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El Congreso aprueba la ley contra el fraude fiscal que prohíbe pagos en efectivo superiores a 1.000 euros

  • La anterior regulación establecía el límite de pagos en efectivo en 2.500 euros

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Billetes de 50 euros
Billetes de 50 euros

El Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles de manera definitiva la ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que incluye medidas como la limitación de los pagos en efectivo a 1.000 euros (anteriormente en los 2.500 euros) o la prohibición de las amnistías fiscales.

La ley ha salido adelante tras avalar todos los cambios realizados por el Senado, incluyendo la limitación hasta final de año de la congelación del impuesto de matriculación, pactada por el PSOE y el PDeCAT.

Sin embargo, la principal discusión ha girado en torno a una de las enmiendas que no ha llegado a votarse pese a que sí fue aprobada por la Cámara Alta; la rebaja al 10% del IVA aplicado sobre las peluquerías a partir del próximo año.

Esta enmienda fue incorporada al texto de la ley antifraude tras ser respaldada por todos los grupos en el Senado a excepción del PSOE, pero después fue anulada por la presidenta de la Cámara, Pilar Llop, a instancias del Gobierno alegando que el cambio era fruto de una transaccional entre dos enmiendas que no guardaban congruencia entre ellas y suponía una merma de ingresos para el Estado.

Se baja el umbral para aparecer en la lista de morosos de hacienda

Aparte de las limitaciones de los pagos en efectivo y de la prohibición de amnistías fiscales, la nueva normativa también ha bajado el umbral de deuda con hacienda para aparecer en la lista de morosos desde el millón a los 600.000 euros.

Del mismo modo se refuerza el control sobre las criptomonedas, de forma que los contribuyentes tendrán que informar de los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, así como de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.

La norma también aumenta el control de las sociedades de inversión de capital variable (sicav), cuyos socios tendrán que tener una participación mínima de 2.500 euros, y crea un gravamen especial del 15 % sobre el beneficio no distribuido de las socimis (sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria).

Entre los elementos más polémicos de la tramitación figura una modificación del impuesto de matriculación, que asumirá en lo que queda de año los umbrales de emisiones vigentes hasta 2020, más ventajosos que los actuales.

También ha generado controversia la eliminación de las ventajas fiscales para los pactos sucesorios, que finalmente se mantendrán si los bienes se venden más de cinco años después de suscribirlos o la elaboración de un valor de referencia de los inmuebles sobre el que se calcularán los impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales y patrimonio.