La Justicia europea considera insuficiente que España convierta a los interinos en indefinidos no fijos
- Dictamina que supone "mantener una relación laboral temporal" y la situación de "precaridad" del trabajador
- El Gobierno recuerda que la sentencia es solo "aclaratoria" y no obliga a hacerlos fijos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este martes que la práctica en España de convertir en indefinidos no fijos a los interinos que han encadenado contratos temporales con la administración no es una medida suficiente para sancionar dichos abusos porque "supone mantener una relación laboral temporal" y la situación de "precaridad" del trabajador.
En concreto, la corte de Luxemburgo señala que el Derecho comunitario se opone a esta transformación de la relación laboral en indefinida no fija en el sentido de que "no constituye una medida adecuada para sancionar debidamente los abusos".
Además, los jueces europeos señalan que el pago de una indemnización al trabajador cuando finaliza la relación laboral, el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos para cubrir las plazas teniendo en cuenta la experiencia anterior del trabajador tampoco "parecen sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión".
El TJUE responde así a las preguntas formuladas por el Tribunal Supremo, que buscaba claridad por parte de la Justicia europea para dilucidar si era obligatorio para España convertir a los interinos en trabajadores fijos para subsanar una situación de abuso por el encadenamiento de contratos temporales.
627 millones de fondos europeos bloqueados
Se da el caso de que España tiene unos 627 millones de euros del fondo europeo de recuperación bloqueados después precisamente de que dos sentencias del TJUE emitidas en febrero y julio de 2024 ya dictaminasen que el país no cuenta con medidas efectivas para sancionar la concatenación abusiva de contratos temporales con la Administración pública.
En esta ocasión, el Supremo recurrió a la Justicia europea antes de resolver el caso de una trabajadora que encadenó desde marzo de 2016 un total de seis contratos de interinidad como cuidadora de niños en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid.
Esta trabajadora denunció su situación y reclamó que su relación laboral fuese declarada fija para compensar los abusos derivados de esta sucesión de contratos temporales, pero el juzgado de primera instancia optó por declararla como indefinida no fija, calificación que supone una indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades una vez se extinga la relación laboral.
La causa llegó al Tribunal Supremo, instancia que elevó la cuestión al TJUE para que la Justicia europea "disipe las dudas" que existen al respecto "a la vista de la interpretación y aplicación divergente" que están haciendo los tribunales españoles al valorar casos similares.
No se pronuncia sobre si España debe convertirlos en fijos
En el fallo publicado este martes, el TJUE no se pronuncia sobre si España está obligada a convertir a los interinos en fijos, pero explica que la conversión en indefinidos no fijos "no constituye una medida adecuada para sancionar debidamente los abusos" puesto que "supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal y, por lo tanto, la situación de precariedad del trabajador afectado".
Para el Gobierno, la sentencia del TJUE es "meramente aclaratoria", ya que es una respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Supremo, no afecta a la normativa nacional "ni impone sanción de ningún tipo". En un comunicado, defienden que el fallo "no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público".
El Ejecutivo insiste en que la Constitución basa el acceso al empleo público "en los principios de igualdad, mérito y capacidad" y por tanto "prohíbe la fijeza automática". También recuerda que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales "sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo". El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra, apuntan.
Por ello, destacan los esfuerzos del Gobierno en reducir la temporalidad en el empleo público, que ha disminuido desde 2023 en seis puntos, de un 39% a un 32,7%. "Nunca antes se había hecho una reforma tan profunda contra la temporalidad en el sector público", reivindican, y señalan que "España ha cumplido holgadamente el objetivo comprometido con la Comisión Europea de cubrir al menos con trabajadores fijos 300.000 plazas en los tres niveles de la Administración que antes estaban ocupadas por trabajadores temporales". En la actualidad, las plazas estabilizadas ascienden a 419.756.
Los procesos selectivos "tampoco constituyen una medida adecuada"
Por último, el Tribunal de Justicia evalúa los procesos selectivos para cubrir plazas en la Administración y concluye que, si bien valoran la experiencia previa del trabajador y el tiempo de servicio, no se limitan a "aquellos candidatos que hayan sido víctimas de los abusos", por lo que "tampoco constituyen una medida adecuada".
Sobre este punto, señala que es posible que las víctimas de los abusos "no participen en el proceso selectivo o que no lo supere", así como que la valoración de la experiencia y del tiempo de servicio "parece favorecer a todos los trabajadores temporales que tengan dicha experiencia, incluidos los que no hayan padecido el abuso".
CSIF celebra la sentencia y pide "sanciones ejemplares"
Mientras, el sindicato mayoritario de funcionarios CSIF ha celebrado que la sentencia avala su posición y demuestra que "las administraciones públicas están incumpliendo de manera sistemática la Ley de Temporalidad". Según datos recabados por esta organización, al menos 125.000 personas continúan en abuso de temporalidad, dado que el 23% de las plazas ofertadas a estabilización aún no han sido cubiertas.
La tasa de temporalidad, añaden, está "estancada" en el 30%, el doble que en el sector privado. Por ello, propone "sanciones ejemplares, claras, concretas y aplicables" para los responsables de las administraciones que sigan abusando de la contratación temporal, que las ofertas de empleo público convoquen "todas las plazas estructurales para prestar un servicio público efectivo y de calidad y así evitar que para dar un servicio adecuado se tenga que acudir a la contratación temporal".
También piden "reducir los plazos de ejecución de los procesos selectivos", que actualmente tienen un plazo máximo de tres años, que se "incumple sistemáticamente".