Enlaces accesibilidad

El proceso de dación en pago no se activará si el hipotecado tiene un avalista solvente

  • Sí podrá si el avalista también se encuentra en el umbral de exclusión
  • La entrega de la vivienda, en cualquier caso, será el último recurso

Por

La dación en pago

La dación en pago es la posibilidad de entregar la vivienda al banco para saldar la deuda hipotecaria. En España, la deuda pervive tras el desahucio y en ocasiones se incrementa por los gastos judiciales.

El proceso por el cual una familia se podría llega a acoger a la dación en pago no podrá activarse si la hipoteca cuenta con un avalista solvente. Así lo recoge el real decreto-ley aprobado el pasado viernes por el Gobierno y que publicó el BOE este fin de semana.

Las medidas que prevé el decreto se podrán aplicar a las hipotecas  que estén vigentes a la fecha de su entrada en vigor de aquellos deudores que se encuentren en el umbral de exclusión y que no tengan avalista.

En el caso de que el crédito o préstamo tenga garantías reales o personales, para poder acogerse al proceso de reestructuración de la deuda todos los avalistas deben encontrarse en la misma situación de exclusión que el deudor.

Es decir, que no tengan rentas derivadas del trabajo, que la cuota hipotecaria sea superior al 60% de los ingresos netos que perciban y que el conjunto de los miembros de su unidad familiar carezca de otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda.

Otros casos

Además, el Gobierno se ha fijado exclusivamente en criterios económicos para considerar que una persona está en riesgo de exclusión social en su intento de frenar los desahucios, por lo que no ha tenido en cuenta que ser mayor de 65 años o tener una discapacidad pueden agravar la situación, según señala Efe.

Las entidades financieras que se acojan al código de buenas  prácticas, en el que se enmarca todo este proceso, tendrán que decidir si  lo aplicarán más tiempo de los dos años que exige la adhesión inicial  a estas medida.

Los bancos  quedarán incluidos en este código durante al menos dos años,  que se  prorrogarán automáticamente por períodos anuales en caso de que las  entidades no soliciten su exclusión, señala Europa Press.

Se espera que a principios de abril se conozcan las primeras entidades financieras que se adhieran al código.