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La CNMC multa con 6 millones a Telefónica y con 300.000 euros a Yoigo por restringir la competencia

  • Telefónica considera la sanción "injusta y arbitraria" y la recurrirá
  • El responsable de regulación de Yoigo anuncia que recurrirá la sanción

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Una mujer usa su teléfono móvil
Una mujer usa su teléfono móvil.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 6 millones de euros a Telefónica y con 300.000 euros a Yoigo por alcanzar acuerdos que restringen la competencia.

Competencia ha indicado que "la relación entre el importe de ambas multas guarda proporción con la dimensión y capacidad económica de ambas empresas, así como con el nivel de reproche y responsabilidad en el que cada una de ellas incurre respecto de las conductas sancionadas".

En ambos casos, la sanción es significativamente inferior al 1% del volumen de negocio total de estas empresas en 2014.

Telefónica ha asegurado que el acuerdo suscrito con Yoigo fue "procompetitivo" y comercial, dinamizó la competencia en el mercado móvil y benefició al cliente final y considera que la sanción interpuesta por la CNMC es "injusta y arbitraria". Por ello, la compañía ha anunciado que recurrirá en los tribunales la sanción impuesta.

Del mismo modo, el responsable de regulación de Yoigo, Gabriel Miguez Marina, ha explicado que, si bien la multa a abonar no es cuantiosa, prevén recurrirla tal y como asiste el ordenamiento jurídico.

Ambas compañías suscribieron acuerdos de roaming nacional

En 2008, ambas compañías suscribieron un acuerdo de roaming nacional por el cual Yoigo podía usar la red móvil de Telefónica con las tecnologías 2G, 3G y 4G. En la actualidad, alrededor del 50% del tráfico de los clientes de Yoigo se realiza a través de la red de Telefónica.

Este acuerdo otorga a Telefónica un derecho de veto que impide a Yoigo revender a terceros la capacidad de red de Telefónica. Esto obstaculiza que Yoigo pueda prestar servicios mayoristas a operadores móviles virtuales y supone una restricción de la competencia "sin justificación objetiva suficiente".

Por otra parte, en julio de 2013, Yoigo y Telefónica firmaron un nuevo acuerdo de roaming nacional por el cual Telefónica podía acceder a la red 4G de Yoigo.

El consejo de la CNMC ha valorado que este acuerdo "restringe la competencia ya que limita la independencia en cobertura y calidad" entre las dos compañías y "supone una disminución de la presión competitiva en relación con el uso de las redes 4G".

Además, no aprecia razones objetivas que justifiquen este acuerdo entre competidores en zonas donde ambos operadores han desplegado o pueden desplegar sus propias redes.

Asimismo, en julio de 2013, las dos empresas suscribieron un acuerdo por el cual Yoigo podía ofrecer a sus clientes productos minoristas de Telefónica. Este contrato permitió a Yoigo realizar de forma inmediata ofertas convergentes fijo-móvil y "seguir ejerciendo una presión competitiva en el mercado".

No obstante, la limitación para Yoigo de captar a los clientes preexistentes de Telefónica supone un "restricción desproporcionada a la competencia" y el hecho de que Telefónica pueda poner fin al contrato cada seis meses podría ser usado "como herramienta de presión frente a Yoigo, restringiendo su capacidad para planificar y consolidar su estrategia competitiva".