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El Supremo avala que todas las empresas de energía fotovoltaica financien el déficit de tarifa

  • Las compañías de pequeño tamaño habían recurrido la orden de Industria
  • El Supremo no ve discriminación porque las aportaciones son proporcionales

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Detalle de la fachada del Tribunal Supremo
Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia con la que avala que todas las empresas de energía fotovoltaica contribuyan a financiar el déficit tarifario -desfase entre ingresos y gastos del sistema eléctrico- tal y como estableció el Gobierno en la reforma energética.

En una sentencia, el Supremo desestima un recurso contencioso-administrativo presentado por más de 40 pequeños productores y empresas fotovoltaicas contra la orden ministerial IET/107/2014 por la que se revisaban los peajes de acceso de energía eléctrica para 2014.

Las empresas alegaban en su recurso que la financiación del eventual déficit tarifario debería corresponder a las grandes empresas eléctricas integradas, como ocurría antes de esta normativa, y no a todos los agentes del sistema, como sucede ahora.

Sin embargo, el Supremo no comparte esta pretensión ya que no existe discriminación porque la obligación de financiar el déficit no se distribuye a partes iguales entre los agentes del sistema, sino "de modo proporcionado" a su tamaño.

El Tribunal rechaza igualmente el resto de argumentos presentados por las empresas y finalmente no encuentra "razones que nos induzcan a plantear ni la cuestión de inconstitucionalidad" sobre la ley del sector eléctrico "ni las cuestiones prejudiciales sugeridas".

Además, el Supremo impone el pago de las costas judiciales a los recurrentes hasta un máximo de 4.000 euros.