El TC admite a trámite el recurso del Senado contra el Gobierno por la prórroga reiterada de los presupuestos
- La cámara alta, donde el PP tiene mayoría, pide que se declaren nulas y se fije un plazo máximo
- Las últimas cuentas se aprobaron en 2023, aunque el Ejecutivo todavía no renuncia a un proyecto para 2026
El Tribunal Constitucional ha admitido este martes a trámite el conflicto de atribuciones planteado por el Senado contra el Gobierno por no presentar los presupuestos generales del Estado de los tres últimos ejercicios.
La cámara alta, donde el PP tiene la mayoría, considera que el uso reiterado de la prórroga de las cuentas es un incumplimiento claro de la Carta Magna y pidió en su recurso que se declaren nulas y se fije un plazo máximo para que el Ejecutivo cumpla con el mandato constitucional.
Presupuestos prorrogados desde 2023
Los últimos presupuestos se aprobaron en 2023 y, desde entonces, el Gobierno de Pedro Sánchez ha renunciado a presentar un proyecto ante las Cortes, en 2024 y 2025, ante la falta de apoyos. De acuerdo con la Constitución, el Ejecutivo debe presentar su proyecto de cuentas ante el Congreso "al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior", es decir, antes del 1 de octubre, un plazo que tampoco se ha cumplido para el 2026.
Es una decisión inédita en el Tribunal Constitucional, que llega después de que en diciembre el Senado volviera a plantear el conflicto de atribuciones. Antes, los senadores acordaron el 22 de octubre de 2025 enviar un requerimiento al Gobierno para instarle a presentar el proyecto presupuestario.
Meses después, y pocos días antes de que terminara el año, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró que ya los tienen "elaborados" y que están "trabajando" con los grupos parlamentarios para poder presentarlos, si bien todavía no se han conocido avances significativos al respecto.
Incumplimiento del artículo 134 de la Constitución, según el Senado
La argumentación del Senado señala que el Gobierno "incumple la obligación constitucional de elaborar y presentar anualmente el proyecto de Presupuestos Generales del Estado" prevista en el artículo 134 de la Constitución.
Este indica que corresponde al Gobierno elaborar las cuentas, mientras las Cortes Generales se encargan de su "examen, enmienda y aprobación". Además, establece que tienen "carácter anual" y deben presentarse, como avanzábamos antes, "al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior".
"Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos", zanja el artículo 134.