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El Tribunal Supremo aplaza al martes la decisión sobre el impuesto de las hipotecas ante la división del pleno

  • Los 28 magistrados han deliberado durante ocho horas y retomarán la sesión a las 10:00 horas
  • El pleno se encuentra muy dividido y existe prácticamente "un empate" entre las dos posturas

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El Supremo suspende hasta este martes el pleno sobre el impuesto de hipotecas

El pleno de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha aplazado a este martes la deliberación sobre el impuesto de las hipotecas ante la división en su seno, según ha podido saber TVE. La Sala ha suspendido la sesión después de una intensa jornada de debate, que se ha prolongado durante ocho horas.

La Sala, compuesta finalmente por 28 magistrados -de los 31 que forman el pleno, ya que uno de los jueces se ha ausentado por encontrarse de viaje, otro por presidir la Junta Electoral Central y un tercero, tras alegar motivos personales-, ha suspendido a las 19:30 horas la reunión que comenzó a las 10:00 horas esta mañana y que se retomará a la misma hora de este martes.

Fuentes jurídicas han señalado a TVE que durante la sesión de esta mañana, que ha durado cinco horas, han intervenido cada uno de los magistrados, exponiendo su postura acerca de la sentencia del 18 de octubre que determinó que es la banca y no los clientes quien debe pagar este impuesto. Sin embargo, no han mostrado una posición unitaria, ya que ha habido opiniones tanto a favor como en contra de confirmar el giro jurisprudencial realizado hace tres semanas por una de las secciones de esta sala.

Por la tarde, según han señalado las mismas fuentes, han invervenido un total de 9 de los 28 magistrados reunidos, dos de los cuales han sido los ponentes asignados a los recursos presentados por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas-Vaciamadrid contra una sentencia anterior que falló a favor de las entidades bancarias.

En cuanto a la conveniencia de la estimación de los mismos, en torno a la mitad de los magistrados han opinado que hay que ver el recurso, es decir, examinar si se le da la razón al cliente. La otra mitad, por su parte, propone mantener la doctrina anterior que optaba porque fuese el cliente quien asumiese ese impuesto.

De esta forma, fuentes jurídicas han confirmado que el pleno se encuentra muy dividido y que existe prácticamente "un empate" entre las dos posturas. Habrá que esperar, por tanto, previsiblemente a este martes para conocer la resolución definitiva.

Retroactividad limitada

Una de las claves de la deliberación que continuará este martes será la fijación de la retroactividad de la nueva doctrina en el caso de que ésta se confirme. Según han señalado las mismas fuentes, el tema de la retroactividad no se ha tocado este lunes.

Se baraja que pueda fijarse en cuatro años -que es el plazo que permitiría la reclamación por los ciudadanos a Hacienda del dinero pagado por este impuesto- o establecerse ilimitada, lo que permitiría reclamar en los tribunales a un número mayor de ciudadanos.

Si se fija en cuatro años, solo aquellos que pagaron el impuesto desde octubre de 2014 -en torno a 1,5 millones de contribuyentes según Gestha- podrían reclamar su devolución a la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma. En este supuesto, al tratarse de un pago indebido y al no haber prescrito, las comunidades autónomas devolverían automáticamente el importe pagado, y lo harían sin coste para sus arcas, ya que lo cargarían directamente a los bancos. En este caso, el coste para los bancos podría ascender a unos 3.631 millones de euros, a lo que habría que añadir los intereses de demora, según Gestha.

El peor escenario para la banca sería la ratificación de que los bancos deben pagar el impuesto sin límite de retroactividad. Esto sería un duro golpe para el sector financiero, ya que permitiría reclamar a Hacienda a aquellos que firmaron en los últimos cuatro años y daría la opción al resto de acudir a los tribunales para reclamárselo a los bancos sin plazo, mediante la acción de nulidad.

En estecontexto, al menos los ocho millones de españoles que tienen una hipoteca activa en la actualidad podrían reclamar a los bancos estos costes y pleitar por su devolución en los juzgados especializados. Sin embargo, lo habitual es que solo reclamen entre "un 10% y un 20% de los afectados", según la Asociación de Usuarios Financieros, Asufin.

Otros posibles escenarios

En caso de que no hubiera retroactividad, los bancos deberían hacerse cargo del impuesto AJD a partir de la fecha de la sentencia, por lo que aquellos que formalizaran sus escrituras antes del 18 de octubre de 2018 no podrían reclamar la devolución.

Asimismo, el TS podría tomar una decisión contradictoria y revocar la jurisprudencia del 18 de octubre por la que se determinó que no es el prestatario el sujeto pasivo del impuesto en las escrituras y no aplicarlo a la doctrina. Este primer supuesto daría la razón a los bancos e impediría cualquier tipo de reclamación ya que los clientes se seguirían haciendo cargo del impuesto de AJD, como hasta ahora.

En el lado contrario, los integrantes de la Sala Contencioso-Adminstrativa podrían mantener la última sentencia y aplicar la doctrina del Tribunal Supremo de que sean los bancos y no los clientes quienes se hagan cargo del pago del impuesto en la inscripción de las escrituras.

En este sentido, se satisfacerían las reclamaciones de la patronal bancaria que ha argumentado que en el caso de que la nueva sentencia anule la norma vigente hasta la fecha, se respete la seguridad jurídica y no se aplique retroactividad.

Una última opción sería que el conflicto se alargue ante la discrepancia de la Sala Civil y Contenciosa, por lo que el asunto acabaría en la Sala de Conflictos de Jurisdicción o llegaría incluso al Tribunal de Justicia europeo.