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La policía podrá suspender un evento deportivo si se producen incidentes racistas

  • Se crea la figura de un coordinador, miembro de las Fuerzas de Seguridad, con potestad para parar los partidos
  • Interior responde así a la polémica por los insultos racistas a Vinicius en Mestalla hace unas semanas

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La policía podrá suspender un evento deportivo si se producen incidentes racistas

El Gobierno quiere dotar a las Fuerzas de Seguridad de más competencias en la lucha contra el racismo. La Secretaría de Estado de Seguridad ha dado una instrucción para que los agentes del orden puedan suspender y desalojar eventos deportivos en los que se produzcan comportamientos racistas, como los ocurridos hace semanas con Vinicius Jr. en Mestalla (Valencia).

Así se desprende de la circular publicada este lunes por el secretario de Estado, Rafael Pérez, que refuerza y mejora los instrumentos de los agentes en los estadios, informa Efe.

El Coordinador de Seguridad podrá proponer al árbitro no iniciar, paralizar o suspender su celebración, así como desalojar parte o todo el recinto cuando tengan lugar sucesos que supongan o inciten a la violencia, o sean actos racistas, xenófobos o intolerantes, ha informado el Ministerio del Interior.

Esta figura introducida por la Ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, es siempre un miembro de las Fuerzas de Seguridad, que dirige y organiza el dispositivo policial para proteger la celebración de los eventos deportivos y coordina la Unidad de Control Organizativo.

El objetivo de la instrucción es dar respuesta "a la profusión de incidentes registrados en eventos deportivos cuando al calor de la rivalidad competitiva y al amparo de la sensación de impunidad que transmite el anonimato de la masa, ciertos aficionados expresan un discurso agresivo de intolerancia, odio y discriminación hacia el rival, con frecuencia con tintes racistas, xenófobos u homófobos".

Unos comportamientos que, en casos extremos, pueden llevar a la comisión de delitos de odio o de otros actos antisociales y violentos, según Interior.

Entre los comportamientos que pueden originar la suspensión de una competición o el desalojo figuran las declaraciones con intención de amplia difusión en las que se amenace, insulte o veje a alguien por razón de su origen racial, étnico, geográfico o social, religión, convicciones, discapacidad, edad, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.

También en casos de acoso en el recinto deportivo, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos, cuyo objetivo sea atentar contra la dignidad del acosado y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.

Las declaraciones, gestos o insultos en esos espacios, así como la entonación de cánticos, sonidos o consignas y la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes vejatorios o intimidatorios es otro de los comportamientos que pueden originar la suspensión.

Los coordinadores de seguridad propondrán al árbitro o juez deportivo la suspensión temporal del encuentro mientras duren los incidentes o se realiza el desalojo parcial o total de la grada, para su continuación posterior, o bien la suspensión definitiva.

La policía podrá desalojar por propia iniciativa

En todo caso, la instrucción recuerda que el agente podrá decretar por propia iniciativa el desalojo, en supuestos urgentes de alteración de la seguridad pública o grave riesgo, una vez agotados los llamamientos a restablecer el orden y cuando no exista posibilidad inmediata de ello.

La Ley tipifica como infracción cualquier conducta que suponga comportamientos violentos, racistas, xenófobos e intolerantes, que pueden ser cometidos tanto por los espectadores como por los organizadores del espectáculo deportivo, con independencia de que se produzcan en el recinto, en sus alrededores o en los medios de transporte públicos u organizados que se dirijan al lugar de competición, o se divulguen a través de medios de difusión.

En el caso de los organizadores es también sancionable la permisividad, la organización, participación activa o la incentivación y promoción de este tipo de conductas, así como el apoyo a actividades de peñas, asociaciones, agrupaciones o grupos de aficionados que incumplan la ley.

El coordinador puede levantar informe o denuncia ante la negativa a colaborar o la deficiente colaboración por parte del organizador, así como por la gravedad de los acontecimientos y su evolución.

Además, puede instar la incoación de expedientes sancionadores por las infracciones a la ley y levantar el correspondiente atestado a los efectos para la depuración de responsabilidad penal, administrativa o disciplinaria.

El caso de los insultos en Valencia se ha saldado con tres jóvenes imputados por un presunto delito de odio a raíz de los insultos a Vinicius.