Enlaces accesibilidad

Las joyas de Zapatero y los regalos a presidentes: desde cuándo y cómo se regulan

Las joyas de Zapatero y los regalos a presidentes: desde cuándo y cómo se regulan
El rey Felipe VI, en 2003, junto a Rodríguez Zapatero, González, Aznar y Rajoy EFE / VerificaRTVE

¿A qué estaba obligado José Luis Rodríguez Zapatero con las joyas encontradas en su despacho, en una caja fuerte, por los investigadores del 'caso Plus Ultra'? El juez busca precisamente saber el origen de unas joyas que una tasación oficial inicial valora en 1,3 millones de euros y que debieron tributar a Hacienda. En VerificaRTVE te contamos cómo ha ido cambiando la regulación de los regalos a presidentes del Gobierno en España. 

2005: primera regulación expresa de regalos a presidentes con Zapatero en el Gobierno

Precisamente, el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero acordó el 18 de febrero de 2005 en Consejo de Ministros lo que se describió como "un programa de actuaciones para el Buen Gobierno" para profundizar en la regeneración democrática. Así se presentó el Código de Buen Gobierno, una guía ética a favor de la "austeridad en el uso del poder" que incluía, entre otros compromisos de buena conducta, la "prohibición de aceptar regalos"

El Código, publicado el 3 de marzo de 2005 en el BOE, exige entre los principios de conducta que debían cumplir los miembros del Gobierno el rechazo de "cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía o préstamos u otras prestaciones económicas que puedan condicionar el desempeño de sus funciones, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal". Esta disposición está derogada desde 2015, cuando dio paso a la ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado durante la segunda legislatura de Mariano Rajoy. 

Hasta la aprobación de este Código de Buen Gobierno, la única advertencia legal sobre los regalos de los miembros del Ejecutivo era precisamente el delito de cohecho previsto en el Código Penal, que en su artículo 422 castiga a "la autoridad o funcionario público" que admita la "dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función". En concreto, se sanciona con "pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años".

2006: la ley de conflictos de intereses 

En 2006, se aprobó la ley de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado. La norma perseguía actividades incompatibles con el alto cargo y el cargo público y exigía declarar las actividades privadas y los bienes y derechos de quienes acceden a estos puestos. No incluía una referencia expresa a los regalos, pero sí obligaba a los altos cargos a presentar una declaración de sus bienes al inicio y al cese de la actividad y, anualmente, una copia del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio (artículo 12).

2013: ley de transparencia con Mariano Rajoy al frente del Ejecutivo

El siguiente Ejecutivo, encabezado por Mariano Rajoy, aprobó en 2013 la ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que recoge textualmente la prohibición de recibir regalos del Código de Zapatero, ya con rango de ley (artículo 26) y con la consideración de infracción leve (artículo 29.3). La norma establece, entre "los principios de buen gobierno", que no se "aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones". "En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente".

2015: ley del ejercicio del alto cargo

En su segunda legislatura, en 2015, el gobierno de Rajoy amplió el marco jurídico de la ley de Zapatero con la ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, que mantiene esa obligación de declarar los bienes y derechos al llegar y al dejar el puesto.

En su artículo 17 esta norma ordena que los altos cargos presenten "al Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales de altos cargos" en un plazo de tres meses "desde su toma de posesión y cese, respectivamente", el certificado de su última declaración anual presentada del impuesto sobre el patrimonio, "si tienen obligación de presentarla". Y, a quienes no tengan esta obligación, la ley les exige presentar "un formulario cumplimentado equivalente" elaborado por "la Oficina de Conflictos de Intereses en colaboración con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria". 

Desde este apartado del Portal de Transparencia se pueden consultar 'las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales de las personas que desempeñan altos cargos en la Administración General del Estado'.  

Con Sánchez: vigentes las leyes de 2013 y 2015

Durante el Gobierno de Pedro Sánchez continúan vigentes las leyes de 2013 y 2015 mencionadas. En cumplimiento de esta última norma, el BOE ha ido publicando las declaraciones patrimoniales de los altos cargos que eran nombrados y los que eran cesados. Por ejemplo, el 22 de marzo de 2019, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó las declaraciones patrimoniales de 225 altos cargos de la Administración General del Estado (AGE) nombrados en el segundo semestre de 2018, con la llegada al Gobierno de Pedro Sánchez, y las de 193 altos cargos cesados en ese periodo.

El inventario de regalos del presidente, cuando "cese en su cargo"

El 6 de junio de 2023, el Consejo de Transparencia inadmitió a trámite una solicitud que pedía "información sobre los regalos que recibe el presidente". Argumentó que "la elaboración del inventario de los regalos de relevancia institucional recibidos por el Presidente del Gobierno (...) se realizará cuando el Jefe del Ejecutivo cese en su cargo". 

De esta manera, señala el Consejo de Transparencia en su resolución, "durante el mandato de cada Presidente del Gobierno, los regalos institucionales que reciben se depositan en las dependencias del edificio del Consejo de Ministros y del Palacio de la Moncloa, realizándose una anotación previa y simple con las circunstancias de la recepción".