Enlaces accesibilidad

Daños en electrodomésticos, alimentos y negocios: ¿qué se puede reclamar al seguro por el apagón eléctrico?

  • Es conveniente comprobar primero las coberturas contratadas en la póliza de seguro de hogar o industrial
  • También se pueden pedir compensaciones si se han cancelado viajes de tren y avión
El apagón deja pérdidas millonarias según las aseguradoras
RUTH DRAKE

Alimentos, electrodomésticos, maquinaria... El apagón masivo de este lunes también ha provocado diversos daños en domicilios y negocios por los que se puede pedir indemnizaciones a las aseguradoras. Además, el incidente también ha provocado cancelaciones en vuelos y trayectos de tren, y los viajeros afectados tienen derecho a reclamar una compensación.

Primeras recomendaciones

El primer paso es revisar la póliza del seguro que se tenga contratado, ya sea el de hogar o el de un negocio, y ver qué coberturas tiene y cuáles son las indemnizaciones.

¿Qué daños en el hogar se pueden reclamar?

En primer lugar, los alimentos que se tuvieran en la nevera o el congelador y que hayan podido deteriorarse, así como medicinas que necesiten estar en frío. Un aspecto clave es sacar fotografías y vídeos de estos enseres, que actuarán como pruebas para acreditar el perjuicio sufrido, y luego habrá que mandarlas a la compañía junto a una estimación de la cuantía en la que están valorados —no es obligatorio presentar tickets—.

"Esto lo cubren casi todos los seguros de hogar, pero todos lo hacen de forma limitada", explica a RNE Javier Martínez Ortega, vicepresidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid. Dependiendo de la póliza o la compañía, el máximo a indemnizar puede estar, por ejemplo, en 300 o en 500 euros, o en una parte porcentual sobre el total del contenido asegurado. Por ello, es importante consultar las coberturas contratadas. "¿Dónde va a estar la pelea? Posiblemente en el hecho de causa de fuerza mayor, ya que hay exclusiones a las que probablemente los seguros se acojan para no indemnizar", explica en TVE Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN.

En el caso de daños eléctricos, se puede reclamar directamente a la compañía distribuidora. ¿Cómo encontrarla? Aparece en la sección de averías de la factura de la comercializadora eléctrica. Lo que hay que plantear es que el electrodoméstico —lavadora, televisión, frigorífico, vitrocerámica...— se ha estropeado, no por el apagón en sí, sino por la subida de tensión irregular que se ha producido después, cuando vuelve la luz. "Nos tienen que pagar una reparación o bien un equipo nuevo si el otro ha quedado inutilizable", explica a RTVE.es Rubén Sánchez, secretario general y portavoz de Facua. Es conveniente comprobar la póliza del seguro del hogar por si incluye esta cobertura y, si es el caso, también se podría reclamar a través de la compañía aseguradora.

Rubén Sánchez recuerda que las distribuidoras eléctricas tienen la "responsabilidad" de responder e indemnizar por estos daños en los electrodomésticos porque se han producido "cuando vuelve la luz y vuelve mal, con esa subida de tensión", que es lo que puede estropear estos dispositivos. No obstante, esa responsabilidad "es posible que no exista" con los alimentos deteriorados, ya que estos sufren el daño por un suceso "imprevisible" e "inevitable" que es el apagón.

De momento, no se podrán reclamar las incidencias sufridas en la red de telefonía e internet porque "las compañías no son responsables, en principio, de las alteraciones en la prestación del servicio debido a esa falta de suministro eléctrico", según explica en TVE Enrique García, portavoz de la OCU.

Además, el vicepresidente del Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid recuerda que la mayoría de seguros en España tiene una garantía de reclamación de daños y defensa jurídica. Esta establece que la compañía con la que se tiene contratado el seguro puede hacer, en nombre del cliente, una reclamación a la entidad que corresponda, como una compañía eléctrica, por los daños que se han sufrido en la maquinaria, los alimentos o el hecho de haber cerrado el negocio.

