Enlaces accesibilidad

La CNMC inspecciona las sedes de las grandes eléctricas por posibles prácticas anticompetitivas

  • Las compañías podrían haber abusado de su posición dominante y cometido actos desleales
  • La investigación es un paso preliminar antes de la apertura de un expediente sancionador

Por
El precio de la luz sigue disparado
El precio de la luz sigue disparado.

La Dirección de Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) está investigando posibles prácticas anticompetitivas en los mercados de instalación de equipos y prestación de servicios de medida eléctrica, de comercialización de energía y de prestación de servicios energéticos y de instalación y operación de autoconsumo en España.

En concreto, entre el 24 y el 28 de abril y entre el 19 y 23 de junio, la CNMC inspeccionó las sedes de varias empresas "relevantes" del sector eléctrico cuya identidad no revela, a raíz de múltiples denuncias recibidas sobre la presunta existencia de prácticas anticompetitivas en los citados mercados.

En concreto, la inspección a la sede de Naturgy se produjo en abril y la de Endesa, en junio, según ha podido saber RTVE.

El organismo que preside Cani Fernández señala que en caso de confirmarse las prácticas anticompetitivas, constituirían una infracción de los artículos 2 (abuso de posición de dominio) y/o 3 (falseamiento de la libre competencia por actos desleales) de la Ley de Defensa de la Competencia.

Paso preliminar antes de abrir un expediente

Asimismo, indica que las inspecciones son un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de la entidad.

En caso de que como resultado de dichas inspecciones se encontrasen indicios de prácticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procedería a la incoación formal de un expediente sancionador.

Las citadas prácticas podrían considerarse una infracción muy grave de la ley de competencia, con multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.