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El Gobierno aprueba elevar la jubilación a 67 años y el cómputo de la pensión a 25 años

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El período de cómputo de la jubilación en 25 años llegará en 2023

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley de la reforma del sistema de pensiones públicas, la tercera de la democracia, en la que se eleva la edad legal de jubilación hasta los 67 años, con algunas excepciones que permiten adelantar el retiro, y se aumenta de 15 a 25 años el período que se utilizará para calcular la pensión que recibirá el trabjador que se jubile.

"Es la reforma más intensa de nuestro sistema de pensiones", ha destacado el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, durante la presentación del anteproyecto de ley que el Gobierno enviará al Parlamento para su debate tras el principio de acuerdo alcanzado con sindicatos y empresarios este jueves. Gómez ha señalado que la reforma propuesta garantiza el equilibrio financiero del sistema de pensiones a largo plazo, aunque ha subrayado que no sólo "no afecta a los pensionistas actuales, en ninguna medida", sino que su aplicación será progresiva.

Así, la edad legal de jubilación aumentará a partir del 1 de enero de 2013, cuando la nueva normativa entre en vigor, a razón de un mes cada año durante los seis primeros años, hasta 2018, y de dos meses cada año a partir de entonces, de forma que los primeros trabajadores que se retiren a los 67 años lo harán en 2027.

Sostenibilidad financiera a largo plazo

Respecto al cálculo de la pensión, también se ampliará el período de cómputo gradualmente: cada año, el período de cómputo se incrementará un año, de forma que no será hasta 2023 cuando se calculen las pensiones tomando los 25 últimos años de vida laboral del trabajador, frente a los 15 años que se utilizan con el sistema actual.

La reforma está concebida para que las personas trabajen más tiempo y coticen más

Aunque la ampliación del período de cómputo supone una reducción de la cuantía de la pensión (normalmente, el trabajador cobra un salario mayor, y por lo tanto cotiza más, al final de su vida laboral), Gómez ha negado que el objetivo de la reforma sea ahorrar rebajando las pensiones: "La principal fuente a ahorro no es la reducción de la cuantía de la pensión; la reforma está concebida para que las personas trabajen más tiempo y coticen más. Eso supone menos gastos y más ingresos, pero no tiene porque reducirse la cuantía media de la pensión".

Para garantizar ese objetivo, que los cotizantes pueden pagar las pensiones de los jubilados en una sociedad que envejece, Gómez ha revelado que la reforma contempla, a partir de 2027, una revisión de estos parámetros cada cinco años en función de la evolución de la esperanza de vida en España. "La esperanza de vida sube más de un año cada década; no hay un automatismo, pero las variables tiene que revisarse", ha justificado el titular de Trabajo.

Excepciones para jubilarse antes de los 67 años

Gómez también ha destacado que el anteproyecto de ley "responde en lo esencial" al principio de acuerdo alcanzado este jueves con los sindicatos, que exigían suavizar la ampliación de la edad legal a los 67 años con algunas excepciones. Así, se introduce el concepto de "carrera larga de cotización", de forma que quienes hayan cotizado al menos 38 años y seis meses podrán jubilarse a los 65 años cobrando la pensión completa.

Esta exigencia también será progresiva sobre la base de los 35 años actuales. Según ha detallado a RTVE.es el Ministerio de Trabajo, los años cotizados que se necesitarán para jubilarse a los 65 años aumentarán porcentualmente, elevándose a razón de seis meses cada dos años. Por ejemplo, en enero de 2015 serán necesarios 35 años y seis meses cotizados, y hasta que la reforma no esté aplicada por completo, en 2027, no se exigirán los 38 años y seis meses.

Asimismo, se mantiene la posibilidad de jubilarse anticipadamente aplicando unos coeficientes reductores (que ahora oscilan entre el 6% y el 8%, en función de los años que se tengan cotizados,  por cada año que se adelante), aunque la edad mínima para acceder a ese retiro anticipado sube de 61 a 63 años. Como novedad, esa jubilación anticipada será a partir de 2013 totalmente voluntaria, ya que hasta ahora era necesario pasar por el paro, es decir, haber sido despedido.

Las becas y el cuidado de hijos contarán

Del resto de cambios, el ministro ha confirmado que los becarios y las madres que interrumpan su carrera laboral para dedicarse al cuidado de los hijos tendrán la consideración de cotizantes, aunque con ciertas restricciones.

En el caso de los becarios, podrán contabilizar hasta dos años de cotización, siempre que la empresa o institución que concede la beca suscriba un convenio especial con la Seguridad Social y pague la aportación correspondiente. Esta medida será retroactiva hasta cuatro años antes de la entrada en vigor de la reforma, es decir, para las becas de 2009 en adelante, aunque habrá que pagar las cotizaciones correspondientes.

En el caso de las madres, no se trata de las bajas por maternidad -que ya cotizan a la seguridad social- sino de que las madres que interrumpan su trabajo podrán contabilizar hasta nueve meses por hijo con un máximo de dos años, para adelantar su jubilación: es decir, podrán jubilarse a los 65 años con la pensión compelta con 36 años y seis meses cotizados, en lugar de con 38 años y seis meses.