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La Fiscalía se opone a que el preso de ETA con cáncer Uribetxebarria salga de la cárcel

  • Lo expone tras analizar el informe del forense, contrario a que salga de la cárcel
  • La última palabra la tendrá el juez de vigilancia penitenciaria

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La Fiscalía se opone a que el preso de ETA con cáncer Uribetxebarria salga de la cárcel

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se opone a que el preso de ETA con cáncer Iosu Uribetxebarria Bolinaga, que cumple condena por el secuestro de Ortega Lara, obtenga la libertad condicional. Considera que no cumple los requisitos exigidos por la ley para salir de prisión y que no se encuentra en "una  situación claramente terminal" ni "en el último periodo de su vida".

Así lo ha expuesto el fiscal de este tribunal Pedro Rubira en un escrito remitido al juez central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, después de haber analizado el informe forense de la clínica de este tribunal que concluye que el terrorista no se encuentra en fase terminal y puede ser tratado en la prisión de Zaballa (Álava).

"En ninguno de los informes médicos que se han ido aportando se ha   hecho constar, literalmente, que exista un peligro patente para la  vida  del interno", señala la Fiscalía antes de recordar que esta   circunstancia es la que "exige" el 196.2 del Reglamento Penitenciario   para llevar a cabo la excarcelación de un recluso que se encuentren   "enfermos muy graves con padecimientos incurables".

Solo en libertad si la estancia en la cárcel acorta su vida

Retomando los principales argumentos expuestos por la forense de  la Audiencia Nacional Carmen Baena, el fiscal expone en su informe  que la situación de tercer grado en la que se encuentra  Uribetxeberria Bolinaga permite "de forma flexible la aplicación de  los remedios terapéuticos que la enfermedad del penado reclama para  un adecuado tratamiento médico del mismo".

También subraya que el preso "no ha sido sometido a ningún  tratamiento terapéutico de radioterapia o quimioterapia", elemento  necesario para "valorar las auténticas expectativas de vida del  interno" y que no fue "tenido en cuenta" por el informe médico  "privado" elaborado por la "comisión médica" del servicio vasco de  salud Osakidetza. Con estos cuidados en la cárcel y en el centro  hospitalario penitenciario, según el fiscal, se lograría "una mejora  del pronóstico de vida" del interno.

El fiscal añade que en el caso de que, "una vez iniciado el  tratamiento médico terapéutico pertinente y a resultas de su  evolución", se acreditara que la situación de internamiento podría  representar "un peligro patente para su vida", debería ser acordada  "inexcusablemente" la libertad condicional.

Según expone, para llevar a cabo la excarcelación del etarra sería  "requisito imprescindible" que la estancia en prisión se constituyera  en "elemento capaz, por si sólo, de provocar acortamiento de las  expectativas de vida", lo que "no se ha acreditado fehacientemente a  través de los informes que obran en la causa".

"No se ha afirmado que la estancia carcelaria (o en centro  hospitalario penitenciario) sea factor determinanante de una  disminución de las expectativas de vida, que es, justamente, lo que  demanda el Tribunal Constitucional, sino todo lo contrario según el  reiterado informe médico forense", recuerda Rubira.   

"No ha abandonado los fines y medios de la actividad terrorista"

El fiscal coordinador de Vigilancia Penitenciaria también  aprovecha su informe para recordar que, aunque es "evidente" la  "escasa peligrosidad" del recluso y la "dificultad" para que volviera  a delinquir, Uribetxeberria Bolinaga no cumple ninguno de los  requisitos contemplados en el Código Penal para tener "un pronóstico  favorable de reinserción social".

Así, recuerda que no ha satisfecho "las responabilidades civiles"  que se le impusieron en sentencia firme, no ha dado muestra de  "signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios de la  actividad terrorista" y "no ha colaborado activamente con las  autoridades, bien para impedir la producción de otros delitos por  parte de la banda armada, organización o grupo terrorista, bien para  atenuar los efectos de su delito".

De los informes aportados por los Servicios Penitenciarios,  recuerda Rubira, "no se desprende que se haya desvinculado de la  organización terrorista o de su entorno" ni tampoco que haya  formulado "declaración de rechazo y/o abandono de su pasado  delictivo, o petición de perdón a las víctimas de sus delitos".

Según el informe de la Clínica Forense, el recluso tendría un 50  por ciento de posibilidades de morir antes de 11 meses y podría ser  atendido de su enfermedad sin necesidad de salir de la cárcel. Sin  embargo, el informe del Hospital Donostia de San Sebastián, que  estaba firmado por una "comisión médica" del servicio vasco de salud  Osakidetza, recogía que el etarra tendría un 90 por ciento de  probabilidades de fallecer antes de un año.

El informe del fiscal también contrasta con el elaborado por la  cárcel de Zaballa, que concluía que el tratamiento que necesita el  preso no es posible en una cárcel "porque en las prisiones hay  enfermerías que son como centros de atención primaria", según señaló  el jueves el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, quien  añadió que "ese tratamiento exige estar ingresado en un hospital". 

La última palabra la tiene el juez

Uribetxeberria Bolinaga, que fue condenado por el secuestro del  funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara y la muerte de tres  guardias civiles, podría obtener la libertad condicional en virtud  del artículo 92 del Código Penal, que establece esta medida en casos  en los que, "según informe médico, se trate de enfermos muy graves  con padecimientos incurables". Esta misma circunstancia se recoge en  el artículo 196.2 del Reglamento Penitenciario.

El etarra accedió el pasado viernes al tercer grado en virtud del  artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario, que establece esta  concesión para los "enfermos muy graves con padecimientos incurables"  y alude a "razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a  la dificultad para delinquir a su escasa peligrosidad".

En 2000 Instituciones Penitenciarias dictó una circular en la que  establecía la excarcelación de los presos cuyo riesgo de muerte  superara el 10 por ciento en el plazo de un año o el 50 por ciento en  el plazo de cinco.

Para ello se fijaban cinco criterios: "riesgo de muerte estimado  superior al 10% en el plazo de un año a pesar del tratamiento",  "riesgo de muerte estimado superior al 50% en el plazo de cinco años  a pesar del tratamiento", "índice de Karnofsky menor o igual al 50%",  "infección por VIH en estadio A3, B3 o C" o "trastorno psicótico  crónico con actividad sintomática a pesar de haber seguido  tratamiento durante más de seis meses o con deterioro intelectual". 

Ahora el juez Castro deberá decidir ahora si concede la libertad  condicional al secuestrador del funcionario de prisiones José Antonio  Ortega Lara contando con el informe desfavorable de la Fiscalía y de la  forense de la Audiencia Nacional.

Tras saber la posición de la Fiscalía, el ministro del Interior,  Jorge Fernández Díaz, ha insistido en que Prisiones cumplió la ley al  otorgar el tercer grado a Uribetxebarria Bolinaga y que el "único competente para excarcelar" al terrorista es el juez de Vigilancia Penitenciaria, cuya decisión acatarán.