El Gobierno aprueba la regulación de los créditos al consumo para proteger a los deudores y evitar el sobreendeudamiento
- La nueva norma establece que todos los prestamistas estén autorizados y supervisados por el Banco de España
- Para mejorar la protección, se exigirá a los clientes que aporten su historial crediticio
El Consejo de Ministros ha aprobado una ley que regula los créditos al consumo para aumentar la protección a los consumidores y evitar el sobreendeudamiento de la población. El Gobierno ha aprobado restricciones a los microcréditos, las tarjetas revolving o los préstamos rápidos en plataformas digitales, según el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Entre las novedades más importantes se encuentra la limitación de los tipos de interés y el intento de dotar de seguridad jurídica a todos los operadores. En este sentido, todos los prestamistas tendrán que estar autorizados y supervisados por el Banco de España. Además, la ley prevé que la actividad de los prestamistas de alto coste este limitada a créditos de bajo importe, plazos de devolución reducidos y que los tipos elevados tengan un máximo específico.
La nueva legislación establece para este tipo de préstamos un periodo mínimo de al menos tres cuotas mensuales, reducir el coste total que tiene que soportar el consumidor y dar toda la información con al menos 24 horas de antelación a la contratación. Esta última medida está pensada para que las personas puedan tomar una decisión plenamente informada.
Esta normativa también establece que el crédito de alto coste que deberá ser reembolsado como mínimo en tres meses con un coste máximo de 40 euros. Si es reembolsado por el consumidor en 30 días, el coste será de 20 euros. A su vez, se establece la prohibición de que en los anuncios de estos créditos destaquen la facilidad o la rapidez con la cual se pueden obtener sobre el resto de sus características como tipología y coste total del crédito.
Mercado con profundos cambios
El comunicado de Economía destaca que este es un mercado que ha cambiado profundamente durante los últimos años gracias a la digitalización, que ha favorecido la aparición de nuevas empresas y modelos de negocio. El anteproyecto de ley aprobado es una transposición de las directivas europeas sobre créditos al consumo y servicios financieros a distancia. Otros países europeos ya cuentan con medidas de limitación de costes similares.
La ley prevé limitar la Tasa Anual Equivalente (TAE), fijándola a partir del tipo de interés medio del crédito al consumo, junto a un margen por tramos que dependerá del importe del crédito. En este sentido, para importes iguales o inferiores a 1.500 euros 15%, superiores a 1.500 hasta 6.000 10%, superiores a 6.000 y con un plazo de vencimiento inferior o superior a ocho años un 8%. Estos límites serán actualizados por el Banco de España cada tres meses.
Mientras el Real Decreto no entre en vigor, el anteproyecto de ley fija un límite transitorio del 22%, que se aplicará a las nuevas contrataciones después de su entrada en vigor. Además, se establece otro régimen de limitación de tipos para los ya mencionados créditos de alto coste. Las restricciones a estos créditos, a parte de las ya mencionadas, limitan a un tipo de interés mensual del 4% y a una comisión máxima del 5% sujeta a un tope de 30 euros.
Según ha explicado en rueda de prensa el titular de Economía, Carlos Cuerpo, el Ejecutivo busca reforzar la protección de los consumidores, sobre todo de los más vulnerables, y dar seguridad jurídica a los operadores para garantizar unas reglas "homogéneas y predecibles".
Supervisión del Banco de España
La normativa establece que solo podrán otorgar préstamos las entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España. El objetivo es regular a los operadores que han estado operando fuera del sistema. Para esto se crean dos figuras nuevas: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (EFCAL) y los prestamistas de alto coste autorizados.
Los EFCAL tendrán un régimen simplificado similar al de los establecimientos financieros de crédito (EFC) para promover la competencia y la innovación. Los prestamistas de alto coste solo podrán dar créditos de alto coste para profesionalizar un segmento de crédito no atendido por otras entidades.
Para mejorar el análisis de solvencia y prevenir el sobreendeudamiento de los consumidores, se establece que el cliente aporte su historial crediticio y la consulta a bases de datos atendiendo a la tipología de créditos o el importe de lo contratado. Para los establecimientos de alto coste será obligatorio.
Además, las empresas que se dedican a otros sectores (concesionarios, grandes almacenes de muebles o electrodomésticos) tendrán que otorgar los créditos sin intereses. En cuanto a los contratos suscritos con operadores no autorizados, estos serán nulos.
Medidas para mejorar la transparencia
El anteproyecto de ley también prevé aumentar la protección a los consumidores a través del refuerzo de la transparencia en la información que se da al consumidor, destacando todo lo importante en una página. Se establecen los servicios de asesoramiento de deudas consistente en la prestación de servicios de asesoramiento financiero, asistencia jurídica o psicológica y social para deudores en dificultades.
También se refuerza la protección de los consumidores en casos de reembolso anticipado y la comercialización de créditos con ventas vinculadas a productos financieros, especialmente en el sector de los seguros.
En cuanto a la transposición de la directiva europea, se modifica el Texto Refundido de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios. Los principales cambios son el refuerzo de la transparencia y protección del consumidor y el desarrollo de medidas para poner coto a las técnicas de diseño de interfaz que distorsionan la toma de decisiones de los consumidores.