La Audiencia de Madrid corrige al juez Peinado y rechaza que se divida el caso de Begoña Gómez en varias piezas
- Estima parcialmente el recurso de la asesora de Begoña Gómez en Moncloa
- Y avala que se siga investigando la presunta malversación pero no por separado de la pieza principal
La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido la decisión del juez Juan Carlos Peinado de investigar una presunta malversación en la contratación y actividades de la asesora de Begoña Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, en una pieza separada del procedimiento principal en el que investiga también a la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por delitos como el tráfico de influencias.
“🔴 La Audiencia Provincial de Madrid corrige al juez Peinado, afirma que no se pueden separar las causas por las que se investiga a Begoña Gómez
— Radio 5 (@radio5_rne) October 9, 2025
▪️También le reprocha que no haya delimitado los delitos, según el auto no basta con exponer los hechos
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En sendos autos, a los que ha tenido acceso RTVE este jueves, la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente los recursos de Begoña Gómez y su asesora y revoca la decisión del juez de formar una pieza separada, en la que propuso que, de llegar a juicio, fuese juzgada por un jurado popular. No obstante, ha avalado que siga adelante con esta línea de investigación dentro de la pieza principal.
La Audiencia de Madrid sostiene que "ambos supuestos delitos (tráfico de influencias y malversación) está intrínsecamente unidos", lo que "imposibilita la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión".
Además, le reprocha que no haya delimitado los delitos, al tiempo que avala la declaración del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños.
Tacha de "prematura e inmotivada" la decisión de abrir pieza separada
Además, considera que su decisión de abrir una pieza separada es "prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental", al no justificar las razones por las que el juez cree que los hechos deben ser enjuiciados por separado.
"Si bien pudiera afirmarse que se trata de una mera decisión de acomodación procedimental sin mayor trascendencia e impuesta legalmente, al comprobar que el delito investigado corresponde ser tramitado conforme a la Ley del Tribunal Jurado, sin embargo, la decisión sí tiene relevancia dada la complejidad de los diversos hechos investigados", apunta.
En este sentido, la Audiencia Provincial avisa al titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid de que debe adoptar "las decisiones oportunas para acomodar el resto de actuaciones practicadas con posterioridad" a la apertura de la pieza separada.
En el marco de la resolución, recuerda que, "en este procedimiento, no se investiga la legalidad del nombramiento de la asistente de la mujer del presidente, pues, se encuentra fuera de toda duda que resulta necesario, desde el punto de vista protocolario, de organización de agenda y de seguridad".
"La investigación habría derivado a la posible extralimitación de las funciones del cargo, ya que parece deducirse de las diligencias practicadas, que la misma ha participado desde su puesto de funcionaria de libre designación de Presidencia del Gobierno, en actuaciones del exclusivo interés personal de la esposa del presidente", añade.
Los magistrados recuerdan que en resoluciones anteriores ya indicaron que debía investigarse si Álvarez "pudiera haberse extralimitado en el desempeño de sus funciones públicas para favorecer el plan delictivo" de Begoña Gómez "en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos, puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados".
Además, en otro auto, la Audiencia de Madrid le da un toque al juez Peinado por no haberse pronunciado sobre unas testificales que propuso la defensa de Begoña Gómez en noviembre del año pasado y le indica que debe resolver "sin dilación" sobre este asunto.