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Multa a Telefónica de 11 millones por obstaculizar el acceso mayorista al ADSL sin línea telefónica

  • La CMT considera que retrasó el acceso mediante otros proveedores un año
  • La operadora lo niega y avanza que recurrirá la decisión del regulador

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La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha impuesto a Telefónica una multa de 11 millones de euros por comportamiento anticompetitivo en su oferta de acceso a sus servicios mayoristas de naked ADSL, que ofrece la posibilidad de contratar ADSL sin la obligación de contratar una línea de voz.

La compañía ya ha comunicado que recurrirá esta sanción al considerarla "absolutamente injustificada", mientras que la CMT considera que Telefónica retrasó la implementación del servicio de acceso indirecto a internet en un año, lo que limitó la capacidad de competir de los operadores alternativos.

En su resolución, el organismo presidido por Reinaldo Rodríguez declara responsable directa a la operadora de la comisión de una infracción "muy grave" por haber incumplido su resolución de 27 de marzo de 2008 sobre la revisión de la oferta de referencia de Servicios Mayoristas de Banda Ancha (OIBA) de Telefónica de España.

Telefónica lo niega

La infracción parte de una reclamación de julio de 2008, cuando Vodafone presentó un escrito a la CMT denunciando el incumplimiento por parte de Telefónica de los plazos de la resolución del organismo regulador.

En dicha resolución se otorgaba un plazo al operador dominante de cuatro meses -mayor de lo habitual, fijado en un mes- para que incluyera en el Sistema de Gestión de Operadores (SGO) los procedimientos administrativos necesarios para que los operadores alternativos pudieran replicar el servicio.

La operadora argumenta que "no acepta" una sanción por el "supuesto" incumplimiento de una obligación que sí había cumplido, ya que, ha explicado, en el plazo de cuatro meses establecido por  la CMT dio respuesta a todas las solicitudes de ADSL naked que recibió.

"Necesidad" de dar el servicio a otros operadores

"Resulta de gran relevancia la necesidad de que Telefónica ofrezca el nuevo servicio de acceso indirecto sin servicio telefónico, tal y como se ha determinado en la Oferta de Referencia", señaló la CMT en su resolución.

El organismo regulador explicó además que esta "necesidad" responde a la restricción de acceso mayorista de banda ancha a los pares con líneas telefónicas activas de Telefónica, lo que refuerza su posición y le permite beneficiarse de los esfuerzos comerciales de terceros operadores en banda ancha para fidelizar al cliente en el mercado de acceso a la red telefónica.

Asimismo, la CMT destaca como "aspecto clave" para los operadores alternativos que quieren obtener una mayor cuota de mercado el poder desvincular el servicio de Telefónica y recuerda que el retraso en la implementación del servicio de acceso indirecto sin servicio telefónico tiene "un claro" efecto ya que los rivales del ex monopolio no pueden ofrecer a nivel nacional los productos que si existen en zonas con cobertura de bucle.