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Comienza la cuenta atrás para la aprobación de la reforma de la Ley antitabaco

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La Ley antitabaco estatal prohibirá fumar en los espacios públicos cerrados.
La Ley antitabaco estatal prohibirá fumar en los espacios públicos cerrados.

Desde que la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, anunciara en enero que su objetivo era reformar la Ley antitabaco a lo largo de este año, y tras el retraso en la fecha de su discusión parlamentaria que, en principio se fijó para febrero, la cuenta atrás para su aprobación ha comenzado.

Este martes ha finalizado el plazo de presentación de enmiendas, tras el acuerdo adoptado por todos los grupos parlamentarios para que este trámite no fuera más allá de septiembre. El PP ha propuesto crear espacios cerrados en los bares sólo para fumar, CiU que los hosteleros tengan beneficios fiscales y ERC-IU-ICV que no se fume en los parques infantiles.

Pero, ¿sabes dónde podrás fumar? ¿qué diferencia a la propuesta española de la vasca? o ¿cuánto tiempo queda para que entre en vigor?

¿Dónde prohíbe fumar la Ley estatal?

Con la reforma de la Ley antitabaco olvídate de fumar definitivamente  en los bares porque desaparecerán las zonas para fumadores. Si quieres  fumar tendrás que salir a la calle, porque estará prohibido fumar en los espacios públicos cerrados.

La ley antitabaco antes de la reforma prohibía fumar, entre otros lugares, en:

  • Colegios y  otros centros docentes y formativos, así como en los hospitales y  centros sanitarios.
  • Centros de atención social para menores de 18 años.
  • Centros de ocio y esparcimiento, en los que pudieran entrar menores, salvo los espacios al aire libre.
  • Discotecas, durante el horario en el que se permitía la entrada de menores.
  • Aviones con origen o destino en territorio nacional, de vuelos de compañías españolas y compartidos con compañías extranjeras.

Además, la ley prohibía fumar en hoteles, hostales, bares,  restaurantes, salas de fiesta, estaciones de autobuses, aeropuertos o  estaciones de transporte marítimo o ferroviario, aunque permitía la habilitación de zonas para fumadores.

El texto presentado incialmente en el Congreso, a falta de su aprobación definitiva, establece algunas modificaciones.

No sólo no podrás fumar en colegios y hospitales, sino tampoco en las zonas cerradas que estén próximas.  Además, se prohíbe fumar, sin excepciones, en todos los centros de  atención social, discotecas o centros de ocio -salvo los que estén al  aire libre-.

Desaparecen las zonas para fumadores en estaciones  de autobuses, de tren, puertos marítimos y aeropuertos, del mismo modo  que en los bares, restaurantes y otros centros de restauración cerrados.

En los hoteles y hostales tampoco se podrá fumar, salvo en los espacios al aire libre, aunque se permite reservar hasta un 30% de habitaciones para huéspedes fumadores.

La Ley vasca: un paso más

Por su parte, la reciente propuesta de la Ley antitabaco presentada por el Gobierno vasco entrará en vigor el 1 de enero  del próximo año. "Queremos que entre en vigor el 1 de enero. Quedan  tres meses por delante y tenemos tiempo", afirman desde el departamento  de Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, a RTVE.es.

Mucho se ha oído hablar de la prohibición de fumar en los parques infantiles, recogida en la propuesta vasca. Algo que el Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo ha planteado como la siguiente batalla a librar en la lucha antitabaco estatal.

Incluso, la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, ha calificado la propuesta de "ejemplo" para el resto del país.

En la mayoría de los puntos, la norma vasca coincide con la española, pero en otros da un paso más. Éstos son los otros lugares donde no podrás encender un cigarro en el País Vasco:

  • Zonas semicerradas y al aire libre que se encuentren en las proximidades de colegios, hospitales y centros sanitarios.
  • Cualquier tipo de vehículo privado si hay menores de edad.
  • Áreas recreativas, de ocio y de espectáculo para personas  menores de 18 años, incluidas las zonas al aire libre, como los parques  infantiles.

¿Qué trámites quedan para la aprobación de la Ley?

Una vez finalizado el plazo de presentación de enmiendas, se constituye una ponencia donde serán analizadas y, tras esto, se emite un informe que pasa a ser debatido en la Comisión de Sanidad.

Como esta comisión tiene competencia legislativa plena, el informe pasa directamente al Senado, donde se abrirá un nuevo periodo de enmiendas. Si la Cámara Alta no varía el texto que llegue del Congreso, quedará definitivamente aprobado.

Si, por el contrario, el Senado introduce algún tipo de modificación, la norma debe volver a la Cámara Baja, para recibir su aprobación final.

El "compromiso" al que han llegado todos los grupos parlamentarios, para que el trámite de la reforma esté concluido a finales de año, permitirá que el nuevo texto legal esté en marcha a comienzos de 2011.

Ya no habrá más retrasos como el que alegró a Fumadores por la Tolerancia, y entristeció al Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo.