Enlaces accesibilidad

Competencia multa a la patronal de perfumería con más de 900.000 euros, la multa máxima

  • Las empresas intercambiaron información sobre precios entre 2004 y 2008
  • Todas conocían las tarifas actuales y futuras de sus competidoras

Por
Competencia multa a la patronal de perfumería y cosmética
Una mujer coge un perfume de una estantería.

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto a la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (Stanpa) una multa de 901.518,16 euros por haber intercambiado información comercialmente sensible, "apta para restringir la competencia" entre 2004 y 2008.

El organismo que preside Luis Berenguer señala que compartir una estategia de precios constituye una "infracción muy grave" de la normativa de competencia.

La CNC constata que en el seno de los comités de estética profesional, gran consumo y selectividad de Stanpa se habían llevado a cabo entre el 26 de enero de 2004 y el 8 de mayo de 2008 intercambios de información "muy desagregada sobre precios y cantidades, que permitían a las empresas conocer las estrategias futuras de sus competidores".

Este intercambio de información entre competidores "constituye una restricción de la competencia por el objeto cuando se intercambian datos individualizados sobre precios o cantidades actuales o de futuro".

Información exhaustiva

Además en el panel de intercambio de marcas en el comité de selectividad se intercambia información exhaustiva de facturación de cada marca, por tipo de producto, por canales de mercado y por mercado geográfico, lo que puede "afectar gravemente a la competencia".

En relación con el intercambio de tarifas de precios, Competencia subraya que se trata del intercambio de información "más dañino", puesto que se intercambian precios actuales y futuros de una serie muy desagregada de productos.

"La información se distribuía a la vista a cada una de las empresas participantes en el intercambio, de forma que todas podían conocer las tarifas actuales y futuras de las demás", afirma la CNC.

Así, las empresas podían conocer las actuaciones y las tendencias del resto "desvelando a los competidores la conducta que van a seguir, de modo que anulan o reducen gravemente la incertidumbre estratégica, la independencia en las políticas comerciales y el incentivo para competir entre sí en precios, calidad o servicio".

Por este motivo, el consejo de la CNC ha decidido imponer a Stanpa una multa por el importe máximo previsto en la Ley 16/1989 de Defensa de la Competencia, de 901.518,16 euros.