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La Justicia europea avala que los grandes inversores puedan reclamar a Bankia por su salida a bolsa

  • El tribunal de la UE deja abierta la posibilidad de que los inversores cualificados puedan exigir responsabilidades a la entidad
  • El dictamen avala que el juez pueda tener en cuenta también el grado de conocimiento al margen del folleto de salida

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Rodrigo Rato brinda por la salida a bolsa de Bankia, en julio de 2011
Rodrigo Rato brinda por la salida a bolsa de Bankia, en julio de 2011.

La salida a Bolsa de Bankia sigue dejando coletazos judiciales 10 años después. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) abre la puerta a que inversores cualificados también puedan exigir responsabilidades a la entidadactualmente integrada en CaixaBank, por los errores contenidos en el folleto informativo emitido en su salida al parqué.

De esta forma, el tribunal de Luxemburgo responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo español y equipara los derechos de los grandes inversores a los de los inversores minoristas dejando abierta la vía de indemnizaciones. No obstante la corte europea aprueba también que la justicia española pueda permitir a sus tribunales tener en cuenta en su valoración particular si el inversor tenía mayor o menor conocimiento de la situación económica previa del emisor de la oferta pública de suscripción de acciones (Bankia) en función de su relación con él.

La incógnita de qué hacer con los inversores cualificados

La fallida salida a Bolsa de Bankia captó más de 3.000 milllones de euros y dejó un reguero de afectados, mayoritariamente inversores minoristas (60 %) que vieron como sus acciones, inicialmente a 3,75 euros cada una, perdían en un año más del 80 % de su valor. A estos damnificados que vieron como el proyecto se desinflaba la justicia les ha ido dando la razón compensando el dinero perdido.

Faltaba, no obstante, saber qué ocurría con los inversores institucionales (Mapfre, Iberdrola a tenor de su estatus.

La oferta mixta contaba con un folleto de emisión que aportaba una información deficiente y es aquí donde entran en juego las reivindicaciones de los grandes inversores y el aval que aporta la justicia europea que asegura que "debe poder iniciarse una acción de responsabilidad civil basada en la inexactitud de dicho folleto, cualquiera que sea la condición del inversor que se considere perjudicado".

El caso particular de una mutua puede desatascar el conflicto

La decisión conocida este jueves se basa en una cuestión prejudicial planteada por el TS español. En ella se abordaba el caso concreto de UMAS (Unión Mutua Asistencial de Seguros) que acudió al debut bursatil de Bankia desembolsando por un total de 160.000 aciones el total de de 600.000 euros. Pese a que su demanda fue inicialmente estimada en primera instancia, el recurso de la entidad Bancaria llevó a una segunda valoración que desestimó la acción de nulidad solicitada, aunque estimó la responsabilidad de la banca por las deficiencias del folleto. Ante esto, Bankia elevó la cuestión al Supremo que, a su vez, recibe ahora la respuesta europea.

La decisión ha sido acogida con satisfacción por parte de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin). "Valoramos positivamente que el Supremo haya planteado cuestión prejudicial antes de dictar sentencia y generar daños mayores", asegura su presidenta Patricia Suárez, que también alerta de que "los contribuyentes no solo no recuperaremos el rescate a Bankia, sino que la factura se incrementa con esta nueva sentencia".

El dictamen del TJUE abre el abanico de reclamaciones por parte de otros inversores profesionales, como Meliá o Porcelanosa que también han llevado a juicio el debut de la banca en el IBEX 35.