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La Unión Europea ratifica que el equipaje de mano gratis no es un derecho de los pasajeros en su nuevo reglamento

  • La normativa sí garantiza la gratuidad de la elección de asientos contiguos para los niños y sus familias
  • Se mantienen sin cambios las indemnizaciones a los pasajeros por retrasos de más de tres horas en los vuelos
El nuevo reglamento sobre derechos de los pasajeros no incluye que el equipaje de mano sea gratuito
El nuevo reglamento sobre derechos de los pasajeros no incluye que el equipaje de mano sea gratuito Europa Press News vía Getty

El Parlamento Europeo ha aprobado este martes la primera gran reforma en 20 años del reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos. Un texto que busca proteger a los viajeros frente a las incidencias en los trayectos en avión, como la denegación de embarque y los vuelos retrasados o cancelados. La normativa no se había actualizado desde 2004.

Casi todo el hemiciclo ha votado a favor del acuerdo alcanzado por los países de la Unión Europea tras más de una década de negociaciones. El texto legislativo ha sido aprobado con 646 eurodiputados a favor, 12 en contra y tres abstenciones.

El texto garantiza que los niños y sus familias tengan asientos contiguos sin que eso tenga un coste extra, pero deja abierta la posibilidad de que las compañías cobren a los pasajeros por llevar equipaje de mano, una de las grandes reclamaciones del Gobierno español y de las asociaciones de consumidores.

El Ministerio de Consumo, que dirige Pablo Bustinduy, ha mostrado reiteradamente su rechazo al acuerdo precisamente porque "no garantiza derechos que para nosotros son fundamentales como la gratuidad del equipaje de mano", aunque sí que reconocía "avances" en la nueva legislación.

En la Eurocámara, el vicepresidente de la Comisión de Transportes y Turismo, Virginijus Sinkevičius, ha asegurado que esta aprobación "es una buena noticia para las personas que viajan en avión". Explica que se "ha trabajado duro para garantizar que los pasajeros no pierden derechos adquiridos, además de ofrecer más protección a las familias, las personas con movilidad reducida y quienes más lo necesitan".

La reforma del Reglamento vigente hasta ahora, el 261/2004 ha enfrentado un bloqueo de 13 años caracterizado por intensas presiones del sector aéreo, las negociaciones en torno a Gibraltar y la paralización por la Covid-19.

Los puntos clave que marcarán las nuevas reglas del juego para las aerolíneas

Uno de las principales novedades que incluye esta actualización de la normativa garantiza la gratuidad de la elección de asientos contiguos para los menores de 14 años y sus progenitores: las familias no podrán viajar separadas.

El texto incluye que los pasajeros con discapacidad y movilidad reducida tengan derecho a compensación, transporte alternativo y asistencia por parte de las compañías aéreas si pierden un vuelo porque el aeropuerto no les ayuda a llegar a tiempo a la puerta de embarque.

Otro de los logros conseguidos es el mantenimiento de las compensaciones por retrasos cuando sean superiores a las tres horas. Tras intensas presiones del sector aéreo, la Eurocámara blinda los derechos actuales aunque con unas cuantías sin actualizar desde el año 2004. Las indemnizaciones se mantienen sin cambios entre 250 y 600 euros por pasajero, en función de la distancia del vuelo.

Se pagaran 250 euros para trayectos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para trayectos dentro de la UE de más de 1.500 kilómetros y para el resto de trayectos de entre 1.500 y 3.500 km, y 600 euros para los demás trayectos más largos.

Eso sí, las compañías aéreas podrán reducir en un 50% las indemnizaciones de los trayectos más largos si ofrecen a los pasajeros un transporte alternativo hasta su destino final tras una incidencia en el viaje, o si el retraso a la llegada no supera las cuatro horas. Las aerolíneas están obligadas a pagar este importe a menos que demuestren que el retraso fue causado por "circunstancias extraordinarias" inevitables.

Entre esas situaciones se incluyen catástrofes naturales, guerras, condiciones meteorológicas adversas, pasajeros conflictivos o huelgas en aeropuertos, en servicios de navegación aérea o en proveedores de servicios de asistencia en tierra.

Además, las aerolíneas estarán obligadas, según establece el nuevo texto, a ser completamente transparentes sobre lo que están cobrando a los clientes. Deberán desglosar el precio final del billete desde el primer clic, para evitar cargos sorpresa al final del proceso de compra.

Ya no se podrá cobrar a los pasajeros recargos por corregir errores ortográficos en su nombre, y tendrán derecho a obtener la tarjeta de embarque en formato digital al realizar el registro, sin ningún requisito adicional ni la obligación de disponer de una cuenta de usuario o de una aplicación específica.

La principal petición de las asociaciones de consumidores se queda fuera

La reforma no ha logrado blindar por completo la gratuidad de la maleta de cabina. El texto solo garantiza viajar gratis con un artículo personal pequeño bajo el asiento, por lo que las aerolíneas podrán seguir cobrando un extra por las maletas de mano ordinarias.

El artículo que sí está incluido en el billete sin coste añadido es un bulto de dimensiones reducidas que debe caber obligatoriamente debajo del asiento. Por ejemplo, una mochila pequeña, un bolso de mano, una cartera de ordenador portátil o bolsas de compras del aeropuerto. Aunque sin medidas estandarizadas, actualmente las aerolíneas aplican límites que rondan los 40 x 30 x 15 centímetros.

El equipaje de mayor tamaño diseñado para guardarse en los compartimentos superiores de la cabina es el que no es de carácter gratuito obligatorio por ley. Por ejemplo, maletas rígidas con ruedas tipo trolley o mochilas grandes de viaje. El estándar habitual de la industria aérea para considerar un bulto equipaje de mano se sitúa en los 56 x 45 x 25 centímetros con un peso máximo de unos 10 kilos.

Rubén Sánchez, portavoz de Facua, es contundente en sus críticas al texto en declaraciones a RTVE Noticias: "No vemos bien los cambios en el reglamento porque son concesiones al lobby aéreo que ha logrado que se legalice algo que hasta ahora era un fraude, como es cobrar por el equipaje de mano". Y va más allá: "Por defecto se va a preseleccionar la opción del tipo de billete en el que se cobra un extra por el equipaje de mano, así que va a haber usuarios que elijan por defecto esta opción sin darse cuenta de que tenían una opción de billetes sin incluir el sobrecoste".

En la misma línea se ha pronunciado Ileana Izverniceanu, responsable de comunicación de la Asociación de Consumidores y Usuarios (OCU), en Las mañanas de RNE: "Hemos perdido la batalla de la maleta de mano. Nuestra reivindicación era que el billete nos cubriera a nosotros y a nuestra maleta, pero no lo hemos conseguido, va a haber que pagar más por llevarla".

El nuevo reglamento se empezará a aplicar en 2027

Una vez aprobado el texto en Estrasburgo, el texto tendrá que ser ratificado por el Consejo Europeo que tiene previsto aprobarlo a principios de agosto de 2026. El reglamento actualizado entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. A partir de ese momento, los países y las empresas del bloque comunitario tendrán un año para prepararse para su aplicación, por lo tanto, no será hasta bien entrado 2027 cuando se empiecen a notar los efectos.