¿Y si ha afectado a mi negocio?

Quienes tengan un negocio o empresa y cuenten con un seguro específico para la misma, podrán reclamar varias cosas, aunque dependerá de las coberturas contratadas.

Si se ha tenido que detener la actividad por el apagón —un suceso imprevisto y de fuerza mayor— y, como consecuencia, esto ha generado una pérdida de ingresos, se tiene derecho a reclamarlo. En función de la compañía, también puede estar incluida la reducción de beneficios por el deterioro de mercancías en frigoríficos, así como el daño que haya podido producirse en la maquinaria del negocio, como indica el Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid.

Viajes de tren cancelados

El apagón también provocó cancelaciones en vuelos y trayectos de tren de Media y Larga Distancia, lo que afectó a miles de viajeros en el país.

Con respecto a los trenes, el secretario general de Facua recuerda que la normativa europea establece que, si el servicio se ha retrasado como mínimo 60 minutos o se haya cancelado, las compañías ferroviarias deberán ofrecer gratis comidas y refrigerios "en una medida adecuada al tiempo de espera, si están disponibles en el tren o en la estación o si pueden razonablemente suministrarse teniendo en cuenta factores tales como la distancia del suministrador, el tiempo necesario para el suministro y el coste".

Además, también tendrán que ofrecer gratuitamente "alojamiento en un hotel u otro lugar, y transporte entre la estación de ferrocarril y el lugar de alojamiento, en los casos que requieran una estancia de una o más noches o una estancia adicional, siempre y cuando sea físicamente posible". La compañía podrá limitar la duración a tres noches si puede demostrar que el retraso se ha debido a "circunstancias extraordinarias ajenas a la explotación ferroviaria", como catástrofes naturales graves, crisis de salud pública u otras causas como la culpa del viajero, robo de cables o terrorismo, entre otras.

Aparte de esto, desde Facua señalan que se tiene derecho a una compensación, aunque la causa de la cancelación sea de fuerza mayor. Puede ser mediante un porcentaje del importe del billete, independientemente de ser reubicado en otros trenes. Así lo fija el reglamento europeo que regula este sector, que también indica que si los usuarios no quieren ser reubicados en otro tren, tendrán derecho a la devolución del importe íntegro de los billetes.

Como ha informado este martes el Ministerio de Transportes, los viajeros de Renfe, Iryo y Ouigo que se vieron afectados por el apagón pueden pedir la devolución o el cambio de sus billetes a través de sus páginas web. Renfe, por su parte, ha comunicado que los usuarios que hayan recibido un mensaje donde se indica el incumplimiento de los abonos bonificados de Avant no serán penalizadas. Se trata de un mensaje automático y Renfe anulará las infracciones de este lunes y este martes.

¿Y los vuelos?

Los pasajeros, no obstante, no tienen derecho a compensaciones ni a indemnizaciones si su vuelo se ha cancelado por el apagón, como la pérdida de conexiones con otros vuelos. No obstante, la aerolínea tiene que ofrecer a los pasajeros "comida y refrescos suficientes", "alojamiento en un hotel" si fuera necesario y "transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento", tal y como figura en el reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo.

"La normativa europea establece la obligación de que las empresas ferroviarias y las aéreas tienen que costear los alojamientos de los pasajeros cuando se producen cancelaciones, y no excepciona las cancelaciones por causa de fuerza mayor", señala el portavoz de Facua. Por ello, recalca que tanto las ferroviarias como las aerolíneas tendrían que haber pagado los hoteles, la comida y la bebida. Si no lo han hecho, cualquier pasajero que sufriera una cancelación de su viaje por el apagón y haya tenido que gastar dinero en alimentos, bebidas y alojamiento —también el transporte al mismo—, puede reclamar estas cantidades a la compañía. Para ello, deberán aportar recibos y facturas que acrediten los gastos.