¿Qué es la 'ley de nietos' y qué ha suspendido el Supremo?
- El alto tribunal paraliza la posibilidad de votar a los descendientes de exiliados españoles
El Tribunal Supremo ha decido suspender de manera cautelar la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de las personas que obtuvieron la nacionalidad española a raíz de la Ley de Memoria Democrática, popularmente conocida como 'ley de nietos', salvo que acrediten su condición de descendientes de españoles que sufrieron exilio por la Guerra Civil y la dictadura franquista.
Mediante una decisión a la que ha tenido acceso RTVE, la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda suspender la posibilidad de inscribirse en el censo y votar a estas personas en los sucesivos procesos electorales que puedan convocarse, estimando parcialmente las medidas cautelares pedidas por Vox e Iustitia Europa. Te explicamos el origen de esta decisión y sus consecuencias.
¿Qué es la 'ley de nietos' y qué dice?
La llamada 'ley de nietos' es el nombre con el que se conoce una disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática. Permite obtener la nacionalidad a los nacidos fuera de España de padres o abuelos españoles que la perdieron tras sufrir exilio por "razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual". También, los hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas "que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978".
Tras la ley, el Gobierno dictó una instrucción sobre cómo aplicar esta medida en los registros consulares, los encargados de los trámites. En este texto, señaló que "se presumirá la condición de exiliado" a todos los que "salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955", con la condición de que acrediten esa "salida del territorio español". Es decir, amplió la consideración de exiliados y en esto se apoyan los recurrentes para interpretar que la norma abre la puerta a la obtención generalizada de la nacionalidad y, por tanto, el derecho al voto.
¿Qué es lo que suspende el Tribunal Supremo?
El Supremo suspende la inscripción en el censo de votantes del exterior (CERA) a quienes se acojan a esta denominada ‘ley de nietos’, tanto las que ya están tramitadas como las que están en proceso. No suspende la obtención de la nacionalidad, sino la posibilidad de votar.
Lo que exige el alto tribunal es que se acredite que se logra la nacionalidad española de acuerdo con las exigencias de la ley, "sin haber aplicado la presunción" que se dictó después, la citada instrucción. Es necesario acreditar haber nacido "fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela que originariamente fueran españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, o de creencia o de orientación de identidad sexual (…)".
El Supremo ordena por ello a la Junta Electoral Central (JEC) que requiera de inmediato sobre ese extremo a los encargados de los registros consulares. Igualmente, ordena a la Oficina de Censo Electoral que proceda al desglose de los expedientes de inscripción censal que procedan de la aplicación directa de los supuestos de exilio recogidos en la ley, y de los aprobados al amparo de la interpretación realizada por la instrucción.
¿Cuántas personas se ven afectadas?
Según las cifras del Gobierno, 2,4 millones de descendientes de quienes se vieron obligados al exilio tras la Guerra Civil o por la persecución franquista han solicitado la nacionalidad española a través de esta vía, nacionalidad que es la que da derecho al voto. De ellos, 544.722 la tienen aprobada y 306.000 están ya inscritos como españoles, según las cifras ofrecidas por EFE. No se sabe qué parte de estas solicitudes se han realizado conforme a los requisitos de la ley o conforme a la "presunción" de exiliado que se dictó después. En cualquier caso, queda suspendida la posibilidad de votar de todos hasta que el Supremo resuelva el caso.
Son cifras que elevan el censo de votantes desde el extranjero porque en las últimas elecciones generales, en 2023, estaban llamados al voto 2.327.388 españoles que residían fuera de España.
¿Cuándo se resolverá el proceso?
El Tribunal Supremo ha decidido que la suspensión del voto para estas personas se mantenga hasta que resuelva el asunto, hasta que dicte sentencia. Lo que el alto tribunal estudia son los recursos presentados por Vox e Iustitua Europa después de acudir con este asunto a la Junta Electoral Central. Ambas formaciones habían reclamado a la JEC que no se admitiera ese voto del exterior, pero les respondió que no era competente y decidieron acudir a los tribunales.