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La Justicia europea dictamina que cada tribunal nacional decida si las hipotecas vinculadas al IRPH son abusivas

  • Podría derivar en una avalancha de demandas y tener un coste para la banca española de hasta 44.000 millones de euros
  • Contradice a una sentencia del Tribunal Supremo de 2017, que dictaminó que no podía someterse a control judicial

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La Justicia europea deja en manos de los jueces nacionales determinar la transparencia de las hipotecas con IRPH

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este martes que serán los jueces de cada país los que decidan si el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) que se aplica a algunas hipotecas es abusivo, en cuyo caso podrán sustituirlo por otro índice legal para proteger a los consumidores de las consecuencias perjudiciales que podría conllevar la anulación del contrato de préstamo.

La sentencia supone un varapalo para la banca, que podría tener que hacer frente a una avalancha de demandas y a una factura de hasta 44.000 millones de euros, ya que las entidades españolas tenían una cartera de 15.500 millones de euros en hipotecas referenciadas al IRPH al cierre de 2019.

El TJUE ha analizado el caso de un ciudadano español que firmó un contrato hipotecario con Bankia con una cláusula relativa al cálculo de los intereses ordinarios conforme al IRPH. Este cliente presentó una demanda de judicial por considerar que la cláusula era abusiva ante el juzgado barcelonés, que posteriormente elevo el caso al tribunal de Luxemburgo.

¿Qué es el IRPH?

Según la documentación remitida por el juzgado de Barcelona al TUE, el IRPH representa aproximadamente el 10% de los créditos concedidos en españa y es "en efecto menos favorable" para el cliente que el Euríbor, utilizado en el 90% de los contratos. Además, apunta que emplear el IRPH en lugar del Euríbor supone un coste superior de entre 18.000 y 21.000 euros por hipoteca.

Quejas de los consumidores y recorrido judicial

El IRPH es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España desde 1994. La polémica por su uso se desencadenó entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores próximos al 2%. En la práctica, esto dejaba a los clientes con IRPH en desventaja respecto a los hipotecados con euríbor, cuyas cuotas se fueron reduciendo de forma considerable por la caída progresiva del índice a terreno negativo. Los consumidores comenzaron a solicitar entonces la nulidad del IRPH por "abusivo" y poco transparente.

En noviembre de 2017 el Tribunal Supremo avaló el IRPH al considerar que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implica falta de transparencia ni abuso alguno.

Los afectados llevaron entonces el caso ante el TJUE, que este marts ha contradicho al Supremo al declarar que los tribunales nacionales están obligados a "examinar el carácter claro y comprensible" de las cláusulas que fijan el tipo de interés de la hipoteca basado en un índice, el IRPH en este caso.

Más transparencia para el consumidor

Para que esta cláusula se considere transparente, no solo tiene que ser comprensible desde el punto de vista "formal y gramatical", sino permitir que un consumidor "medio" entienda cómo funciona el método de cálculo del tipo de interés y sus consecuencias económicas, precisa el juez.

Esto supone, en particular, que debe informarse del método de cálculo en términos "fácilmente asequibles", así como de la evolución del índice en el pasado.

Además, el TJUE dictamina que, cuando el juez nacional considere que la cláusula era abusiva y la declare nula, podrá sustituirla por otro "índice legal aplicable" si las partes no acuerdan otra cosa.

Ello, siempre y cuando la hipoteca no pueda subsistir si se suprime la cláusula abusiva, y la anulación del contrato en su totalidad "dejara al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales". La corte no precisa, sin embargo, si debe utilizarse el euríbor, referencia del 90 % de las hipotecas en España, u otro.

Tras el veredicto, serán los jueces españoles los que deban determinar en cada caso si hubo abuso y las consecuencias.

Esto supone un espaldarazo para las organizaciones de consumidores, que calculan que cientos de miles de clientes con hipotecas ligadas al IRPH pagaron de media un sobrecoste de unos 20.000 euros por cada 200.000 de hipoteca, según Asufin.