El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social y la reforma del Código Penal que endurecerá las penas para esas conductas y para el fraude fiscal, con el fin último de "acabar en España con esa visión tolerante de los que defraudan".
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que la norma establece un "delito fiscal agravado" cuando lo defraudado supera los 600.000 euros". Para los grandes defraudadores, las penas de cárcel se elevan hasta seis años y el plazo de prescripción también se alarga hasta diez años.
Tras el Consejo de Ministros asegura que se trata de "recuperar la confianza y la credibilidad del país" a través de un cumplimiento "leal y responsable" de las obligaciones tributarias y con la seguridad social. "Nadie puede ir de listo por la vida, trabajando y cobrando subvenciones", ha recalcado la vicepresidenta, que ha explicado que el anteproyecto se envía ahora al Congreso para su discusión en el próximo periodo de sesiones.
La ley contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social refuerza el trabajo de los inspectores de trabajo con la colaboración con otros organismos que tienen datos de las empresas como el consejo general del notariado.
La norma eleva el rango de las sanciones y, por ejemplo, tipifica como infracción muy grave que una empresa haga ir a trabajar a empleados afectados por un ERE de suspensión de contrato o de reducción de jornada. También se persigue la aplicación indebida de bonificaciones o reducciones de cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
Una de las principales medidas es ampliar de uno a tres años el plazo para exigir responsabilidad solidaria en los casos de subcontratación, "a veces difíciles de perseguir y descubrir", ha dicho la portavoz del Gobierno.
Además, dejará de ser posible la reducción de las sanciones cuando la cuota liquidada no supere la sanción propuesta para evitar la reducción cuando la cuantía es muy elevada.
El fraude en los ERE se considera muy grave. En concreto, dar ocupación a trabajadores que están en suspensión de contratos o con ocupación de jornada completa cuando tienen autorizada una reducción de jornada, o comunicar fuera de plazo datos relevantes a la seguridad social. En este caso, la sanción será mayor si perjudica a un mayor número de trabajadores.
Se amplía también el plazo de actuación de la inspección en los casos de gran complejidad y no cotizar por salarios de tramitación y las vacaciones devengadas y no disfrutadas pasa a ser infracción grave.
La reforma del Código Penal recoge las nuevas penas máximas para el fraude a la Seguridad Social, que pasan de cinco a seis años, y amplía la prescripción de cinco a diez años en los supuestos más graves.
En cuanto a las redes de fraude de IVA a partir de 120.000 euros se persigue criminalmente y la regularización voluntaria deja de ser "eximente absoluta" y pasa a ser "un elemento de la configuración del delito".
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