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Fútbol | Elecciones RFEF

El TAD desestima el recurso de Jorge Pérez contra las elecciones de la RFEF

  • La decisión, que incluye votos particulares de miembros del tribunal, no atendió la petición
  • Pérez impugnaba el 5 de mayo la proclamación la Asamblea General

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Jorge Pérez, en una imagen de archivo.
Jorge Pérez, en una imagen de archivo.

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha desestimado este viernes el recurso de Jorge Pérez contra el proceso electoral de la Federación Española de Fútbol (RFEF), presentado antes de la reelección el 22 de mayo de Ángel María Villar como presidente, por entender que hubo irregularidades en el mismo.

La decisión, que incluye votos particulares de miembros del tribunal, no atendió la petición de Pérez para que se declarase la nulidad de las elecciones a la asamblea general de la RFEF y se ordenase la repetición de todo el proceso de elecciones, confirmaron a la Agencia EFE fuentes de ambas partes.

En el fallo se abstuvo el presidente del tribunal, Enrique Arnaldo, que fue recusado por Ángel Villar. También fue recusada por este María Lidia García y otro miembro del TAD, Andreu Camps, que lo fue por parte de Pérez.

Ante las supuestas irregularidades, como la desaparición de un 20% de los votos, el escrutinio de más de 500 votos irregulares incorporados al proceso y el recuento de votos llegados fuera de plazo, Pérez no presentó los avales para optar a la presidencia de la RFEF, que Villar ocupa desde 1988 y que renovó el 22 de mayo para un octavo mandato.

Lo que sí presentó Jorge Pérez, exsecretario general de la RFEF, fue un recurso ante el TAD el 5 de mayo, en el que impugnaba la proclamación la Asamblea General y pedía la nulidad, con medidas cautelares, del proceso de elecciones a la misma, además de su repetición, pero tutelado por el Consejo Superior de Deportes (CSD) al menos en lo relativo al voto no presencial.

Una semana después de esto el TAD no estimó la urgencia necesaria para la adopción de medidas cautelares, pero no resolvió las otras reclamaciones de Pérez, y tampoco lo hizo la justicia ordinaria a la que éste acudió a continuación.

Tres días antes de la celebración de las elecciones, el 19 de mayo, el TAD pospuso su decisión sobre las reclamaciones de Pérez, entre otros motivos, porque la Comisión Electoral de la Federación no le había remitido entonces toda la documentación que le había requerido, pese a solicitarla de manera urgente.