El Gobierno vasco concede la semilibertad a dos presos de ETA condenados por asesinato
- Son Gorka Palacios, exjefe militar de ETA, y Joanes Larraetxea, condenado por el asesinato del empresario Ignacio Uría
- Podrán salir de la cárcel de lunes a viernes durante el día, en virtud del artículo 100.2 del reglamento penitenciario
El Gobierno Vasco ha concedido la semilibertad a quien fuera exjefe militar de ETA Gorka Palacios y a Joanes Larratxea, ambos condenados por asesinato.
Se les concede salir de la cárcel de lunes a viernes durante el día, en virtud del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, siempre que acrediten que van a trabajar, recibir un tratamiento o a labores de voluntariado.
Ya son una veintena los presos de ETA que actualmente se benefician de esta medida.
El exjefe militar suma más de 100 años de cárcel
Palacios fue detenido en Francia en el año 2003 y condenado allí en 2009 a 18 años de prisión como jefe de los comandos de ETA. Posteriormente, fue condenado a 83 años de prisión por la Audiencia Nacional por varios delitos, entre ellos el atentado en el que fue asesinado el policía nacional Luis Ortiz de la Rosa.
Larretxea fue condenado a 44 años por su participación en el asesinato del empresario Ignacio Uría, en Azpeitia (Gipuzkoa) en 2008 y posteriormente -en 2024-, a otros 26 años por colocar un coche cargado con explosivos en la Universidad de Navarra, también en 2008.
La AVT muestra su preocupación por los permisos
Tras conocer estas dos medidas a favor de ambos reclusos de ETA, la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) ha reiterado su preocupación "por una política penitenciaria más centrada en excarcelar etarras que en garantizar el derecho a la justicia de las víctimas y ha insistido en la necesidad de que la verdad, la memoria, la dignidad y la justicia sigan siendo principios irrenunciables en cualquier decisión relacionada con los condenados por terrorismo".
Con estas resoluciones, la asociación cifra en 119 las progresiones a tercer grado concedidas a 96 presos de ETA y en 20 las decisiones de aplicación del artículo 100.2.