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La Agencia de Protección de Datos multa a Vodafone por un importe récord de 8 millones de euros

  • Los clientes no habían solicitado los mensajes y ofertas que enviaba la operadora por correo o SMS
  • La empresa ha anunciado que recurrirá la sanción al considerarla "desproporcionada"

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Vodafone no ha respetado la Ley de Protección de Datos en España
Vodafone no ha respetado la Ley de Protección de Datos en España

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a Vodafone España con varias sanciones que suman más de ocho millones de euros por incumplir varios artículos de la legislación española. La pena supone la mayor cuantía impuesta por el organismo hasta la fecha por violar el reglamento del tratamiento de datos personales.

La empresa está condenada por mandar mensajes y promociones que no han sido solicitadas o expresamente autorizadas por las personas que las han recibido. El texto de la AEPD también ha añadido que los clientes "no han podido ejercer el derecho a oponerse" o se han dirigido a personas que habían pedido su inclusión en la "lista Robinson" (un directorio al que se adscriben quienes no quieren recibir publicidad). Tampoco se adecuarían los mensajes a los procedimientos y garantías establecidas para esas acciones de mercadotecnia.

La resolución de la AEPD ha destacado que Vodafone lleva incumpliendo la ley desde el segundo trimestre del año 2018. De esta forma, la Agencia Española de Protección de Datos ha recibido casi doscientas reclamaciones contra esta empresa.

La mayoría de las reclamaciones contra Vodafone España denuncian acciones de mercadotecnia y de prospección comercial a través de llamadas telefónicas y mediante el envío de comunicaciones comerciales electrónicas, tanto de correos como de mensajes SMS. Estas acciones vulneran la legalidad, según el reglamento.

Los mensajes de Vodafone no eran expresamente autorizados

Según ha resuelto el organismo que vela por la adecuada protección de los datos personales en España, Vodafone ha incumplido no solo la Ley de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, también la Ley General de Telecomunicaciones y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico.

La Agencia ha subrayado además en la resolución que habían requerido a la empresa información sobre los hechos denunciados y que estaba investigando. Sin embargo, "la compañía no explicó la razón por la que se sucedían esos hechos" ni aclaró el origen de los datos relativos al número de línea telefónica o dirección de correo de los destinatarios.

Tampoco respondió a los motivos por lo que entre los destinatarios de sus acciones comerciales había personas que ya se habían opuesto a recibir ese tipo de promociones y que debían figurar por lo tanto en sus listados como tal, ni han propuesto actuaciones "eficaces" para evitar que eso siguiera ocurriendo. La Agencia Española de Protección de Datos impone a la empresa una sanción de 4 millones de euros por incumplir el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos; y 2 millones por incumplir el artículo 44 del mismo reglamento.

Impone además una sanción de 150.000 euros por incumplir el artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico; y otros dos millones por incumplir la Ley General de Telecomunicaciones. Y concede a la empresa Vodafone España un plazo de seis meses para acreditar ante la Agencia Española de Protección de Datos que ha ajustado a la legalidad todas las operaciones que ha sido motivo de investigación y de sanción.

Vodafone recurrirá la sanción

La resolución emitida por la Agencia Española de Protección de Datos es recurrible. La operadora ha comunicado este viernes que va a presentar recurso de reposición ante este organismo, y en función de lo que finalmente decida, ha dejado abierta la posibilidad de presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Fuentes de la empresa han subrayado que las responsabilidades que se imputan a Vodafone no les corresponden, al entender que las entidades que actúan como responsables del tratamiento de los datos de los afectados son las que deben responder de las imputaciones de la AEPD.

La empresa ha asegurado que no está de acuerdo con los incumplimientos que le imputa la Agencia. Vodafone considera que la cuantía de la sanción propuesta es desproporcionada y subraya que la compañía trata "con las máximas garantías de confidencialidad y privacidad los datos de sus clientes".