La campaña de la declaración de la renta 2011 comienza este martes, con la posibilidad de acceder al borrador del IRPF y confirmarlo o modificarlo por internet. La Agencia Tributaria ha mejorado el sistema de alertas por SMS, para que el usuario elija cuando solicita el número del borrador y lo haga cuando esté dispuesto a hacer la declaración. La deducción por inversión en vivienda habitual se eleva y también se amplía el umbral para desgravarse por obras. En esta declaración todavía no se aplica la subida del IRPF decretada por el Gobierno.
El borrador de la declaración de la renta de 2011 se puede solicitar desde el 10 de abril hasta el 2 de julio de 2012. Una vez que se reciba el borrador, se debe revisar, pudiendo completar o modificar la información.
A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o por correo ordinario. A partir del 3 de mayo, Hacienda enviará por carta el borrador a los contribuyentes que no lo hayan pedido por Internet.
Los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
No hace falta, ya que los datos fiscales se pueden visualizar desde el primer día de la campaña. Solo hay que cumplimentar las casillas si desea recibir el borrador por correo ordinario.
Mucha gente recibía el mensaje cuando estaba de fiesta y, al no pensar en lo más mínimo en el IRPF, lo borraba. Para evitar ese problema, la Agencia Tributaria ha suprimido la posibilidad de suscribirse a las alertas SMS. A partir de esta campaña, a este servicio solo se podrá acceder por internet. Cuando el contribuyente esté dispuesto a hacer la declaración realizará una solicitud, recibirá el número de borrador en el móvil y podrá confirmarlo o modificarlo.
El borrador se puede modificar por internet, por teléfono en el número 901 200 345 o en persona. Se puede acudir a cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria y a las oficinas de las comunidades autónomas que tengan un convenio de colaboración para implantar el sistema de ventanilla única tributaria.
El plazo para la confirmación por vía telemática arranca también el 10 de abril y concluye el 2 de julio, aunque si se hace por otras vías el plazo comienza el 3 de mayo. Si resulta una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación del borrador no podrá realizarse más tarde del 27 de junio, salvo si se domicilia solo el segundo pago.
La Agencia Tributaria se compromete a comenzar las devoluciones a partir del 12 de abril. Hacienda prevé devolver 10.955 millones de euros a 14,6 millones de contribuyentes en la campaña de renta 2011.
Sí, si se deduce por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa o por doble imposición internacional. También si realiza aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
No, si los ingresos proceden de un sólo pagador (si tiene más de uno la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros). Cuando hay más de un pagador y la suma del segundo o de los restantes es superior a 1.500 euros, la renta máxima anual exenta se reduce a 11.200 euros.
La base máxima se eleva a 9.040 euros en la deducción por inversión en vivienda habitual por adquisición o rehabilitación y para las cantidades depositadas en una cuenta vivienda. La deducción por obras de mejora en la vivienda se eleva del 10% al 20% y la base anual máxima sube de 4.000 a 6.750 euros. No se limita a la vivienda habitual y el límite anual para acceder a la misma asciende de 53.007,20 a 71.007,20 euros.
En el caso de obras e instalaciones para adecuar la vivienda habitual por razón de discapacidad la base imponible se fija en 12.080 euros.
Las personas que vivan de alquiler pueden deducirse hasta un 10,05% de la cantidad que hayan pagado siempre que su renta sea inferior a 24.107 euros.
El propietario de una vivienda arrendada no pagará impuestos hasta el 60% de lo que haya ingresado por el alquiler. En el caso de que la casa se alquile a jóvenes entre 18 y 30 años este porcentaje sube hasta el 100%.
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