Las víctimas de abusos en la Iglesia no pagarán IRPF por sus indemnizaciones tras el nuevo decreto del Gobierno
- La exención fiscal se aplica tanto al nuevo sistema mixto como a los planes de reparación propios de la Iglesia
- La medida garantiza que los supervivientes reciban la compensación íntegra para reparar el daño sin cargas de Hacienda
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley que establece la exención definitiva del pago del IRPF para las indemnizaciones recibidas por las víctimas de abusos sexuales en el seno de la Iglesia católica, según han confirmado fuentes del Ministerio de la Presidencia y Justicia a RTVE.
Esta medida fiscal representa un avance significativo en la protección de los supervivientes y cumple con uno de los puntos centrales del acuerdo histórico alcanzado el pasado 8 de enero entre el Ejecutivo, la Conferencia Episcopal Española y la CONFER para la creación de un sistema de compensaciones.
Compensaciones futuras, actuales y anteriores
Esta exención tiene un alcance integral, de modo que afectará tanto a las compensaciones derivadas del nuevo sistema de reconocimiento mixto entre Iglesia y Estado como a los pagos que la institución eclesial realice a través de sus mecanismos internos, como el denominado plan PRIVA. De esta manera, cualquier víctima que reciba una reparación por los maltratos sufridos durante su infancia a manos de clérigos, religiosos o personal eclesiástico no tendrá que tributar ante Hacienda por dichas cuantías.
Este beneficio fiscal se suma al nuevo sistema de reconocimiento y reparación que entró en vigor el pasado 15 de abril y que otorga un papel protagonista al arbitraje del Defensor del Pueblo. El funcionamiento de este modelo garantiza que los casos sean analizados por un órgano público, estableciendo que la Iglesia debe pagar las indemnizaciones a propuesta del Defensor del Pueblo.
Así es el trámite administrativo
El proceso administrativo comienza cuando la víctima presenta su solicitud ante la Unidad de Tramitación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la cual remite el expediente a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo para su estudio.
Tras escuchar a todas las partes implicadas, esta unidad especializada elabora una propuesta de resolución que puede incluir reparaciones de tipo simbólico, espiritual y económico en un plazo máximo de tres meses. Una vez que existe conformidad entre las partes, la propuesta se traslada a la comisión asesora de la Iglesia para su cumplimiento y ejecución definitiva.
Este nuevo marco normativo es pionero en España al reconocer por primera vez el estatus legal de víctima a los supervivientes de la pederastia eclesial, permitiendo incluso que quienes ya recurrieron a sistemas previos de la Iglesia puedan reclamar una compensación mayor si se considera insuficiente.
Fuentes gubernamentales han señalado que, con la aprobación de este Real Decreto-ley, el Gobierno cumple con una de las demandas históricas de los colectivos de afectados y refuerza su compromiso con los protagonistas del horror de los abusos sexuales.
Desde la puesta en marcha de este mecanismo hace apenas dos semanas, ya se han comenzado a recibir decenas de solicitudes de víctimas que buscan una reparación integral que ahora, además de ser efectiva, quedará totalmente liberada de cargas impositivas para el beneficiario.