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Hacienda baja las multas por ocultar bienes en el extranjero tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE

  • La Corte europea declaró ilegal el régimen sancionador del modelo 720 y su imprescriptibilidad
  • El PSOE ha introducido seis enmiendas en el Senado para adaptarse al fallo europeo

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La ministra de Hacienda en el Senado
La ministra de Hacienda en el Senado.

El Ministerio de Hacienda ha rebajado las sanciones por incumplir la obligación de declarar los bienes en el extranjero que fueron declaradas ilegales por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Tal y como avanza Expansión, el Gobierno ha aprovechado la tramitación en el Senado de la ley de Sociedades que regula las denominadas "asimetrías híbridas" para modificar la normativa de la obligación de declarar los bienes en el extranjero, el llamado modelo 720, de acuerdo a lo establecido por el TJUE.

El pasado 27 de enero, el TJUE declaró ilegal la imprescriptibilidad y las sanciones asociadas al modelo 720 al considerarlas desproporcionadas y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ya avanzó que se modificarían los aspectos suspendidos de la declaración, que continuaba en vigor.

Estas modificaciones se recogen en seis enmiendas presentadas por el PSOE a la ley de asimetrías híbridas, que se justifican por la necesidad de adecuar el régimen jurídico del modelo 720 a la legalidad europea.

Régimen general de la ley tributaria

Estas enmiendas establecen la eliminación de la imprescriptibilidad, de manera que la obligación prescribe a los cuatro años como establece la normativa general, y se sustituyen el anterior régimen sancionador -que incluía multas fijas por cada incumplimiento y una penalización de hasta el 150 %- por el régimen general recogido en la Ley General Tributaria.

Tras su aprobación por parte de la Comisión de Hacienda del Senado, las enmiendas han quedado incorporadas al texto de la ley, que tendrá que validarse en el Pleno y, posteriormente, volver al Congreso de los Diputados para que de su conformidad a los cambios.

Modelo 720: La obligación de presentar una declaración sobre los bienes en el extranjero se incluyó en la ley de lucha contra el fraude fiscal de 2012 con el objetivo de aflorar patrimonio oculto tras la amnistía fiscal, aunque el primer plazo para presentar el modelo 720 se situó en 2013.

Esta norma obliga a los titulares de cuentas en entidades financieras, títulos, activos, valores, bienes inmuebles, monedas virtuales o seguros de vida valorados en más de 50.000 euros y con residencia en España a informar a la Agencia Tributaria. También tienen que informar en ejercicios sucesivos si el patrimonio declarado se incrementa en más de 20.000 euros.

El incumplimiento cuyas multas podían llegar hasta el 150 % de la cuota de liquidación, es decir superar el valor de los bienes, ahora se reduce a 200 euros si no se presenta o 150 si se hace de forma incorrecta.

La puesta en marcha de este modelo afloró más de 88.000 millones de euros en bienes en el extranjero el primer año, 20.713 millones en el segundo año y 14.324 en el tercero.