El Ejecutivo suprime la obligación de que los perceptores del paro tengan que hacer la declaración de la renta
- Este cambio, que es una rectificación, consta en el Real Decreto Ley de medidas económicas aprobadas el martes
- Esto libera a más de 2,5 millones de parados de la responsabilidad de declarar el IRPF
El Gobierno ha eliminado la obligación de los perceptores de prestaciones por desempleo de declarar la renta. Este cambio consta en el Real Decreto Ley de medidas económicas que aprobó el martes 23 de diciembre el Consejo de Ministros, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La medida se aplicará para el ejercicio fiscal de 2025 y supone una rectificación a la obligación que figuraba en la reforma del subsidio de paro de 2024. De esta forma se modifica la Ley General de la Seguridad Social. La presentación de la declaración del IRPF por parte de estas personas "supone solo una obligación formal".
El pasado mes de marzo, el Ejecutivo ya decidió no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la declaración del IRPF correspondiente al año 2024. El Ejecutivo afirma que la obligación "excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo".
Obligación similar para el IMV
Además, según añade el Gobierno, es similar a la obligación para la prestación no contributiva del ingreso mínimo vital (IMV). El objetivo es alinear ambas regulaciones.
A pesar de esto, las "diferencias sustanciales tanto en la normativa aplicable como en la finalidad de cada prestación" han llevado a desaconsejar esta obligación para los beneficiarios del paro. Esto "además supondría un incremento innecesario de la carga administrativa para la persona trabajadora", ha señalado el texto.
Además, mantener esta obligación conlleva aumentar la carga administrativa de 2,5 millones de personas que acceden al paro. Además, esto supondría para la Agencia Tributaria gestionar este volumen de declaraciones adicionales.
A su vez, los datos necesarios para comprobar las declaraciones responsables de las personas que piden el subsidio de desempleo deben comprobarse por el Servicio Público de Empelo Estatal (SEPE). Esto se realiza a través de consultas a los datos tributarios de las personas beneficiarias.
Contribuyentes obligados a declarar el IRPF
El Gobierno también apunta a que esta obligación incluyó a más de 2,5 millones de contribuyentes a declarar el IRPF. De todos estos, el 75% obtiene rentas por desempleo inferiores a 5.400 euros.
Esto no solo supone la obligación formal de declarar el IRPF, también implica que muchos tengan que autoliquidar e ingresar una cuota tributaria a la que no estarían obligados de acuerdo a la normativa.
Adicionalmente, señala que el establecimiento de esta obligación puede suponer la pérdida del derecho a aplicar el mínimo por descendiente. Considera que "todo lo anterior justifica la necesidad de suprimirla de forma inmediata".