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¿Puede un jefe despedir a un trabajador por Whatsapp?

  • Como dice el Estatuto del Trabajador, tiene que hacerse por carta escrita y de forma fehaciente
  • Aunque sea un teléfono de empresa, un superior solo puede revisar los mensajes si existe un motivo concreto

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¿Puede un jefe despedir a un trabajador por Whatsapp?
Una persona utiliza su móvil.

¿Puede un jefe despedir a un trabajador por Whatsapp? ¿Es legal que le mande mensajes de trabajo por esta red social fuera del horario laboral? El uso de herramientas de mensajería instantánea es algo extendido en el trabajo y cada vez hay más sentencias que van poniendo coto al uso que pueden hacer de ella empresas y empleados, pero ¿dónde están los límites?

Aunque el móvil sea de empresa y hayan informado de que pueden revisarlo, y aunque se utilice Whatsapp para el trabajo, tiene que haber un motivo para que un superior pueda tener acceso al contenido de esos mensajes. Por ejemplo, si investiga un fraude y no tiene otros medios. Una sentencia del TSJM concluye que, en este caso, no se vulnera el secreto de las comunicaciones ni el derecho a la intimidad.

En este contexto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a una empresa que revisó los mensajes de Whatsapp de una empleada para averiguar si estaba cobrando comisiones directamente de sus clientes. En este caso, el órgano no considera que vulnere su intimidad ni el secreto de las comunicaciones.

"También se tiene en cuenta el numero de personas con acceso y las veces que se tiene ese control", explica a RTVE Jacobo Martínez, responsable del Departamento de Derecho Laboral y fundador de Eversheds Sutherland.

Mandar mensajes de Whatsapp fuera del horario laboral

Además, surge otra duda importante, si la empresa puede despedir a través de un mensaje de WhatsApp. El Estatuto de los Trabajadores es claro y dice que se tiene que hacer por escrito, mediante una carta donde se expongan los motivos. Además, tiene que hacerse de forma fehaciente, es decir, sin dejar dudas de quién envía y quién recibe esa comunicación.

Los expertos dicen que no es recomendable, ya que podrían declarar improcedente el despido. "Puede servir para un principio, pero hay que formalizarlo", señala Martínez, como una firma electrónica, un burofax.

Otra cuestión que está en el foco es el hecho de que un jefe mande mensajes del trabajo fuera del horario laboral del trabajador. "En mi anterior trabajo eran muchos y no podía descansar en mis vacaciones o en mi día libre", cuenta un hombre a RTVE. "El encargado, después de cerrar el bar, me preguntaba ciertas cosas que podría preguntarme en mi horario laboral", señala otro trabajador.

Esto, aunque es una práctica muy extendida, no es denunciable. El problema surge cuando hay consecuencias si no se contesta con inmediatez, algo que, según los expertos, va contra el derecho a la desconexión digital. "Si esperas una respuesta del trabajador en un tiempo razonable vulneras el derecho a la desconexión digital", señala Martínez.

Tu derecho a desconectar del trabajo

Además, ¿pueden incluir a un empleado en un grupo de Whatsapp del trabajo? Los expertos señalan que depende de cada caso, pero recuerdan que el hecho de que una empresa solicite datos personales como el teléfono en el momento del contrato ya ha sido considerado por el Tribunal Supremo como abusivo.