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El juez Tirado pide al CGPJ que no le "suspenda por tres años"

  • El juez sevillano asegura que el caso de Mari Luz no exigía un trato preferente
  • El Tribunal Supremo pide al CGPJ tres años de suspensión a Tirado
  • Tirado considera que no existe responsabilidad disciplinaria alguna por su parte
  • Según el juez la "ineficiencia" ha sido de la secretaria judicial
  • El Ministro de Justicia cree que la multa de 1.500 euros es escasa

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El juez de Sevilla Rafael Tirado, que no ordenó ejecutar la sentencia que condenaba por abusos al presunto autor de la muerte de la niña Mari Luz Cortés, ha solicitado al pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que desestime el recurso que la Fiscalía ha presentado para que se le suspenda por tres años. Tirado considera además, que la "inactividad" en los 'procesos' de Santiago del Valle son responsabilidad de la secretaria judicial Juana Gálvez.

El teniente fiscal del Tribunal Supremo Juan José Martín-Casallo ha reclamado en su recurso que el CGPJ imponga a Tirado la sanción de suspensión por tres años por una falta muy grave de desatención o retraso injustificado en la tramitación o resolución de causas.

Tirado ha señalado en su escrito de alegaciones que el fiscal Martín-Casallo "hace apreciaciones y juicios de valor sin fundamento" y ha asegurado que la sentencia de Santiago del Valle  no exigía un trato preferente y que no había datos concretos que exigieran urgencia en la tramitación del caso.

Y en cualquier caso, Tirado atribuye esa 'negligencia' a la secretaria judicial Juana Gálvez, que ha sido recientemente sancionada por el Ministerio de Justicia con dos años de suspensión de empleo y sueldo.

El ministro de Justicia considera la multa escasa

Por su parte el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, ha asegurado que no está de acuerdo con la multa de 1.500 euros impuesta al juez Rafael Tirado pero ha recalcado que esa decisión no fue tomada por "todos los jueces", sino por "la mayoría conservadora del Consejo General del Poder Judicial".

En declaraciones en Los Desayunos de TVE, Bermejo ha afirmado que le pareció "enormemente escasa" la respuesta a la negligencia del juez Tirado, que permitió que el asesino de la pequeña estuviera en libertad a pesar de acumular diferentes penas por abusos sexuales.

Dos años y dos meses sin tramitación del caso

El presunto autor de la muerte de la niña de Huelva Mari Luz Cortés, Santiago del Valle, fue condenado en noviembre de 2002 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, del que es titular Tirado, a dos años y nueve meses prisión por abusar de su hija menor, lo que confirmó la Audiencia de Sevilla en diciembre de 2005.

La ejecutoria de esta sentencia estuvo paralizada durante más de dos años y dos meses, lo que propició que Del Valle estuviera en libertad cuando la niña Mari Luz Cortés fue asesinada.

Según Tirado, si el caso de Mari Luz no hubiera tenido lugar no se habría analizado la sentencia previa que recaía sobre Santiago del Valle. El juez sevillano considera que se ha producido una "absolutamente rechazable responsabilidad objetiva" hacia él.

Falta muy grave de desatención o retraso injustificado

Según el recurso de la Fiscalía, el juez "debería haber establecido un mínimo control sobre el estado de todas y cada una de las ejecutorias que se tramitaban en el Juzgado, lo que le hubiera permitido, al efectuar dicho control, detectar la existencia de la ejecutoria 31/06 y del estado de paralización en que se encontraba".

En respuesta a esta acusación, Tirado ha argumentado que el control que debe realizar en sus funciones como director de todos los procesos, en ningún caso deber ser exhaustivo. Además, ha hecho hincapié en que la Inspección del CGPJ visitó su Juzgado en noviembre de 2007, detectó un retraso en las ejecutorias y las indicaciones que realizó las dirigió contra la secretaria judicial, Juana Gálvez, suspendida de empleo y sueldo durante dos años por el Ministerio de Justicia.

Por su parte, el vocal del CGPJ Félix Azón deberá elaborar una propuesta al pleno de este órgano, que tendrá que responder al recurso impuesto por el Tribunal Supremo.