El Gobierno aprueba el anteproyecto de ley que reforma la prevención laboral y recoge riesgos psicosociales y climáticos
- El texto modifica el Estatuto de los Trabajadores y ha sido consensuado con los sindicatos, pero no con la patronal
- Por primera vez alude expresamente a la salud mental y se tendrá en cuenta la edad
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en primera vuelta el anteproyecto de ley que reforma la ley de prevención de riesgos laborales, un texto que fue consensuado con los sindicatos, pero no con la patronal. Trata de actualizar una normativa que tiene ya 30 años para adaptar la prevención de riesgos a la nueva realidad laboral y social. Se aborda el derecho a la desconexión digital y la paralización de la actividad ante riesgo grave e inminente, al tiempo que se amplía la vigilancia de la salud no solo a la parte meramente física sino también mental, social o emocional. Por primera vez se alude expresamente a la salud mental y los riesgos psicosociales, que serán objeto de un reglamento específico.
"La ley va de que nadie enferme en su puesto de trabajo y que nadie fallezca en su puesto de trabajo", ha defendido la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior a la celebración del Consejo de Ministros. Díaz ha recordado dos datos para ilustrar la necesidad de actualizar una norma que se había quedado desfasada en varios aspectos, el primero de ellos, las 735 personas que fallecieron el año pasado en el trabajo en España y el incremento, en un 500%, de las incapacidades temporales por "síntomas emocionales".
Entre las principales novedades, como ha destacado Díaz, figura el hecho de que la nueva norma tiene en cuenta si el trabajador es hombre o mujer a la hora de hacer un seguimiento de la salud del empleado, de evaluar los riesgos inherentes al puesto de trabajo o de articular las medidas de prevención necesarias. "La ley del 95 era una ley hecha para hombres, pensada para un mundo masculinizado. Ser hombre o mujer en el puesto de trabajo te hace desigual y las enfermedades no son examinadas con esa mirada y ahora corregimos esa desigualdad", ha defendido.
La reforma pone el foco también en el fenómeno de la conexión permanente, una realidad que hace 30 años ni siquiera se podía imaginar, así como los riesgos laborales ligados al clima -será obligatorio adoptar medidas de actuación ante catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos- o a las condiciones de vida, como el sedentarismo. Además, la ley, ha remarcado la vicepresidenta, va a tener en cuenta la edad en la prevención. "No es lo mismo ser limpiadora con 20 años que con 60. La edad está corregida en la prevención y aunque parecen cosas de sentido común, la ley las omitía", ha defendido la ministra.
Díaz ha agradecido a los sindicatos su implicación para consensuar la reforma, una ley "farragosa" y "compleja", y que será de aplicación para todos los trabajadores. Ya sean asalariados, funcionarios o autónomos, ha asegurado la ministra. De hecho, la titular de Trabajo ha puesto el foco en estos últimos al asegurar que la incidencia de la siniestralidad se ha incrementado en un 71,4% en el colectivo, lo que demuestra, a su juicio, que "estaban huérfanos, sin protección".
Preguntada por las críticas de algún sindicato y las dudas sobre la aprobación posterior de los dos reglamentos que tienen que desarrollar la normativa de riesgos psicosociales y frente al cambio climático, Díaz ha defendido que el compromiso del Gobierno es pleno. "En derecho hay una jerarquía y primero se debe aprobar la norma y luego los desarrollos reglamentarios y vamos a cumplir a pies juntillas antes de que termine la legislatura", ha remarcado.
Acoso y violencia en el puesto de trabajo
Las empresas deberán garantizar "la protección de las personas trabajadoras frente a situaciones de violencia y acoso sexual o por razón de sexo", recoge la reforma, según la información facilitada por el Ministerio de Trabajo. Bajo esta premisa se enmarca cualquier comportamiento, conducta o amenaza que pueda causar un daño físico o mental, independientemente de que se produzca de forma aislada o en repetidas ocasiones y se ejerza a través de cualquier medio, o con el uso de "algoritmos o sistemas de inteligencia artificial". La reforma también contempla una modificación del reglamento de los Servicios de Prevención para "mejorar la protección de las trabajadoras embarazadas o en situación de lactancia".
En cuanto a la evaluación de los riesgos laborales, la nueva norma "prevé la obligación de realizarse mediante visitas presenciales a los centros de trabajo" y recoge que la formación práctica "debe realizarse presencialmente", excepto causas justificadas. Además, el texto pactado con los principales sindicatos estipula que "será obligatorio realizar una vigilancia de la salud física y mental, específica de los riesgos a los que está expuesta las personas trabajadoras". Así, la vigilancia de la salud deberá articularse a nivel individual, por ejemplo, con los chequeos y reconocimientos médicos, y colectivo, con, entre otros, "análisis epidemiológicos" que sirvan para proponer y priorizar las medidas preventivas que sean necesarias.
Los exámenes de salud de los empleados deberán ser "específicos a los riesgos del puesto" y tendrán que realizarse al inicio del contrato, de forma periódica y tras ausencias prolongadas del empelado por motivos de salud. Por su parte, los trabajadores tendrán derecho a obtener una copia de su historial o de cualquier otro dato médico que guarde el servicio de prevención de su empresa.
Servicios de prevención externos
Entre las novedades de la forma también figura mayor concreción sobre el contenido de los conciertos con servicios de prevención ajenos a la empresa y se precisa lo qué es obligatorio incluir. Así mismo, "se reduce el número de personas trabajadoras a partir del cual es obligatorio un servicio de prevención propio que deberá contar, al menos con tres especialidades" y ️se limita la posibilidad de que el empresario asuma personalmente las actividades de prevención.
La reforma establece la obligación de designar agentes territoriales de prevención de ámbito autonómico, que realizarán "la prevención en las empresas de menos de 10 trabajadores". Estos deberán ser designados por los sindicatos y organizaciones empresariales más representativas de cada sector y los delegados de prevención deberán tener formación adaptada a cada ámbito de actividad.