado y serio" de que esos votos afecten "a la transparencia y objetividad del proceso".
Desde el Gobierno se pronunciaron en las primera horas los ministros de Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres y de Presidencia, Félix Bolaños. A través de las redes sociales rechazaron los argumentos del Supremo y expresaron su deseo de luchar por la igualdad de todos los españoles.
Esta mañana la secretaria de organización del PSOE, Rebeca Torró, ha criticado la decisión con un post en X en el que acusa a PP y Vox de "cargar" contra los hijos y nietos de los exiliados: "Utilizan el bulo del pucherazo porque decir abiertamente que no quieren que las víctimas del franquismo voten canta demasiado", ha acusado a la oposición.
“Primero cargaron contra los exiliados. Ahora, contra sus hijos y nietos. PP y Vox utilizan el bulo del pucherazo porque decir abiertamente que no quieren que las víctimas del franquismo voten canta demasiado.
— Rebeca Torró/❤️ (@Rebeca_Torro) September 11, 2026
Son un peligro democrático. Y no vamos a permitirlo.“
Desde el ala de Sumar del Ejecutivo de coalición, la ministra de Infancia y Juventud, Sira Rego, ha calificado la decisión del Alto Tribunal como algo "inaudito" y "sorprendente": "Hay españoles que tienen derecho al voto y otros que, cautelarmente, no tienen derecho al voto", ha dicho este viernes en una entrevista al programa La Hora de la 1 de TVE.
En el Congreso, el líder de Vox, Santiago Abascal, no ha querido lanzar "campanas al vuelo": "Estaré satisfecho cuando haya resolución definitiva y tengamos garantía de que las elecciones no se pueden robar" y de que "no se altera de forma fraudulenta el censo al servicio del PSOE y la desesperación de un gobierno cobarde y traidor".
Y durante el debate del Estado de la región de Madrid se ha referido a las medidas cautelares del supremo la presidenta Isabel Díaz Ayuso que ha acusado al Ejecutivo de estar "inflando los censos porque no le llegan los votos".
Cinco magistrados a favor y uno en contra de las cautelares
En los autos cuyas conclusiones ya se conocían, pero cuyo contenido se dieron a conocer este jueves, el Alto Tribunal advierte del peligro "real, fundado y serio" de que el voto de esas personas, en muchos casos descendientes de exiliados, "afecte a la transparencia y objetividad del proceso".
Según el Supremo, el riesgo de la alteración del censo electoral y con la "magnitud" de las cifras en las que se incrementa el voto cera podría comprometer el derecho al voto y "el resultado real deseado por los españoles que sí están inscritos correctamente". La decisión del Alto Tribunal es una medida temporal y estará supeditada a la posterior sentencia que examinará el fondo de la cuestión.
El ponente del auto es Antonio Narváez, conocido por haber apoyado públicamente al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo. Narváez, por entonces magistrado del Constitucional participó, en 2023, en una cena del líder popular con fiscales conservadores que en su momento provocó gran revuelo. El magistrado puso en duda los procesos electorales en los que interviene la empresa Indra. Un bulo recurrente en los últimos años. La empresa tecnológica no se encarga del recuento de los votos en las elecciones.
Apoyada por cinco magistrados de la Sala Cuarta del Supremo, la resolución cuenta con el voto particular de María Alicia Millán, que no está de acuerdo con la medida cautelar. Considera que se anticipa un pronunciamiento sobre cuestiones de fondo. Y que el derecho de sufragio es uno de los bienes "de máxima relevancia constitucional", cuya tutela debe producirse por los cauces establecidos legalmente.
Pone además el foco en aquellas personas que ya han obtenido la nacionalidad "conforme al marco normativo vigente", y rechaza los efectos retroactivos de que una eventual estimación del recurso: "No transforma retrospectivamente en ilegítimas las situaciones jurídicas nacidas al amparo de una normativa plenamente aplicable en el momento de su reconocimiento". Más bien al contrario, establece Millán que "las medidas cautelares acordadas producen, aunque sea de forma provisional, la privación de uno de los efectos más relevantes" del reconocimiento de la nacionalidad, el derecho a participar en los procesos electorales.
Tampoco se puede "inferir, sin más, la existencia de perjuicios irreparables" que justifiquen la medida cautelar, dice Millán. Asegura que el riesgo invocado por el auto se construye sobre una "hipótesis futura e incierta", sobre procesos electorales "aún no convocados" o "en resultados electorales todavía indeterminados". Al contrario, dice la magistrada "el perjuicio derivado de la suspensión acordada es inmediato, efectivo y plenamente identificable, al impedir a los ciudadanos afectados ejercer un derecho político que les corresponde".
"La eventual participación en procesos electorales de las personas cuya inclusión en el censo se cuestiona no constituye por sí misma un perjuicio irreparable sino la consecuencia ordinaria del reconocimiento de la nacionalidad española cuyos efectos subsisten mientras no sean anulados por los cauces legalmente establecidos", incide la magistrada.