Un Constitucional dividido desestima el recurso de la Comunidad de Madrid contra la ley de vivienda
- Concluye que el Estado tiene competencias para definir el derecho a la vivienda y extenderlo a los ciudadanos extranjeros
- Cinco magistrados anuncian un voto particular discrepante, mientras el Gobierno celebra el fallo
El Tribunal Constitucional ha desestimado este martes el recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid contra varios preceptos de la ley estatal de vivienda. El recurso del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, que reprochaba una invasión de sus competencias por el Ejecutivo, ha dividido al Pleno, puesto que cinco de los 12 magistrados han anunciado que formularán un voto particular discrepante al fallo.
Es la cuarta ocasión en la que este tribunal se pronuncia sobre la constitucionalidad de la norma, avalada con algunos matices.
El recurso del Ejecutivo madrileño cuestionaba las competencias del Estado en esta materia y señalaba también una invasión de las competencias municipales. En cambio, la sentencia ha concluido que el legislador estatal sí tiene la capacidad para definir el derecho a la vivienda y extenderlo a los ciudadanos extranjeros. Así, ha avalado el artículo de la ley que afirma: "todos los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (…), ya sea en régimen de propiedad, de arrendamiento, de cesión de uso, o de cualquier otro régimen legal de tenencia".
La Constitución avala la actuación del Estado, según la sentencia
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, argumenta que la Constitución reconoce la competencia del Estado para ello al otorgarle, en el artículo 149.1, la "regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos".
Respecto a la extensión del derecho a "todos los ciudadanos" —incluidos los extranjeros, y no solo los españoles como explicita el artículo 47 de la Constitución— el Pleno ha concluido que la Carta Magna también le habilita para ello.
Según aclara la nota informativa del tribunal, el resto de asuntos incluidos en el recurso ya fueron declarados inconstitucionales y nulos en las sentencias previas, que anularon la formulación de los principios de vivienda protegida y los relativos al suministro de información de grandes tenedores en zonas tensionadas, entre otras medidas.
Vivienda celebra el fallo, pese a los cinco votos particulares
No obstante, la sentencia ha dividido al Pleno del Constitucional. Han anunciado la formulación de voto particular discrepante cinco magistrados: Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera, César Tolosa Tribiño y José María Macías Castaño.
Por su parte, fuentes del Ministerio de Vivienda han celebrado el fallo, que considera que avala por cuarta vez "el rigor jurídico de la norma" y sus "mecanismos de intervención del mercado para preservar la función social de la vivienda y combatir la especulación".
Así, el departamento que lidera la ministra Isabel Rodríguez ha reclamado a las comunidades autónomas que apliquen la ley. "Harían un favor al interés general si aparcaran sus intentos de zancadillear la acción del Gobierno y se sumaran a las soluciones, aprovechando todas las herramientas a su alcance", han reclamado dichas fuentes.