Enlaces accesibilidad

El acuerdo de pesca de la UE con Marruecos no es válido porque incluye el Sáhara Occidental, según la justicia europea

  • Afirma que Europa incumplió su obligación de respetar el derecho de autodeterminación
  • Tampoco cree que garantice que la explotación de recursos beneficie a los saharauis
  • El 91,5% del total de capturas previstas en el acuerdo corresponden a aguas de esa zona
  • Unos 90 barcos españoles se benefician del pacto, que expira en 9 meses

Por
Entrada de la sede en Luxemburgo del Tribunal de Justicia de la UE
Entrada de la sede en Luxemburgo del Tribunal de Justicia de la UE.

El acuerdo de pesca de 2013 entre la Unión Europea y Marruecos no es válido, ya que se aplica al Sáhara Occidental y a las aguas adyacentes, según las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE encargado de analizar la consulta prejudicial de un tribunal británico relativa a una demanda de Western Sahara Campaign (WSC), una organización que defiende el reconocimiento del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui.

La UE está pendiente de la decisión final que adopte el tribunal europeo para comenzar las negociaciones sobre la renovación de ese acuerdo que expira en septiembre de este año. La Corte europea sigue el criterio de sus abogados generales en casi la totalidad de los casos.

En sus conclusiones, el abogado general Melchior Wathelet asegura que, al firmar ese acuerdo de pesca, "la Unión incumplió su obligación de respetar el derecho del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación y su obligación de no reconocer una situación ilegal resultante de la vulneración de dicho derecho".

"El acuerdo de pesca y los actos que lo aprobaron y aplicaron son incompatibles con las disposiciones de los Tratados que obligan a la Unión a que su acción externa proteja los derechos humanos y respete estrictamente el Derecho Internacional", recuerda Wathelet.

Por su parte, Marruecos dice que la UE envía señales "contradictorias e incomprensibles". Según fuentes marroquíes consultadsa por Efe, el acuerdo "no es válido" por aplicarse al Sáhara Occidental y a las aguas adyacentes. Las mismas fuentes han criticado que el abogado ha caído "en interpretaciones escandalosamente políticas" para sacar conclusiones y han resaltado que la decisión no es de carácter vinculante.

En diciembre de 2011, el Parlamento Europeo ya votó en contra de la prórroga del acuerdo de pesca entre la Unión Europea y Marruecos que expiraba en febrero de 2012 por los mismo motivos que ahora argumenta Wathelet, ya que la Eurocámara lo consideraba ilegal según el Derecho Internacional y opinaba que interfería en los recursos de la población saharaui.

Sin embargo, esos escollos no impidieron que el pleno del Parlamento de Estrasburgo diese luz verde en diciembre de 2013 al nuevo protocolo negociado entre la UE y Rabat. Unos 90 barcos españoles de Andalucía, Canarias y Galicia se benefician de ese acuerdo.

No se garantiza que la explotación pesquera beneficie a los saharauis

Ahora, el abogado general de la Corte Europea concluye que el último acuerdo tampoco instauró "las garantías necesarias para garantizar que la explotación de los recursos naturales del Sáhara Occidental redunde en beneficio del pueblo de dicho territorio".

El Abogado General señala que "la explotación pesquera por parte de la Unión de las aguas adyacentes al Sáhara Occidental, que fue instaurada y aplicada por los actos impugnados, no respeta el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui".

Esa conclusión deriva de que, "hasta la fecha, el pueblo del Sáhara Occidental se ha visto privado incluso de la ocasión de ejercer el derecho a la libre determinación en las condiciones previstas por la Asamblea General de las Naciones Unidas".

"El Sáhara Occidental fue integrado en el Reino de Marruecos por anexión y sin que el pueblo del territorio expresara con libertad su voluntad. Como el acuerdo de pesca fue celebrado por Marruecos basándose en la integración unilateral del Sáhara Occidental en su territorio y en la afirmación de que era su soberano, el pueblo saharaui no ha dispuesto libremente de sus recursos naturales, que es a lo que obliga el derecho a la libre determinación", recuerda Wathelet.

También constata que la mayoría de la explotación prevista por el acuerdo de pesca "recae casi en exclusiva sobre las aguas adyacentes al Sáhara Occidental", puesto que las capturas en esas aguas suponen aproximadamente el 91,5% del total de capturas de la explotación pesquera prevista en ese pacto.

"De ello se deduce que la contrapartida financiera abonada por la Unión a Marruecos por el acuerdo de pesca [40 millones anuales] debería beneficiar casi en exclusiva al pueblo del Sáhara Occidental", añade el letrado, para luego insistir en que el acuerdo de pesca firmado por la UE "no recoge las garantías jurídicas que son necesarias" para asegurarse de que eso ocurra.

Primera consulta prejudicial sobre acuerdos internacionales de la UE

El abogado general se pronuncia así sobre una petición prejudicial de la High Court of Justice británica, que ha preguntado al Tribunal de Justicia europeo si, primero, asociaciones de las características de WSC tienen derecho a cuestionar la validez de actos de la UE porque éstos incumplan el Derecho Internacional y, segundo, si el acuerdo de pesca es válido a la luz de la legislación comunitaria.

En sus conclusiones, el abogado general Wathelet propone que el Tribunal de Justicia conteste que sí es competente para apreciar si son legales los acuerdos internacionales celebrados por la Unión Europea, así como que asociaciones de las características de Western Sahara Campaign sí están facultadas para poner en tela de juicio acuerdos como el de pesca con Marruecos. Además, el letrado concluye que el ese acuerdo no es válido por aplicarse al territorio y las aguas del Sáhara Occidental.

Se trata de la primera petición de decisión prejudicial que tiene por objeto decidir sobre la validez de acuerdos internacionales celebrados por la UE.