La Justicia europea confirma las multas a tres bancos por manipular la deuda pública durante la crisis financiera
- Rebaja ligeramente la sanción de las entidades Nomura y Unicredit, pero mantiene la de UBS
- Ratifica el "cártel" creado para obtener ventajas competitivas en la comercialización de bonos soberanos
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado este miércoles las multas impuestas por la Comisión Europea a las entidades financieras UBS, Nomura y Unicredit por manipular el mercado de bonos soberanos durante la crisis financiera, entre 2007 y 2011. La sentencia mantiene la cuantía exigida a la primera entidad, pero rebaja ligeramente las de las dos últimas.
"En efecto, los operadores de los mencionados bancos habían colaborado e intercambiado información con el fin de obtener ventajas competitivas en la emisión, la comercialización o la negociación de las Obligaciones Estales Europeas, lo que afectó de manera global al mercado del Espacio Económico Europeo", señala el comunicado del TGUE, que ratifica la existencia de un "cártel" en el sector.
De este modo, la multa de UBS se mantiene en 172,4 millones de euros, mientras las de Namura y UBS se reducen a 125,6 millones y 65 millones, respectivamente, frente a los 129,6 millones y 69,4 millones que impuso el Ejecutivo comunitario cuando en 2021 sancionó las prácticas ilegales de siete bancos.
El total asciende a 363 millones de euros, ocho millones menos que los 371 millones que decidió la cartera de Competencia liderada entonces por la comisaria danesa Margrethe Vestager.
Otros cuatro bancos esquivaron las multas
También participaron en este cartel en el mercado de deuda pública Bank of America y Natixis, que esquivaron las multas por haber prescrito el derecho de Bruselas a imponerlas. A Natwest, se le perdonó la sanción por haber comunicado su existencia a las autoridades comunitarias; y la multa de Portigon se quedó en cero euros porque la entidad tuvo un volumen de negocios negativo en el año anterior. Los seis bancos —todos salvo el británico Natwest— recurrieron las multas ante la justicia europea, que ahora ha emitido su veredicto contra el que todavía cabe recurso.
La Comisión Europea sancionó a los siete bancos después de constatar que un grupo de empleados de estas entidades intercambiaban "información comercial sensible" en aplicaciones de chat virtuales en las que también se informaban y actualizaban sobre precios y volúmenes previos a las subastas de deuda, así como de los precios que mostraban a sus clientes y al mercado en general.
De acuerdo con Bruselas, los operadores se mantenían informados "periódicamente" sobre su estrategia de puja antes de las subastas de bonos y sobre los parámetros de negociación en el mercado secundario.
"Cualquier acción anticompetitiva de un empleado es atribuible a la empresa de la que es miembro. Por tanto, la Comisión podría legítimamente considerar responsables a Portigon, UniCredit y Nomura de la conducta de sus respectivos operadores", establece la sentencia.
El TGUE ajusta las cuantías
La sentencia confirma lo esencial de la decisión del Ejecutivo comunitario, pero ha ajustado las cuantías. Por un lado, reduce la multa a Nomura porque considera que Bruselas "cometió un error al negarse a utilizar los datos exactos que dicho banco le había facilitado" para uno de los elementos del cálculo. Por otro lado, resta una parte a Unicredit porque la práctica ilegal se inició en su caso 17 días más tarde de lo señalado por Bruselas.
Por lo demás, el TGUE confirma que el cartel desarrolló una "infracción única y continua" en la que "los intercambios de información sensible desde el punto de vista comercial y las prácticas de fijación de precios y de reparto de la clientela (...) presentan un grado particularmente elevado de nocividad para la competencia".
En consecuencia, el tribunal con sede en Luxemburgo determina que "la Comisión (Europea) no estaba obligada a investigar ni demostrar los efectos sobre la competencia de las conductas controvertidas de los operadores".