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La nueva ley de cajas de ahorro no fija un plazo para que se conviertan en fundaciones bancarias

  • Las cajas tienen ahora un límite material, territorial y de tamaño
  • Las fundaciones bancarias estarán bajo control del Banco de España

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La nueva ley de cajas de ahorro no fija un plazo para que se conviertan en fundaciones bancarias

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la ley de cajas de ahorros y fundaciones bancarias para concluir "la importante reforma del sector financiero", ha señalado la vicepresidenta, soraya Sáenz de Santamaría.

El anteproyecto de ley de cajas establece importantes límites a las antiguas cajas en el control de sus bancos, aunque no fija una fecha límite para la venta de sus participaciones en las entidades bancarias para evitar que cuando se agote el plazo se devaluen los títulos. Además, determina que no será compatible ser patrono de la fundación y ocupar un cargo en el banco correspondiente.

Sáenz de Santamaría ha destacado que las cajas de ahorro que se mantienen "vuelven al sistema anterior a los años 80, con una labor muy localizada geográficamente y dedicadas a financiar a las pymes y a los impositores, lejos de las grandes operaciones".

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha explicado que las cajas tendrán un triple límite en su actividad: "material porque se tienen que centrar en las personas físicas y en las pequeñas y medianas empresas, territorial, ya que no pueden llevar su actividad más allá de una comunidad autónoma -salvo excepciones- y por tamaño, no podrán tener un volumen de activos superior a 10.000 millones de euros o una cuota de depósitos por encima del 35% de los de la comunidad autónoma en la que operen."

Más control del Banco de España

La norma aumenta el control del Banco de España a  medida que aumenta el negocio bancario, así las cajas de ahorros que  posean más de un 50% del banco al que dieron origen deberán presentar  ante el regulador un plan financiero en el que  especifiquen la manera en la que harán frente a las posibles necesidades  de capital en que puedan incurrir y los criterios básicos de su  estrategia de inversión en entidades financieras.

Además, deberán crear un fondo de reserva  con el que hacer frente a las posibles necesidades de recursos propios  de la entidad de crédito participada "que pudieran poner en peligro el  cumplimiento de sus obligaciones en materia de solvencia".

El  Banco de España, según este anteproyecto, podrá decidir sobre la  diversificación de riesgos de las fundaciones, que no podrán participar  en ampliaciones de capital de sus bancos, y que perderán peso  a la hora de fijar los dividendos, que aprobarán por amplia mayoría.

Fundaciones bancarias

Las fundaciones  bancarias serán aquellas que mantengan una participación en la entidad  de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos un 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración.

Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 30% en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma deberán de acordar un protocolo de gestión de la participación financiera y tendrán que presentar el plan financiero ante la institución que dirige Luis María Linde.

En  el caso de que posean del 50% en adelante, tendrán que preparar el plan  financiero, crear el fondo de reserva y, además, elaborar un plan de diversificación de inversiones y de gestión de riesgos  "que deberá incluir el compromiso para que la inversión en activos  emitidos por una misma contraparte no supere los porcentajes máximos  sobre el patrimonio total que determine el Banco de España".

Órganos de gobierno

Las asambleas generales de las cajas oscilarán entre 30 y 150 miembros,  de los que entre un 50% y un 60% serán representantes de los  impositores, con la mitad de ellos grandes impositores; y el resto, de  entidades fundadores y destinatarios de la obra social. Su mandato oscilará entre cuatro y seis años.

Las  administraciones públicas no podrán designar más del 25% de los  representantes de la asamblea ni los trabajadores más del 20%.

Los consejos de administración estarán formados por entre 13 y 17 miembros,  de los que la mayoría deberán ser independientes, es decir, no podrán  formar parte simultáneamente de la asamblea de la caja. La comisión de control también tendrá que estar presidida por un independiente.

La norma también  establece que todos los miembros del consejo de administración de la  caja de ahorros "serán personas de reconocida honorabilidad comercial y profesional, deberán poseer conocimientos y experiencia adecuados para ejercer sus funciones y estar en disposición de ejercer un buen gobierno de la entidad".

La CECA valora el anteproyecto de ley

Por su parte, la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) ha valorado el anteproyecto de ley, ya que al evitar la venta forzosa y apostar por un modelo de exigencia creciente permite una desinversión "gradual y prudente".

En una nota de prensa la CECA ha considerado positivo el establecimiento de un marco normativo "estable y armonizado" para las fundaciones bancarias, y ha compartido el criterio fijado por el Ejecutivo de profundizar en la mejora del gobierno corporativo de los grupos de Cajas de Ahorros.

En lo relativo al fondo de reserva de las fundaciones bancarias y al reparto de dividendos de los bancos de cajas, la CECA aspira a que el nuevo régimen "permita la continuidad de la Obra Social" y el modelo de negocio bancario minorista propio de sus entidades adheridas, centrado en las necesidades financieras de familias y pymes, y "firmemente comprometido" con el desarrollo local.